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Aborto: ¿cuál es la diferencia entre despenalización y legalización?
Aborto: ¿cuál es la diferencia entre despenalización y legalización?
FOTO: YERANIA ROLÓN/CUARTOSCURO.COM
7 minutos de lectura
Aborto: ¿cuál es la diferencia entre despenalización y legalización?
Los términos jurídicos de despenalización y legalización van de la mano porque despenalizar obligaría al Estado a crear las condiciones legales para el acceso a este derecho
28 de septiembre, 2023
Por: Luz Rangel
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¡La marea verde sube en México! La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó que criminalizar el aborto voluntario a nivel federal, ya sea que alguien lo practique o que la mujer o persona gestante se lo autoprocure, es inconstitucional porque anula el derecho a decidir. 

Pero con esta gran noticia del 6 de septiembre de 2023 también hubo confusión y hasta desinformación, por términos como despenalización y legalización. Por eso, El Sabueso consultó a expertas en el tema para explicarte cuáles son las diferencias y sus implicaciones. 

Y preguntó a las entrevistadas por otros términos jurídicos como Interrupción Legal del Embarazo (ILE) o Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), que han sido utilizados como sinónimos de aborto y también generan confusión.

Despenalizar o que el aborto no sea delito

Tras el análisis de un amparo presentado por el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) y otras organizaciones locales, la SCJN sostuvo en un comunicado que el sistema jurídico que regula el delito de aborto en el Código Penal Federal es inconstitucional por ser contrario a derechos como el libre desarrollo de la personalidad, a la salud, a la igualdad y no discriminación y a la autonomía reproductiva.

Se trata de una estrategia a la que activistas han recurrido para eliminar el delito de aborto voluntario en todos los códigos penales del país, incluido el federal. Es decir, para despenalizarlo.

En México, las propuestas de despenalización para que el aborto voluntario deje de ser considerado un delito en los códigos penales contemplan hasta las 12 semanas de gestación, porque este periodo recomienda la Organización Mundial de la Salud (OMS) para que sea seguro, entendido como el que se practica bajo condiciones que no pongan en riesgo la salud de la mujer o persona gestante. 

En términos generales, penalizar implica imponer una sanción penal a cierta acción o que una conducta específica sea tipificada como delito. 

Despenalizar, por el contrario, significa que el aborto voluntario deje de ser castigado con prisión o inhabilitación del ejercicio de su profesión al personal médico, cirujano, comadrón o de partería. 

“Tal vez no hay alguien en la cárcel pero cuántos procesos de investigación están abiertos, eso también entra como penalización”, acota Angie Contreras, integrante de Mujeres Vivas y Libres, movimiento por una vida libre de violencia y el derecho a decidir.

El GIRE informó en un comunicado que el aborto voluntario se despenalizó a nivel federal porque los artículos 330 a 334 del Código Penal Federal ya no tendrán efectos. Por lo tanto, a ninguna mujer o persona gestante, ni al personal de salud, se le podrá castigar cuando realicen este procedimiento en entidades donde está despenalizado o en instituciones a nivel federal. 

Lo que realizó la Corte fue una despenalización vía judicial porque le ordena al Congreso federal realizar las adecuaciones para eliminar el aborto voluntario como delito”, dice en entrevista Leslie Jiménez Urzua, licenciada y maestrante en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). 

La especialista en Derecho Penal explica que despenalizar viene de la acción que realiza el Poder Legislativo de eliminar un delito por el cual se realiza la criminalización de una conducta, en este caso, abortar de forma voluntaria. Dado que la Corte no legisla, el Código Penal Federal debe ser modificado por las y los legisladores de manera obligatoria. 

“Me parece que lo que la Corte dijo es también un mensaje político porque le está dando al Congreso de la Unión los argumentos para no mandar a la cárcel, criminalizar o penalizar a quien decide abortar. Por lo tanto, debe haber una reforma”, agrega Contreras.

Según el GIRE, al haberse aprobado por unanimidad, esta resolución es obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales. Además, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Petróleos Mexicanos (Pemex) y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto voluntario a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten. 

En el país, la Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Colima, Sinaloa, Guerrero, Baja California Sur y Quintana Roo han despenalizado el aborto voluntario por la vía legislativa en los Congresos locales. Mientras que Coahuila y Aguascalientes mediante amparos resueltos por el Poder Judicial. 

Sin embargo, la falta de despenalización federal era la razón por la cual, incluso en estos 12 estados, las instituciones de salud negaban el acceso al aborto voluntario porque el Código Penal federal seguía considerándolo un delito, y sólo lo contemplaba bajo tres causales: cuando el embarazo sea resultado de una violación, cuando exista peligro de muerte para la mujer o persona gestante y cuando el aborto sea espontáneo o accidental.

Por eso, un documento de clarificación de términos jurídicos del GIRE define que la despenalización puede ser total cuando se elimina del código penal el delito de aborto; o parcial cuando se establece que no será delito abortar bajo ciertas causales y/o plazos.

En las 20 entidades restantes donde todavía no está despenalizado el derecho a decidir, las mujeres y personas gestantes tienen la opción de ampararse para que las instituciones federales ubicadas en sus estados les provean el servicio.

¡Será ley! Pero… ¿qué implica la legalización del aborto?

Despenalizar el aborto no es lo mismo que legalizarlo, pues esto último implica aprobar leyes y recursos para que sea una práctica segura. Sin embargo, para especialistas como Angie Contreras los conceptos de despenalización y legalización van de la mano porque despenalizar obligaría al Estado a crear las condiciones legales para el acceso a este derecho.

No podemos legalizar si no se despenaliza antes. Y una vez que logremos despenalizar vamos camino a la legalización”, menciona Contreras. 

Leslie Jiménez Urzua, coordinadora de proyectos en Impunidad Cero, añade que legalizar, a diferencia de despenalizar, tiene que ver con mandatos legales, no penales. Quiere decir que una conducta sea avalada por ley o contar con un marco legal para acceder a un aborto seguro.

“Que leyes administrativas como la ley de salud y normas oficiales permitan el acceso a este servicio gratuito en los centros de salud, y den señalamientos de cómo se tiene que realizar la interrupción segura del embarazo”, indica Jiménez Urzua.

El GIRE señala que, al igual que la despenalización, la legalización puede ser parcial o total, e implica la inclusión de las prestaciones para realizar este procedimiento en el sistema de salud, así como otras decisiones que involucran al sector judicial y al sector de protección social.

“Tenemos mucho que trabajar en términos legales pero se está haciendo un avance muy significativo porque ya estamos poniendo sobre la mesa estas palabras de penalización y criminalización. La Suprema Corte está siendo muy consciente de cómo el andamiaje penal limita el ejercicio de ciertos derechos”, opina Leslie Jiménez Urzua sobre los avances y pendientes en despenalización y legalización del aborto. 

¿Y entonces cuándo usar aborto, ILE o IVE?

El aborto es la interrupción del embarazo y debería decirse con todas sus letras sin importar los estigmas. Es voluntario (término que utilizó la SCJN) cuando se realiza con el consentimiento y el deseo de la mujer o persona gestante, dentro del marco legal previsto en cada país.

En la clarificación de términos jurídicos, el GIRE equipara esta definición con la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) o Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE). 

“Son sinónimos, hablan de lo mismo. Me parece que la diferencia recae en la carga de desinformación y estigma que hay alrededor de la palabra aborto. Hay quienes prefieren no utilizarla y por eso usan la Interrupción Voluntaria del Embarazo, pero también está el debate de que se prefiere IVE para que suene sin toda la carga negativa de aborto”, comenta Angie Contreras.

La comunicadora feminista precisa que existen abortos que se realizan en entidades donde aún no se despenaliza. Por lo tanto, no se trata de un ILE porque no es legal, y aún  criminalizan a las mujeres, personas gestantes o personal médico que lo practica. 

Además, considerando las diferencias entre despenalización y legalización, hay quenes prefieren utilizar el término aborto voluntario o IVE porque México todavía no garantiza las condiciones legales para el acceso a este derecho. 

En algunos países o entidades utilizar ILE o IVE depende de plazos o causales. Por ejemplo, en la Ciudad de México la ILE ocurre dentro de las 12 semanas completas de gestación, mientras que la IVE pueden ser en cualquier momento del embarazo, si éste es consecuencia de una violación sexual.

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