Para la elección por voto popular de las personas juzgadoras tras la reforma judicial, los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial deben instalar cada uno un Comité de Evaluación que será clave en la definición de aspirantes, porque se encargará desde la inscripción hasta la selección de postulaciones.
Según la reforma aprobada, los comités deben estar integrados el 31 de octubre; tanto la presidenta Claudia Sheinbaum y legisladores morenistas como Ricardo Monreal y Gerardo Fernández Noroña ya están definiendo a quiénes propondrán para integrarlos.
“Antes de eso estaríamos dando a conocer los cinco nombres”, dijo Sheinbaum en la conferencia de prensa del 22 de octubre.
En El Sabueso te explicamos a detalle cómo se integrarán estos comités, cuáles serán sus tareas y cuál será el proceso para definir a aspirantes a personas juzgadoras:
El artículo 500 de la iniciativa de Ley General de Procedimientos e Instituciones Electorales que envió Claudia Sheinbaum y que ya fue aprobada establece que los Comités de Evaluación estarán integrados con paridad de género por cinco personas de prestigio con al menos cinco años en la actividad jurídica.
Deben contar con nacionalidad mexicana, un título de licenciatura en Derecho con antigüedad mínima de cinco años, y no haber sido condenados por algún delito.
Además se estableció la limitante de no desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en los últimos tres años anteriores a la designación, sin ahondar en quienes militan o simpatizan con partidos políticos.
Al respecto, la abogada Jesika Alejandra Torres criticó que esta medida no garantiza neutralidad e imparcialidad de quienes integren los comités.
“Sin embargo, como se integran de forma colegiada, es decir, no son unipersonales, se pueden generar consensos y contrapesos”, añadió sobre los Comités de Evaluación.
La también maestra en Derecho comentó que la creación de Comités de Evaluación ya se ha realizado para otros procesos, como la selección de consejeras y consejeros en instituciones como el Instituto Nacional Electoral (INE) y la Cámara de Diputados.
La presidenta Claudia Sheinbaum negó que exista disputa entre el diputado Ricardo Monreal y el senador Gerardo Fernández Noroña por las cinco personas que integrarán el Comité de Evaluación del Poder Legislativo. Sin embargo, el primero reclamó tres de las plazas y el segundo le dijo que el Senado de la República “lleva la mano” en el procedimiento.
“Nuestro compañero y amigo Ricardo Monreal quería tres de las cinco personas que van a evaluar”, declaró Noroña.
El senador también se comprometió a que los perfiles que integren el Comité de Evaluación del Poder Legislativo sean los ideales.
“Yo creo que no es un tema de cuota, es ponernos de acuerdo con los perfiles, que sean de muy alto nivel, que sean gente muy prestigiada en el área del derecho de tal forma que el mensaje sea muy poderoso hacia la ciudadanía porque esperan un comité faccioso, un comité de compañeros militantes, cuadros del movimiento, no, no es la intención”, dijo.
Por su parte, el 22 de octubre Monreal publicó en sus redes un video en el que habló de la idoneidad de todos los perfiles. Y, según un comunicado de la Cámara de Diputados, el próximo martes 29 se votarían en el Pleno las propuestas, para ver si alguna de ellas logra la mayoría calificada.
“La idea es recibir propuestas en la Junta de Coordinación Política, con lo que respecta al Poder Legislativo y sacar los mejores perfiles, que serán quienes evalúen a los aspirantes a estos puestos que serán sometidos al sufragio directo”, pronuncia.
Los Comités de Evaluación publicarán, dentro de los 15 días naturales posteriores a su integración, las convocatorias para participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones, para la elección de personas juzgadoras.
Las convocatorias deben incluir las etapas, fechas y plazos aplicables al proceso de inscripción, evaluación y selección de postulaciones por el Comité. También los mecanismos, formatos y otros medios de contacto para inscribirse.
Los Comités tienen que contar con una metodología de evaluación de idoneidad de las personas aspirantes para el desempeño de los cargos de elección por voto popular.
Después del plazo para inscribirse en la convocatoria, que comprende del 5 de noviembre al 24 de noviembre de 2024, los Comités de Evaluación integrarán y publicarán a más tardar el 14 de diciembre de 2024 la lista de las personas aspirantes que hayan participado en la convocatoria y reúnan los requisitos para ser elegibles.
“Las candidaturas que hayan sido rechazadas podrán impugnar esa decisión ante el Tribunal Electoral o ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación”, establece el artículo 500 de la Ley General de Procedimientos e Instituciones Electorales.
Sin establecer en cuánto tiempo, dicha ley plantea que las impugnaciones sean resueltas dentro de un plazo que permita a las y los aspirantes participar en la evaluación de idoneidad, a más tardar el 31 de enero de 2025. En esta evaluación, los Comités podrán tomar en cuenta su perfil curricular, antecedentes profesionales y académicos.
Los Comités realizarán entrevistas públicas a las personas aspirantes que califique más idóneas a efecto de evaluar sus conocimientos técnicos para el desempeño del cargo y su competencia.
Por último, los Comités seleccionarán los perfiles mejor evaluados en una proporción de 10 personas para cada cargo en los casos de personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistradas de la Sala Superior y salas regionales del Tribunal Electoral e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial
Y de seis personas para cada cargo en los casos de personas magistradas integrantes de los Tribunales Colegiados de Circuito y Tribunales Colegiados de Apelación, así como las personas juezas integrantes de los Juzgados de Distrito.
Sin embargo, la iniciativa propone que estas listas además se remitan a cada Poder de la Unión para manifestar su conformidad total o parcial con las candidaturas finalistas, previo a una insaculación o sorteo.
En el caso del Legislativo y el Judicial, la decisión se tomará por mayoría de dos terceras partes de los integrantes de la Cámara de Diputados y el Senado, y la Suprema Corte respectivamente.
Durante la discusión en comisiones del Senado, el panista Ricardo Anaya reclamó que la propuesta de regulación permita a los Poderes decidir sobre las candidaturas.
“El Comité de Evaluación que tanto prometieron que era el que se iba a encargar de darle transparencia, de elevar el nivel de la contienda, ahora lo que define el Comité de Evaluación, los tres poderes que ustedes tienen, o control directo o mayoría para vetar antes de la insaculación”, dijo Anaya, según un comunicado.
Una vez que los Poderes determinen su conformidad sobre los listados, los Comités mediante insaculación pública ajustarán el número de postulaciones para cada cargo, plantea el artículo 500. En los artículos transitorios se marca que esto sucederá a más tardar el 6 de febrero de 2025.
Para ministras y ministros, y magistradas y magistrados de la sala superior y salas regionales del Tribunal Electoral e integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial, los listados podrán contemplar hasta tres personas candidatas por cargo.
Para la elección de personas magistradas integrantes de los Tribunales Colegiados de Circuito y Tribunales Colegiados de Apelación, así como las personas juezas integrantes de los Juzgados de Distrito, los listados podrán contemplar hasta dos personas por cada Poder para cada cargo.
Los listados depurados serán aprobados por los Poderes de la Unión y deben ser remitidos al Senado de la República a más tardar el 10 de febrero del año de la elección, que en este caso, será en junio de 2025.
El presidente Noboa nombró a Sariha Moya como vicepresidenta encargada de Ecuador tras la suspensión de Abad por 150 días.
A solo tres meses de las elecciones en las que el presidente de Ecuador buscará renovar su mandato, el gobierno de Daniel Noboa desplazó a la vicepresidenta, Verónica Abad, de su cargo.
La decisión llega después de que el Ministerio de Trabajo suspendiera de manera temporal a Abad, que además es embajadora de la paz de Ecuador ante Israel, por haberse demorado en un trámite diplomático.
Para los abogados constitucionalistas consultados, la decisión es “absoluta y abiertamente inconstitucional” debido a la legitimidad de origen del cargo de vicepresidente que es el voto directo de una mayoría de ecuatorianos.
“Es llamativo que, a través de un sumario administrativo, una funcionaria designada por el presidente –que es la ministra de Trabajo– sancione a otra funcionaria que fue elegida a través del voto popular”, le dice a BBC Mundo Sebastián López, doctor en Derecho por la Universidad Andina Simón Bolívar, Quito.
La cartera de Trabajo anunció el sábado que suspendía a la vicepresidenta por 150 días por “abandono de trabajo” al no haberse presentado en la embajada de Ecuador en Turquía el 1 de septiembre como estaba dispuesto, sino el 9 de ese mes.
En su lugar, el presidente designó este lunes a Sariha Moya como vicepresidenta encargada de Ecuador. Moya, que en campaña había sido pensada para ocupar el cargo de ministra de Economía y Finanzas, estaba al frente de la secretaría de Planificación.
Para los analistas, la decisión del presidente de nombrar a una nueva “vicepresidenta encargada” para reemplazar a Abad debe ser leída en clave electoral.
Esto sería, dicen, porque Noboa, que buscará renovar su mandato en febrero, no quiere que Abad asuma en su lugar cuando él tenga que dimitir para empezar su campaña.
Abad asegura que en el último año Noboa no ha hecho otra cosa que inhabilitarla por varias vías para que no asuma la presidencia durante la campaña, tal como dispone la Constitución de Ecuador.
“Denuncio que [el presidente Noboa] ha vuelto a ejecutar una grosera violación a la Constitución y a las leyes ecuatorianas con un sumario administrativo no aplicable a funcionarios electos en urnas”, expresó Abad en un video difundido en sus redes oficiales este domingo.
Si bien el gobierno argumentó que esta decisión responde al cumplimiento del artículo 150 de la Constitución, que establece las normas para la renuncia del presidente o vicepresidente, los motivos parecen más políticos que institucionales.
La desconfianza de Noboa hacia Abad quedó expuesta a finales de 2023, cuando el presidente la nombró embajadora por la paz en Israel en un intento de mantenerla fuera del país y limitar su influencia en Ecuador.
“Es cuestionable que a través de un sumario administrativo se pretenda minar la legitimidad de una autoridad electa a través del voto popular directo”, dice el especialista en derecho Sebastián López.
En aquel momento, Abad señaló que su nombramiento como diplomática al mismo tiempo que debía ejercer el puesto de vicepresidenta no era más que una estrategia de Noboa para “alejarla” del poder.
Abad ha declarado que Noboa la ha presionado en más de una oportunidad para que renuncie a su cargo, mientras que desde el entorno de Noboa aseguran que no confían en ella para la posible sucesión temporal de la presidencia durante la campaña electoral.
Abad debía presentarse ante la embajada de su país en Turquía, país al que fue trasladada por razones de seguridad en medio del incremento de las tensiones por el conflicto de Israel en Gaza en Medio Oriente.
En ese contexto es que el Ministerio de Trabajo la sanciona por no presentarse en la fecha requerida.
“El presidente Noboa y sus ministros han preparado organizadamente la ruptura del orden constitucional y el evidente golpe de Estado que se prepara para el 6 de enero de 2025”, declaró Abad en un video que difundió en redes sociales.
Abad indicó en más de una oportunidad que se sentía perseguida y que había recibido presiones para renunciar, por eso pidió a la Asamblea que revise la resolución del Ministerio de Trabajo.
“La reciente suspensión de mi cargo como vicepresidenta es un claro reflejo de un gobierno que se ha desviado de su propósito, que ha optado por el camino de la represión y el miedo, en lugar de la transparencia y el respeto a la voluntad popular”, señaló.
Para los especialistas en derecho, la decisión del gobierno abre un camino incierto en la política ecuatoriana que podría definirse en los próximos días.
Entre las posibilidades la vicepresidenta tiene la opción de cuestionar constitucionalmente, a través de una “acción de protección”, la decisión adoptada por el Ministerio de Trabajo.
“Pero me parece que los tiempos no le van a ser suficientes, a pesar de que tiene un mecanismo de impugnación”, dice el doctor en Derecho por la Universidad Andina Simón Bolívar.
Para el especialista, el recurso puede ser inefectivo porque hasta que finalmente se concrete la medida habrán pasado los 150 días de sanción y deberán presentarse a una nueva elección.
La vicepresidenta desplazada apunta a responsabilizar al Estado en el plano internacional. Es decir, un cuestionamiento ante el sistema interamericano de protección de los derechos humanos, algo que ya tiene antecedentes.
“Ecuador tendrá una responsabilidad y una condena internacional, pero muy poco de esto le importa al presidente actual”, opina el especialista.
“Lo que más me preocupa como profesor de Derecho Constitucional es cómo se ha trastocado el sentido constitucional y cómo se ha abusado de la institucionalidad”.
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