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Elecciones judiciales: Edomex elegirá 88 cargos locales, aunque aún no aprueba el presupuesto para los comicios
Elecciones judiciales: Edomex elegirá 88 cargos locales, aunque aún no aprueba el presupuesto para los comicios
Fotografía: Poder Judicial del Estado de México
5 minutos de lectura

Elecciones judiciales: Edomex elegirá 88 cargos locales, aunque aún no aprueba el presupuesto para los comicios

El Poder Judicial del Estado de México renovará 28 magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, cinco del Tribunal de Disciplina Judicial y 55 juezas y jueces.
24 de enero, 2025
Por: Luz Rangel
@ 

El Congreso del Estado de México determinó un listado de 88 cargos del Poder Judicial local que, además de los federales, serán votados en la elección extraordinaria del próximo 1 de junio de 2025. 

De los cargos para la elección judicial local, 28 corresponden a magistraturas del Tribunal Superior de Justicia, cinco a magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial y 55 a juezas y jueces, según un comunicado del Congreso del Estado de México. 

Este órgano legislativo aprobó este 20 de enero la lista que el Poder Judicial del Estado de México le envió con la totalidad de cargos disponibles, donde se indica especialización por materia, género, vacancias, renuncias y retiros programados, entre otros datos. 

Con esto, el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) definirá la solicitud de ampliación presupuestal que requiere, debido a que el presupuesto de mil 700 millones 512 mil 864 pesos aprobado para 2025 no contempló esta elección judicial.

El presupuesto que fue aprobado para el Instituto Electoral no contempla la elección judicial, porque así se acordó con los Poderes del Estado, para que una vez que ya estuviera aprobada la reforma constitucional y la reforma secundaria ya se pudiera establecer este presupuesto”, comenta Amalia Pulido Gómez, consejera presidenta del IEEM, en entrevista con El Sabueso.

A nivel federal, el Estado de México elegirá 54 cargos: 26 magistradas y magistrados de tribunales de circuito y 28 jueces y juezas. Además, las personas electoras deben votar por nueve ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dos magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), tres de la Sala Regional de Toluca y cinco del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ).

La ciudadanía no votará por todas las juezas y jueces locales

De las 33 magistraturas vacantes en el Poder Judicial del Estado de México, 21 se deben a la renuncia voluntaria de sus titulares, una por el retiro del titular que ya estaba programado, seis por nueva creación y cinco corresponden al Tribunal de Disciplina Judicial. 

Las 55 vacantes de juezas y jueces son porque no concluyeron los procesos de ratificación en los concursos de oposición, o por jubilación.

En la elección del próximo 1 de junio, las y los mexiquenses elegirán la mitad de magistraturas del Tribunal Superior de Justicia y los cargos por vacantes y retiros programados de juezas y jueces. Pero la renovación de la totalidad del Poder Judicial local será hasta 2027. 

Amalia Pulido Gómez, consejera presidenta del IEEM, explica que, a diferencia de entidades como la Ciudad de México, no todas las y los mexiquenses van a votar por todos los cargos para renovar el Poder Judicial local. 

“No todos van a votar por estos cargos porque tienen una geografía específica. Una vez que tengamos los listados definitivos tendremos que trabajar en esta geografía electoral siempre en coordinación con el INE y entonces ahí sí determinar qué ciudadanas y ciudadanos votarían por cuáles”, menciona Pulido Gómez.

Sin embargo, la consejera presidenta precisa que hay algunos cargos por los que sí deberán votar todas las y los mexiquenses, salvo las y los jueces. 

“Todas las ciudadanas y ciudadanos van a votar por todos los magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, estos sí son cargos estatales en donde todas y todos estarán convocados a las urnas, y también estamos previendo alrededor de cinco magistraturas, de estas 28, que tienen una jurisdicción estatal”, dice sobre el Tribunal Superior de Justicia. 

Pulido Gómez adelanta que el IEEM prevé que máximo sean cuatro boletas para la renovación del Poder Judicial local. 

“Las boletas van a tener diversas combinaciones, sin embargo, sí habrá al menos una boleta que será repartida a toda la ciudadanía y ya estaremos por definir el número de las boletas que serán utilizadas”, agrega. 

A nivel federal, la ciudadanía votará según su distrito judicial electoral

El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó un acuerdo con el marco geográfico que se utilizará en las elecciones judiciales federales,  el cual puede usarse para votar por las y los ministros de la SCJN, el TDJ y Sala Superior del TEPJF, así como para la elección de las Salas Regionales del TEPJF. 

Sin embargo, las boletas electorales en algunas entidades tendrían un alto número de candidaturas en las elecciones de las magistraturas de circuito, y de juezas y jueces de distrito.

Por lo tanto, el INE acordó que el Estado de México será el Circuito Judicial 02. 

“Para fines estrictamente electorales, cada circuito judicial se dividirá en los subcircuitos o conglomerados de distritos judiciales electorales necesarios para que, en esa demarcación, cada persona electora pueda elegir el número de cargos que le corresponden”, se lee en el documento.

Así, en el Estado de México se crearán tres distritos judiciales electorales para elegir 26 magistraturas y 28 jueces y juezas con base en la lista nominal, como muestran las siguientes tablas. Además, en los tres las personas electoras votarán por al menos un cargo en materia penal:

Elecciones judiciales: Edomex elegirá 88 cargos locales, aunque aún no aprueba el presupuesto para los comicios

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¿Cuáles son las fechas clave de la elección judicial mexiquense?

  • Primera semana de febrero de 2025: emisión de la convocatoria general por parte del Congreso.
  • 7 de febrero de 2025: instalación de Comités de Evaluación por los tres Poderes del Estado.
  • 10 de febrero de 2025: Publicación de convocatorias por cada uno de los Comités de Evaluación.
  • 11 al 16 de febrero de 2025: plazo de inscripción en las convocatorias de las personas interesadas.
  • 18 de febrero de 2025: Verificación de requisitos de elegibilidad por los Comités de Evaluación.
  • 19 de febrero de 2025: Publicación de listado de aspirantes elegibles por los Comités de Evaluación.
  • 24 de febrero de 2025: Evaluación y publicación de resultados de idoneidad por los Comités de Evaluación.
  • 26 de febrero de 2025: Depuración de listados por insaculación pública por los Comités de Evaluación.
  • 27 de febrero de 2025: Remisión de listados al Congreso por los Comités de Evaluación.
  • 28 de febrero de 2025: Envío de listados finales al IEEM.
  • 24 de abril de 2025: Inicio de campañas electorales (38 días antes de la elección).
  • 28 de mayo de 2025: Fin de campañas electorales (tres días antes de la elección).
  • 1 de junio de 2025: Jornada electoral.
  • 28 de agosto de 2025: Resolución de impugnaciones.
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Imagen BBC
Trump habría sido condenado si no hubiese sido elegido presidente de EU, dice el Departamento de Justicia
5 minutos de lectura

Las pruebas contra Trump por intentar anular el resultado electoral en 2020 fueron “suficientes para obtener y mantener una condena”, escribió el fiscal especial Jack Smith en un informe divulgado parcialmente.

14 de enero, 2025
Por: BBC News Mundo
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El presidente electo de Estados Unidos, Donald Trump, habría sido condenado por intentar anular ilegalmente el resultado de las elecciones presidenciales de 2020, que perdió, si no hubiera sido reelegido con éxito en 2024, afirmó el hombre que dirigió las investigaciones del gobierno estadounidense.

Las pruebas contra Trump fueron “suficientes para obtener y mantener una condena en el juicio”, escribió el fiscal especial Jack Smith en un informe divulgado parcialmente.

Trump respondió diciendo que Smith estaba “trastornado” y que sus hallazgos eran “falsos”.

El presidente electo fue acusado de presionar a funcionarios para revertir el resultado electoral de 2020, difundir deliberadamente mentiras sobre fraude electoral, y tratar de explotar los disturbios en el Capitolio de Estados Unidos el 6 de enero de 2021. Trump negó las acusaciones.

Trump, que era presidente en el momento de los presuntos crímenes, pasó cuatro años fuera del cargo, pero fue reelegido con éxito para la Casa Blanca en noviembre. Regresará a la presidencia el 20 de enero.

Después de su éxito en la votación de 2024, las diversas cuestiones legales con las que había estado luchando se han evaporado en gran medida. El caso sobre interferencia electoral ahora fue desestimado.

Smith dice en el informe que “respalda plenamente” los méritos de presentar la acusación y defiende la solidez del caso.

El fiscal especial continuó diciendo que fue sólo el hecho de que la Constitución de Estados Unidos prohíbe el procesamiento de un presidente en ejercicio lo que puso fin al caso.

“Pero para la elección del señor Trump (en 2024) y su inminente regreso a la presidencia, la oficina evaluó que las pruebas admisibles eran suficientes para obtener y mantener una condena en el juicio”.

Parte del material del informe de Smith ya se conocía gracias a una presentación pública en octubre, que daba detalles de los supuestos esfuerzos de Trump para revertir su derrota.

Pero el informe, que fue presentado por el Departamento de Justicia (DoJ por sus siglas en inglés) al Congreso, brinda más detalles sobre por qué Smith siguió adelante con el caso y finalmente lo cerró.

• Justifica el caso contra Trump acusándolo de “esfuerzos sin precedentes para retener ilegalmente el poder” mediante “amenazas y fomento de la violencia contra sus supuestos opositores“.

• Los “esfuerzos criminales” de Trump incluyeron acusaciones de fraude electoral que él sabía que eran falsas, agrega.

• El informe detalla los “desafíos importantes” que enfrentaron los investigadores, incluido el uso de redes sociales por parte de Trump para atacar a testigos, tribunales y empleados del Departamento de Justicia.

• Al negar que el caso tuviera motivaciones políticas, Smith dice: “La afirmación del señor Trump de que mis decisiones como fiscal fueron influenciadas o dirigidas por la administración (del presidente Joe) Biden u otros actores políticos es, en una palabra, ridícula”.

• Smith reflexiona además en una carta adjunta: “Aunque no pudimos llevar a juicio los casos que imputamos, creo que el hecho de que nuestro equipo defendiera el estado de derecho es importante”.

El documento de 137 páginas fue enviado al Congreso después de la medianoche del martes, tras un período de tira y afloje legal que culminó con una jueza allanando el camino para la publicación de la primera parte del informe de Smith.

La jueza, Aileen Cannon, también ordenó realizar una audiencia a finales de semana para decidir si se debe publicar la segunda parte del informe, que se centra en acusaciones separadas de que Trump guardó ilegalmente documentos gubernamentales clasificados en su casa en Florida.

En una publicación en su sitio web Truth Social, Trump mantuvo su inocencia, burlándose de Smith al escribir que el fiscal “no pudo hacer que su caso fuera juzgado antes de las elecciones, que gané de manera aplastante”.

Trump añadió: “¡¡¡LOS VOTANTES HAN HABLADO!!!”

Jack Smith
Getty Images
La opinión del Departamento de Justicia de que la Constitución prohíbe continuar acusando y enjuiciando a un presidente en ejercicio “es categórica”, señala el informe de Smith.

Smith fue designado en 2022 para supervisar las investigaciones del gobierno estadounidense sobre Trump. El Departamento de Justicia elige fiscales especiales en los casos en que existe un posible conflicto de intereses.

En el caso sobre interferencia electoral, Trump fue acusado de conspirar para anular el resultado de los comicios de 2020, que perdió ante Joe Biden.

Tanto este caso como el de documentos clasificados resultaron en cargos penales contra Trump, quien se declaró inocente y trató de presentar los procesamientos como motivados políticamente.

Pero Smith cerró los casos después de la elección de Trump en noviembre, de acuerdo con las regulaciones del Departamento de Justicia que prohíben el procesamiento de un presidente en ejercicio.

El informe explica: “La opinión del departamento de que la Constitución (de EE.UU.) prohíbe continuar acusando y enjuiciando a un presidente es categórica y no gira en torno a la gravedad de los crímenes de los que se le acusa, la solidez de las pruebas del gobierno o los méritos de la acusación, algo que la oficina respalda plenamente.”

Agrega que los fiscales se encontraron en una encrucijada: “Los resultados electorales (de 2024) plantearon por primera vez la cuestión del procedimiento legal cuando un ciudadano privado que ya ha sido acusado es elegido presidente”.

La publicación del martes se produce después de un período de idas y venidas legales, durante el cual la jueza Cannon suspendió temporalmente la publicación del informe completo de Smith por temor a que pudiera afectar los procedimientos contra dos asociados de Trump acusados junto a él en el caso de documentos clasificados.

Walt Nauta, asistente personal de Trump, y Carlos De Oliveira, administrador de su propiedad Mar-a-Lago, están acusados de ayudar a Trump a ocultar los documentos.

A diferencia del caso de Trump, los suyos aún están pendientes y sus abogados argumentaron que la publicación del informe podría influir en un jurado y un juicio futuros.

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BBC

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