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Fiscalización de la elección judicial: ¿Cómo revisará el INE los gastos de campaña?
Fiscalización de la elección judicial: ¿Cómo revisará el INE los gastos de campaña?
Crédito: Con imagen de Cuartoscuro / Moisés Pablo
7 minutos de lectura

Fiscalización de la elección judicial: ¿Cómo revisará el INE los gastos de campaña?

El TEPJF ordenó ampliar las causales de pérdida de registro en casos graves de infracciones en tema de gastos de campaña.
28 de abril, 2025
Por: Oscar Nogueda Romero
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El Instituto Nacional Electoral (INE) será el encargado de la fiscalización de los recursos utilizados por los candidatos a ministros, magistrados y jueces que participarán en la próxima elección judicial, por lo que habilitó el Mecanismo Electrónico para la Fiscalización de Personas Candidatas a Juzgadoras (MEFIC) para que las y los candidatos informen sus ingresos, gastos, contratación de proveedores y actividades 

De acuerdo con los “Lineamientos para la fiscalización de los procesos electorales del poder judicial, federal y locales”, se contemplan prohibiciones como el uso de recursos públicos y privados que no sean de la persona candidata; pagar por promocionar contenidos en redes sociales; asistir a eventos proselitistas organizados por partidos políticos; rebasar topes de campaña, entre otros. 

Los topes de gasto para las ministras y ministros de la Corte, integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial y de la Sala Superior del Tribunal Electoral es de 1 millón 468 mil 841 pesos; para las y los magistrados de las Salas Regionales del Tribunal Electoral en 881 mil 304 pesos; para las magistraturas de los Tribunales de Circuito y de Apelación en 413 mil 111 pesos, y para las personas juzgadoras de Distrito es de 220 mil 326 pesos.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sentenció que los candidatos a un puesto en el Poder Judicial perderán el registro de su candidatura por cualquier falta grave a lineamientos de fiscalización, tales como contratar espacios en televisión y radio; asistir a eventos partidistas, recibir recursos públicos o privados, etc.

INE revisará gastos de los candidatos judiciales

De acuerdo con los lineamientos, las personas candidatas a puestos judiciales deberán registrar datos de identificación personal, bancarios, fiscales y redes sociales en el MEFIC. El Instituto podrá requerir información complementaria para acreditar la información de las personas candidatas, la cual incluye información sobre la situación patrimonial de los candidatos, familiares y dependientes económicos.  

Además, deberán registrar eventos de campaña presenciales o virtuales en los que participen, tales como foros de debate, mesas de diálogo, entrevistas y encuentros. Deberán informar de estos eventos de forma semanal y con una antelación de al menos cinco días a la fecha en que se lleven a cabo. Y en caso de cambios o cancelación, se deberá registrar 24 horas antes del evento. 

El MEFIC permitirá al Instituto conocer los ingresos y egresos de los candidatos, incluido el dinero en efectivo que utilicen. En el caso de pagos en efectivo, los candidatos sólo podrán pagar hasta 20 UMAS (Unidades de Medida y Actualización) por operación, es decir, 2 mil 262 pesos con 80 centavos. El total de los pagos en efectivo en toda la campaña no debe rebasar el 10% del tope de gastos personales.

Y podrán realizar pagos a personal de apoyo en actividades de campaña, los cuales no deben rebasar el 20% del gasto personal ejercido. Todos los pagos realizados por las personas candidatas deberán realizarse con el patrimonio personal de las y los candidatos. 

“(El INE) podrá solicitar a las autoridades competentes información fiscal o relacionada con operaciones de depósito, ahorro, administración o inversión de recursos monetarios que guarden relación directa con el proceso electivo, cuando se adviertan movimientos aparentemente inusuales o elementos en los que, de manera preliminar, no se advierta la procedencia lícita de los bienes o recursos reportados”, señalan los lineamientos. 

En esta plataforma, las y los candidatos deberán presentar un informe único de gastos de campaña, donde detallarán sus ingresos y egresos por gastos personales, creación de contenido en redes sociales, comidas, viáticos y traslados. Este informe se deberá presentar tres días después de que acaben las campañas y aunque no haya gastos realizados. 

“Las personas candidatas a juzgadoras deberán realizar los registros de sus gastos en el MEFIC en tiempo real, entendiéndose por tiempo real, el registro de sus egresos desde el momento en que ocurren, se pagan o se pactan y hasta tres días posteriores a su realización”, indican los lineamientos.

Con este informe, la UTF revisará el monto y destino de los gastos realizados por las personas candidatas. Posteriormente, la Unidad realizará un dictamen y anteproyecto de resolución sobre los gastos realizados.

Este dictamen deberá ser aprobado por la Comisión de Fiscalización del Consejo General del INE (COF) y el Consejo General del INE. Estas son las fechas en las que las autoridades electorales revisarán los gastos realizados por las personas candidatas: 

Plazos de fiscalización, INE
Plazos de fiscalización, INE

 

Los lineamientos prohíben que los candidatos puedan pagar por pautas en redes sociales para potenciar su contenido y no se podrá usar dinero público o privado para beneficiar a candidaturas, más allá de los recursos propios de cada candidatura. 

De acuerdo con los lineamientos, los gastos de las personas candidatas no pueden beneficiar a más de dos candidatos y, en caso de que se beneficie a más candidatos, estos gastos se sumarán al total de erogaciones de campaña de las personas candidatas. 

El 14 de abril de 2025, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE resolvió dos medidas cautelares contra la candidata a ministra Loretta Ortiz, y la candidata a jueza de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México Jesika Alejandra Velázquez Torres, por promoción del voto de manera conjunta y llamamiento expreso a votar por otras candidaturas en “Foro informativo sobre la elección de cargos del Poder Judicial”, presuntamente organizado por el Sindicato Mexicano de Electricistas (SME), al que asistieron como invitados la Cooperativa Cruz Azul. 

Por ello, el INE llamó a la ministra y al Sindicato a eliminar cualquier contenido digital o impreso sobre el foro realizado, ya que no cumplió la normativa en materia de foros y mesas de diálogos. 

“Los foros de debate, mesas de diálogo o encuentros serán monitoreados o verificados por el Instituto, para vigilar y garantizar que no se utilice financiamiento público ni privado, en efectivo o en especie, por parte de las personas candidatas a juzgadoras, ni de instituciones o personas servidoras públicas que implique un beneficio directo a una o algunas de las personas candidatas a juzgadoras que participen”, menciona el INE. 

La UTF y la Coordinación Nacional de Comunicación Social del INE realizarán monitoreos de propaganda en redes sociales, medios impresos y anuncios en vía pública para identificar posibles beneficios a candidaturas o propaganda en contra de candidatos. Si la Unidad identifica gastos que no están alineados con los lineamientos de fiscalización, el monitoreo será contrastados con los reportes financieros de las personas candidatas y, en su caso, será acumulado a los gastos realizados de las personas beneficiarias. 

Cabe destacar que los candidatos deberán presentar la documentación necesaria para comprobar los gastos y los pagos realizados a proveedores. Para verificar lo reportado, la UTF podrá pedir información a las autoridades necesarias, como la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV); el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría de Hacienda. Incluso, las autoridades electorales pueden requerir información a personas e instituciones privadas. 

Prohibiciones y sanciones en las elecciones judiciales

Los lineamientos de fiscalización también consideran prohibiciones y sanciones contra personas candidatas. Una de ellas es que los postulantes no podrán acudir a actividades proselitistas organizadas por partidos políticos, agrupaciones políticas nacionales, organizaciones que pretendan ser partidos o personas candidatas a puestos de ayuntamientos, alcaldías, diputaciones, senadurías, gubernaturas y presidencia.

“En el caso que asistan o se les promueva en dichos eventos, los gastos erogados serán prorrateados en la parte correspondiente, computarán para efectos del tope de gastos personales de campaña de la persona candidata a juzgadora y serán considerados ingresos de entes impedidos. Asimismo, dichos gastos serán considerados gastos sin objeto partidista para los Partidos Políticos y coaliciones o un gasto no vinculado con la obtención del voto, para la candidatura independiente”, señala el documento del INE. 

También, los gastos de propaganda electoral de puestos del Poder Ejecutivo y Legislativo que aludan a candidatos al Poder Judicial serán catalogados como ingresos de entes impedidos y añadidos al gasto de campaña de las personas candidatas a juzgadoras. 

Los partidos políticos no podrán hacer actos proselitistas ni destinar financiamiento público o privado a favor de alguna persona candidata a juzgadora. Tampoco podrán contratar promoción en radio y televisión, así como en espacios publicitarios, en medios impresos, digitales, espectaculares, bardas, vallas y parabuses. 

Por otro lado, los candidatos al Poder Judicial no podrán difundir resultados de encuestas antes de que sean publicados por un medio de comunicación. Esto se catalogaría como un gasto no reportado y la UTF calculará el gasto generado por la difusión de resultados de encuestas.

“Cuando las autoridades correspondientes determinen la existencia de actos anticipados de campaña, la UTF cuantificará dichos gastos, los acumulará al tope de gastos personales de campaña y serán sancionados como egresos no reportados”, precisó el INE. 

Las sanciones por incumplir los reportes de fiscalización, la documentación solicitada o realizar acciones fuera de la normativa son: Amonestación pública, multas de hasta 5 mil UMAS y la cancelación del registro de candidatura.

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Imagen BBC
“Nos decían que la orden era aniquilar”: 6 crímenes de lesa humanidad que un informe de la ONU atribuye al gobierno de Nicaragua
8 minutos de lectura

El Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua de la ONU denunció crímenes de lesa humanidad e identificó a 54 presuntos responsables entre políticos, militantes y militares.

27 de mayo, 2025
Por: BBC News Mundo
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Asesinatos, torturas, desapariciones forzadas.

Estas son solo algunas de las violaciones a la integridad humana que el Grupo de Expertos en Derechos Humanos sobre Nicaragua de Naciones Unidas considera crímenes de lesa humanidad.

El equipo de expertos determinó en su último informe, presentado el 3 de abril, que el “Estado persigue a su propia gente” con acciones represivas que, para el derecho internacional, entrarían en la categoría de crímenes de lesa humanidad.

“Este informe es un llamado de atención para la comunidad internacional sobre la situación de Nicaragua y su deber de proteger a su población”, le dice a BBC Mundo el abogado y presidente del grupo, Jan-Michael Simon.

El documento identifica a 54 personas entre los que figuran ministros, miembros de las fuerzas de seguridad y de la sociedad civil como responsables de la “represión sistemática y generalizada” del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo.

Aunque ésta no es la primera vez que el equipo técnico creado en 2022 denuncia los hechos ocurridos en Nicaragua a partir de las protestas de 2018, ahora le pone nombre y apellido a los supuestos responsables, cuya culpabilidad deberá determinar la justicia en ámbitos internacionales como la Corte Internacional de Justicia de La Haya.

Un manifestante enmascarado muestra una bandera nicaragüense a un grupo de policías antidisturbios el 16 de septiembre de 2018.
Getty Images
La respuesta represiva del Estado a las protestas de 2018 marcaron un quiebre en Nicaragua.

Como resultado del informe, los “copresidentes” Daniel Ortega y Rosario Murillo decidieron retirar a su país del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas.

“Nicaragua transmite su decisión soberana e irrevocable de retirarse del Consejo de Derechos Humanos y de toda actividad relacionada con este consejo y todos sus mecanismos satélites”, comunicó Murillo.

“Es una evidencia del doble rasero y la politización de cada uno de estos mecanismos que cotidianamente instrumentalizan los derechos humanos, usándolos como pretexto para injerir en los asuntos internos de los Estados e irrespetar la soberanía”, agregó la Cancillería de Nicaragua.

Jan-Michael Simon calificó a Nicaragua como “dictadura anacrónica”.

“Estamos hablando de una dictadura anacrónica en donde la familia es el partido, el partido es la familia y ambos son el Estado. Esto es absolutamente anacrónico en este mundo”, dijo el presidente del grupo.

El gobierno de Nicaragua no respondió a la solicitud de comentarios realizada por BBC Mundo.

Estos son los seis tipos de crímenes de lesa humanidad identificados en el informe.

1. Ejecuciones extrajudiciales

Las muertes documentadas por los expertos tuvieron lugar durante la primera fase de la represión, en especial después de los meses en los que se registraron movilizaciones en contra de Ortega en 2018.

La mayoría de las personas asesinadas eran manifestantes.

Para calificar un asesinato como crimen de lesa humanidad, según el derecho internacional, es necesario confirmar que la muerte haya sido causada por una acción u omisión de la persona acusada, entre otros elementos.

El equipo investigador indagó sobre 40 muertes que se dieron en el contexto de protestas de 2018, concluyendo que en todos los casos se cometieron ejecuciones extrajudiciales.

Al mismo tiempo, se determinó que los asesinatos fueron cometidos por agentes de la Policía, del Ejército e integrantes de grupos armados progubernamentales que seguían órdenes del presidente y de la vicepresidenta Murillo.

Según el texto, los ataques tuvieron lugar mientras los disidentes se manifestaban. Las armas de fuego fueron apuntadas directamente contra esas personas con la intención de matarlas o, al menos, de infligir intencionadamente daños o lesiones corporales graves.

El grupo de expertos concluyó que las ejecuciones extrajudiciales de personas opositoras o percibidas como tales durante la primera fase de represión forman parte del ataque generalizado y sistemático que existe en Nicaragua desde 2018.

Estudiantes muestran casquillos de bala durante una protesta contra las reformas gubernamentales al Instituto Nacional de Seguros Sociales (INSS) en Managua, el 21 de abril de 2018.
Getty Images
Las armas de fuego fueron apuntadas directamente contra los manifestantes en las protestas de 2018.

2. Detenciones arbitrarias

Miembros de la policía entraron en noviembre pasado, de manera simultánea, a la casa de al menos 45 personas y las detuvieron por consideradas peligrosas para el régimen por sus ideas políticas.

Estas personas no recibieron ningún tipo de explicación ni tuvieron derecho a un abogado de su elección que los defienda, según reconstruye el informe en base a decenas de entrevistas y documentos.

Durante algunas semanas, pocos fueron los familiares de los detenidos que recibieron algún tipo de información sobre sus seres queridos.

Para la mayoría, durante semanas, el destino fue desconocido.

Y aunque muchos de ellos fueron liberados con el correr de los días, la mayoría declaró que siguió sufriendo visitas semanales de policías a quienes debían entregar informes sobre sus actividades.

Mujeres se enfrentan a la Policía durante una protesta contra el gobierno del presidente nicaragüense Daniel Ortega en Managua, el 23 de septiembre de 2018.
Getty Images
Las detenciones arbitrarias empezaron con las protestas de 2018 y siguieron con las operaciones policiales de gran escala.

Desde las protestas de 2018 y hasta el 26 de marzo de este año, más de 5.000 personas han sido detenidas de manera arbitraria, aunque los expertos estiman que podrían ser más.

Tan solo en el último año, 131 personas fueron encarceladas por motivos políticos, no solo por miembros de la Policía sino por integrantes de grupos armados progubernamentales que seguían órdenes de Ortega, según sostiene el informe.

La privación arbitraria de libertad, es decir, sin una base legal para hacerlo, “bajo acusaciones penales infundadas” es uno de los motivos que explican cómo una detención puede derivar en un crimen de lesa humanidad.

3. Torturas

“Nos entrenaban y nos decían que la orden era aniquilar”, le contó un exmiembro de la Policía al grupo de expertos de Naciones Unidas.

“Nos orientaban que, si hallábamos a alguien, que lo metiéramos en la celda de castigo, que usáramos la asfixia con bolsas de plástico en el cuello, hacerles continuas repeticiones de palabras, colgarlos y dejarlos solo de las puntas de los pie”, siguió.

La práctica de este miembro de la Policía, según relatan los expertos, no es una excepción sino la regla dentro instituciones penitenciarias de Nicaragua.

La lista de sucesos de este tipo dentro de los centros de detención está integrada por diferentes formas de violencia sexual, restricciones alimentarias y condiciones de aislamiento e incomunicación por períodos prolongados, entre otras prácticas.

Los actos de tortura -que buscan obtener información, castigar o intimidar a la víctima- son “generalizados y sistemáticos” desde 2018 y van “contra una parte de la población”.

Es por eso que el equipo de Naciones Unidas tiene motivos razonables para creer que los “actos documentados constituyen el crimen de tortura o trato cruel, inhumano o degradante como crimen de lesa humanidad”.

Partidarios del presidente nicaragüense Daniel Ortega y la vicepresidenta Rosario Murillo participan en una marcha a favor del gobierno en Managua, el 11 de febrero de 2023.
Getty Images
El rol de los militantes del FSLN es una pata clave en lo configuración del aparato represivo del Estado.

4. Deportaciones masivas

Ortega y Murillo ordenaron en septiembre de 2024 la expulsión de Nicaragua hacia Guatemala de 135 personas que se encontraban detenidas.

A diferencia de la deportación de las 222 personas a Estados Unidos en febrero de 2023, en esta ocasión no hubo una orden de deportación ni tampoco un listado oficial, limitando el acceso a la justicia de estas personas.

“Los actos de deportación fueron ordenados directamente por el presidente y la vicepresidenta y, siguiendo estas órdenes, llevados a cabo por agentes de la Policía, el Ejército, el Ministerio del Interior y del poder judicial”, dicen los expertos.

El hecho de que estas personas hayan sido expulsadas del territorio nicaragüense por el solo hecho de no coincidir con el gobierno es un accionar que puede ser penalizado por el derecho internacional.

Tales deportaciones constituyen, según el equipo, un “crimen de lesa humanidad” debido a que son prácticas sistemáticas en contra a un grupo de la población y perpetradas desde la cúspide del poder político.

Manifestantes antigubernamentales, de pie sobre un grafiti que decía
Getty Images
Las protestas de 2018 atizaron la reacción represiva del Estado en manos de Daniel Ortega.

5. Desapariciones forzadas

Durante gran parte del año pasado, los familiares de Jaime Navarrete Blandón se acercaron cada día a la cárcel de máxima seguridad conocida como “La 300” para preguntar dónde estaba.

Por más de ocho meses, después de haber sido llevado por la Policía y en medio de rumores de traslados, las autoridades penitenciarias no solo no permitieron que nadie lo visitara sino que se negaron a confirmarle a sus familiares dónde estaba Jaime.

La falta de información sobre las personas detenidas de manera arbitraria en Nicaragua constituye, según los expertos, un patrón en Nicaragua.

“Estas desapariciones forzadas causan y causaron gran sufrimiento e impactan la integridad física y la salud mental de las víctimas y sus familiares”, dice el informe.

Además de las desapariciones forzadas de corto plazo, producto de detenciones arbitrarias, el equipo registró 12 casos de desapariciones forzadas por períodos de más de un año.

En todos los casos registrados, el mecanismo fue el mismo: las víctimas fueron arrestadas de manera irregular por oficiales de la Policía o de grupos civiles cercanos al gobierno y llevados a los centros de detención, sin prestar información a sus familiares.

6. Persecución

Los crímenes anteriores han sido cometidos, según el Grupo de Expertos, “en el marco de una campaña discriminatoria por motivos políticos, instrumentalizada desde las más altas esferas del gobierno contra parte de la población de Nicaragua”.

Por eso, para el equipo, constituyen el crimen de lesa humanidad de persecución política.

Las conclusiones recabadas por este grupo no representan una sentencia sino que podrían funcionar como material probatorio para ser utilizado ante la justicia.

La Corte Penal Internacional, la Corte Internacional de Justicia o los tribunales de otros países que cuenten con víctimas de sus nacionalidades, como es el caso de Brasil, son las instancias donde podrá avanzar un proceso legal.

Según los expertos, la Corte Internacional de Justicia sería el foro reconocido por Nicaragua en donde debería ser juzgado el gobierno “por la simple razón de haber violado flagrantemente sus obligaciones internacionales”.

Línea.
BBC

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