Para entender mejor
La reforma a la Constitución de la Ciudad de México no eliminó el derecho a la protección de la propiedad privada, como señalan diversas publicaciones en redes sociales, sino que reiteró que ese derecho se regirá conforme a lo que plantea la Constitución federal.
El lunes 2 de septiembre, el jefe de Gobierno, Martí Batres, presentó el decreto por el que se reformó el artículo 3 de la Carta Magna de la CDMX, la cual recibió críticas por considerar que atenta contra la posesión de bienes en la capital del país.
Especialistas consultados por El Sabueso explicaron que la modificación sólo remite a que la interpretación de la protección de la propiedad se haga conforme a lo que marca la Constitución federal, misma que establece los lineamientos de las constituciones locales. Aquí te explicamos qué fue lo que cambió y las implicaciones que puede tener:
La reforma modificó el artículo 3° que plantea los principios rectores a seguir en la Ciudad de México. En la versión anterior, el numeral 2 de ese artículo decía: “La Ciudad de México asume como principios: (…) el respeto a la propiedad privada”.
La nueva redacción establece “el respeto a la propiedad en los mismos términos del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Ante esto, diversos analistas y políticos de oposición difundieron la versión de que se puso en riesgo la propiedad privada de la Constitución de la CDMX, cosa que es falsa.
Por un lado, ese derecho está reconocido en la propia Constitución federal, por lo que no puede eliminarse en una regulación local. Por otro, la propiedad privada se reconoce en los artículos 10 y 16 de la Constitución local, según menciona el dictamen de la reforma.
Yuri Pavón, académico de la Facultad de Derecho de la UNAM, explicó a El Sabueso que con la reforma no se afecta directamente a la propiedad privada, y se mantienen los medios de defensa que hay en la Constitución.
“Se está unificando la postura de la Constitución federal con respecto a la Constitución local. Eso implicaría que no tendríamos ningún tipo de agravio. Y de hecho, sí dice que está reconociendo la propiedad privada en términos de la Constitución Federal”, mencionó.
Desde su perspectiva, el mayor cambio está en que se faculta al gobierno local para definir las modalidades de la propiedad privada que dicte el interés público, es decir, que se pueden establecer limitaciones o restricciones particulares a ese derecho.
En el artículo 27 se establece a la propiedad privada como la cesión del dominio a un particular por parte de la Nación de un bien. “La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público”, agrega.
Además, detalló Pavón, en ese artículo se reconoce la expropiación como método para suprimir la propiedad privada, que tiene que ser por causa de utilidad pública y, en caso de realizarse, se tiene que ofrecer una indemnización por el bien expropiado.
Por separado, la abogada Carla Escoffié dijo que este cambio es sólo una reiteración de la aplicación del artículo 27 de la Constitución federal para la protección de la propiedad, y donde se reconoce la propiedad privada.
“Concretamente no cambia absolutamente nada. Cualquier cosa que te pueda decir ‘esto abre la puerta a…’ no tendría sentido, porque lo que hace la reforma es remitir al 27 federal. Entonces, cualquier cosa que en teoría potencialmente o no se pudiera hacer con esa reforma, serían cosas que ya se podían hacer con el artículo 27”, explicó Escoffié.
Además, la abogada puntualizó que las constituciones de las entidades federativas no pueden eliminar derechos que están establecidos en la Constitución federal.
La especialista criticó la reforma por considerarla innecesaria, por lo que, ante la desinformación surgida al respecto, llamó al jefe de Gobierno a aclarar cuál es el sentido de la misma.
Ante la difusión de esta reforma, usuarios de redes sociales comentaron en la publicación del jefe de Gobierno, Martí Batres, en X, que esto estaba relacionado con la eventual expropiación de bienes de los particulares.
Pero la reforma no tiene relación con ello, pues las expropiaciones ya están contempladas en el artículo 27 de la Constitución general y la Ley de Expropiación, donde se establecen los lineamientos para estos procedimientos.
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Escoffié señaló además que las expropiaciones suelen hacerse por medio de negociaciones, por lo que se avisa con anticipación a la parte propietaria del interés en su bien y se acuerda un precio para la indemnización antes de iniciar el proceso.
“Son procesos tardados que admiten ser combatidos judicialmente. Entonces, incluso al gobierno no le conviene llegar sin previo acuerdo, porque si de por sí es tardada, un proceso de expropiación en el cual además va a tener que litigar con la persona. Y ya no hablemos también del costo político y mediático de eso no le conviene”, comentó.
Por otra parte, la reforma no modifica el derecho de la ciudadanía para defenderse de una expropiación, como son los juicios de amparo, o juicios de nulidad si el daño a la propiedad se deriva de una sentencia judicial, detalló Pavón.
Un informe comisionado por la OMS descarta que el uso del celular aumente las posibilidades de desarrollar cáncer en el cerebro, cabeza o cuello.
El posible impacto del uso de celulares en el cerebro ha sido motivo de preocupación durante años. Los teléfonos móviles suelen sujetarse contra la cabeza durante su uso y emiten ondas de radio.
Las alarmas se encendieron en 2011 cuando Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC por sus siglas en inglés), que depende de la Organización Mundial de la Salud (OMS), clasificó la exposición a las ondas de radio como posible carcinógeno para los seres humanos.
La IARC aclaró que su clasificación se basó en gran medida en evidencia limitada de estudios de observación en humanos y señaló que las pruebas no eran concluyentes.
Pero la posibilidad de un efecto carcinógeno fue suficiente para generar numerosos titulares alarmantes en la prensa vinculando el uso de celulares con el cáncer cerebral.
Sin embargo, una nueva revisión comisionada por la OMS de estudios realizados a nivel global concluyó que no hay evidencia de que el uso del celular incremente el riesgo de cáncer.
El análisis final incluyó 63 estudios de 1994 a 2022, evaluados por 11 investigadores de 10 países, incluyendo expertos de la autoridad de protección radiológica del gobierno australiano.
El nuevo trabajo comisionado por la OMS fue liderado por Ken Karipidis, director adjunto de evaluación de impactos en la salud de la Agencia Australiana de Protección contra la Radiación y de Seguridad Nuclear, ARPANSA por sus siglas en inglés.
“La clasificación de la IARC se basó en estudios observacionales previos en los que personas con cáncer de cerebro informaron que usaban un teléfono móvil más de lo que realmente lo hacían”, escriben en un artículo en The Conversation Karipidis y Sarah Loughran, también experta de ARPANSA y autora del trabajo.
La nueva revisión sistemática se basa en un conjunto de datos mucho mayor que la evaluación de la IARC de 2011 e incluye estudios más recientes y más completos, afirman los expertos australianos.
“Esto significa que ahora podemos estar más seguros de que la exposición a ondas de radio de teléfonos móviles o tecnologías inalámbricas no está asociada con un mayor riesgo de cáncer cerebral”.
“Esta revisión sistemática proporciona la evidencia más sólida hasta la fecha de que las ondas de radio de las tecnologías inalámbricas no son un peligro para la salud humana”.
La revisión consideró más de 5 mil estudios, aunque solo incluyó 63 en el análisis final. Los autores aclaran que la razón principal por la que se excluyeron estudios fue que “no eran relevantes”.
“No se encontró ninguna asociación entre el uso de teléfonos móviles y el cáncer de cerebro, ni ningún otro tipo de cáncer de cabeza o cuello”, escriben los autores.
Los investigadores analizaron también factores como tiempo desde el primer uso, número y duración de llamadas. También consideraron la posible radiación de antenas de telefonía.
“Tampoco hubo asociación con el cáncer si una persona usó un teléfono móvil durante diez o más años (uso prolongado). Y la frecuencia con la que lo usaron, ya sea según la cantidad de llamadas o el tiempo pasado en el teléfono, tampoco marcó una diferencia”.
Los autores destacan que estos hallazgos se alinean con investigaciones anteriores.
Y muestran que, aunque el uso de tecnologías inalámbricas ha aumentado enormemente en las últimas décadas, no ha habido un aumento en la incidencia de cánceres cerebrales.
Las conclusiones de la nueva revisión son tranquilizadoras e implican que los límites establecidos por agencias como la Comisión Internacional sobre Protección Frente a Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP por sus siglas en inglés) son seguros.
Los resultados “significan que nuestros límites de seguridad nacionales e internacionales son protectores. Los teléfonos móviles emiten ondas de radio de bajo nivel por debajo de estos límites de seguridad y no hay evidencia de que la exposición a ellas tenga un impacto en la salud humana”, afirman Karipids y Loughran.
Pero ambos expertos aclaran que es importante continuar con la investigación en este campo.
“La tecnología se está desarrollando a un ritmo rápido. Con este desarrollo viene el uso de ondas de radio de diferentes maneras usando diferentes frecuencias. Por lo tanto, es esencial que la ciencia continúe garantizando que la exposición a las ondas de radio de estas tecnologías siga siendo segura”.
“Esta nueva publicación nos permite pasar de un ‘posiblemente’ cauteloso a una confianza creciente en que los móviles no están incrementando nuestro riesgo.
No es el final del debate, pero sí un paso adelante hacia una comprensión más completa y basada en la evidencia”, escriben en un artículo los expertos españoles Alberto Nájera López, profesor de radiología y medicina física de la Facultad de Medicina de Albacete, y Jesús González Rubio, profesor asociado de bioestadística de la Universidad de Castilla-La Mancha.
“Por supuesto, esto no significa que no debamos seguir investigando. La tecnología y el uso de los móviles están en constante evolución y los científicos continuarán monitoreando cualquier cambio en las tendencias de salud pública”.
Para Nájera López y González Rubio el mensaje debe ser claro: “Use su dispositivo con moderación si lo prefiere, pero no hay evidencia sólida para que se preocupe por un aumento en las posibilidades de desarrollar un cáncer. La ciencia, al igual que el aparato que lleva en su bolsillo, está aquí para ayudarle a tomar decisiones informadas”.
Uno de los desafíos ahora, según Karipidis y Loughran, es que “esta nueva investigación contrarreste los persistentes conceptos e información erróneos que existen sobre teléfonos móviles y cáncer de cerebro”.
“No hay evidencia de ningún efecto establecido sobre la salud por la exposición relacionada con teléfonos móviles y eso es algo bueno”.
BBC
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