
Con la aprobación de la reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) por la Cámara de Diputados, Senadores y Congresos locales, comenzó el debate sobre si, de parte de la oposición, proceden recursos de impugnación como las acciones de inconstitucionalidad, las controversias constitucionales y los amparos.
“Cada uno tiene particularidades y cada uno es distinto entre quienes los pueden presentar y cuáles son sus efectos, hay ciertos sujetos legitimados para presentarlos que están enlistados en la Constitución”, menciona en entrevista Daniel Eduardo Torres Checa, abogado por la Universidad Panamericana.
Norma Piña, ministra presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dijo que es muy probable que pueda llegar al máximo tribunal de justicia alguno de los recursos ya mencionados.
Aunque, el coordinador de los diputados de Morena, Ricardo Monreal, asegura que no procede ninguno para impugnar la reforma y que basta el artículo 135 constitucional que establece que el voto de dos terceras partes del Congreso de la Unión acuerden las reformas o adiciones, y que éstas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México.

Ante estas posturas, en El Sabueso consultamos lo que dicen artículos constitucionales así como a diferentes especialistas, para explicarte las posibilidades y alcances que tiene la oposición para impugnar la reforma judicial:
Una acción de inconstitucionalidad es el juicio mediante el cual la Corte resuelve si una norma transgrede la Constitución. De acuerdo con la SCJN, pueden promoverlo diversas instituciones, como las minorías parlamentarias.
El artículo 105 constitucional establece que las acciones de inconstitucionalidad pueden interponerse por el equivalente a 33% de las y los integrantes de cada Cámara.
El 33% de 128 senadoras y senadores es 42.24. Pero al tratarse de una fracción, la cifra asciende a 43.
Si bien la oposición cuenta con 43 senadoras y senadores, es decir, 22 del Partido Acción Nacional (PAN), 15 del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y seis de Movimiento Ciudadano (MC), el panista Miguel Ángel Yunes votó a favor de la reforma judicial y fue expulsado oficialmente de su bancada. Además está el legislador Manlio Fabio Beltrones, pero no tiene grupo parlamentario.
Entonces, la oposición ya no contaría con 43 legisladores, sino con 42. Esto incluso sumando a Daniel Barreda, de MC, quien no asistió a la votación.
Lo mismo ocurre en la Cámara de Diputados. Se requieren 33% de las y los legisladores, o sea al menos 165, pero la oposición no alcanza esa cifra.
Lo ocurrido en el Senado, donde legisladoras y legisladores de oposición terminaron respaldando a Morena y aliados, también tuvo repercusión en las oportunidades de impugnación.
“Con uno que pierdan, un senador que se cambia de bando, que se vaya a otro partido político, pierden también los números suficientes para poder presentar una acción de inconstitucionalidad, que es el recurso que tienen en este caso las minorías, tanto en la Cámara de Diputados como de Senadores, para poder impugnar una reforma constitucional ante la Corte”, refiere Mariana Tamés Espadas, coordinadora jurídica de Strategia Electoral.
Sin embargo, una acción de inconstitucionalidad también puede ser promovida por el Poder Ejecutivo Federal, la Fiscalía General de la República (FGR), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) y los partidos políticos.
En el caso de estos últimos, si bien también pueden presentar dichas acciones, es importante acotar que “la facultad que tienen estos órganos para presentar las acciones deriva necesariamente de su relación con la materia que defienden”, señala Daniel Eduardo Torres Checa.
El PAN anunció que se ceñirá al artículo 105 constitucional, fracción II, inciso F, para interponer este mecanismo, el cual refiere que la reforma afecta en materia electoral. Pero, entonces, su reclamo se restringiría al tema de la elección de magistrados electorales y la integración del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
“Aquí la verdad es que entramos en un terreno un poco complicado porque, si bien es cierto que la reforma judicial afecta la materia electoral porque presenta modificaciones en cuanto a la integración de los órganos electorales y al método de selección de magistrados electorales, sólo sería respecto de los de los artículos en específico de la reforma judicial que afectan la materia electoral”, advierte Mariana Tamés Espadas.
Existe un debate sobre si la SCJN puede estudiar e invalidar reformas a la Constitución desde la perspectiva de violaciones al proceso legislativo.
“Tanto en la forma como en el fondo, la Suprema Corte tendría que preguntarse, primero, si está facultada para hacerlo y, segundo, si efectivamente hubo una violación al proceso o si efectivamente hay una violación material al resto de los principios. Y creo que tanto en términos jurídicos como en términos políticos es muy complicado”, indica Torres Checa.
Los criterios de la SCJN y su integración han cambiado con el paso de los años. Pero de acuerdo con el especialista, también hay que considerar el contexto político actual y el hecho de que se trata de una reforma al PJF. Es decir, que la Corte estaría discutiendo una reforma que afecta a su propia integración y funcionamiento.
La publicación Reformas constitucionales inconstitucionales, ¿condiciones para un nuevo debate?, de la que Torres Checa es coautor, menciona que en su momento el exministro presidente Arturo Zaldívar, en el amparo en revisión 2021/2009, defendió en su voto particular la procedencia de medios de control en contra de reformas constitucionales cuando se viole el proceso legislativo.
Otra postura es la del ministro Luis María Aguilar Morales quien, en el recurso de reclamación 9/2016, sostuvo revisar reformas constitucionales únicamente en casos “excepcionales” de violación al proceso legislativo.

La controversia constitucional es el juicio que resuelve la SCJN cuando uno de los tres poderes, órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden Constitucional.
Pueden promover una controversia constitucional los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial estatales, los municipios, el Poder Ejecutivo Federal, ambas Cámaras del Congreso de la Unión y órganos constitucionales autónomos federales y estatales, según la SCJN.
“Aquí podría ser que alguna entidad federativa o algún congreso estatal reclame la reforma judicial, sobre todo en entidades federativas donde hay una oposición a esta reforma judicial, como podría ser Querétaro, que rechazó en su legislatura local la este proceso de reforma constitucional”, comenta Daniel Eduardo Torres Checa, abogado litigante en materia constitucional.
El amparo es un medio de defensa que tienen las personas para proteger, ante los tribunales, los derechos que reconoce la Constitución cuando una autoridad los está violentando. Estos se presentan, en primera instancia, a Juzgados de Distrito y no directamente ante la SCJN y tendrían que ir en contra del proceso de reforma no contra la reforma en sí.
Noemí Luna, secretaria general del PAN y coordinadora de las y los diputados federales panistas, dijo a Animal Político que la bancada tramitará un amparo por las presuntas irregularidades que se registraron durante la sesión en la que se aprobó la reforma judicial.
Entre ellas dudas sobre el quórum legal debido a que legisladores entraban y salían de la Sala de Armas; la violación de una suspensión provisional de una jueza que ordenó frenar el debate de la reforma; la falta de tiempo para que las y los legisladores conocieran a profundidad el dictamen, y un cambio de sede repentino.
“El juicio de amparo, a diferencia de lo que pasa con las acciones de inconstitucionalidad, quienes lo presentan son ciudadanos y ciudadanos que consideran que esa norma o esa reforma les afecta de alguna forma derechos e intereses. Entonces es muy probable que una vez publicada en el Diario Oficial de la Federación veamos a colegios, barras de abogados, asociaciones, ciudadanía en particular para tratar de declarar la inconstitucionalidad”, dice Torres Checa.
La y el especialista concuerdan en que a partir de la publicación de la reforma judicial en el DOF, el PJF, que incluye a la SCJN, puede recibir una mezcla de los tres medios de impugnación por parte de diferentes actores y distintos tipos de afectación.

Autoridades federales dijeron que los disparos del agente del ICE fueron en defensa propia, mientras que las locales consideron los hechos commo una acción injustificada.
La mujer que murió este miércoles en la ciudad de Minneapolis por disparos de un agente del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE.UU. (ICE, por sus siglas en inglés) fue identificada como Renee Nicole Good, de 37 años.
Good, madre de tres hijos, murió durante un operativo de ICE contra la migración irregular.
La mujer era ciudadana estadounidense, según le dijeron dos fuentes federales a la cadena CBS, socia de la BBC en Estados Unidos.
De momento se desconoce la identidad del agente que la mató.
El suceso ha provocado protestas en esta ciudad del estado de Minnesota, en el norte del país, así como una fuerte polémica política a nivel nacional.
Las autoridades federales aseguran que los disparos del agente contra Good fueron en defensa propia, mientras que las de Minneapolis y el estado de Minnesota consideran que el agente disparó de forma injustificada, ya que la víctima no estaba poniendo en peligro su vida.
La madre de Good, Donna Granger, identificó públicamente a su hija unas horas después del tiroteo mortal, describiéndola como “una de las personas más amables” que ha conocido.
“Era extremadamente compasiva. Durante toda su vida se preocupó por la gente. Era amorosa, tolerante y afectuosa. Era un ser humano increíble”, le dijo Granger al diario The Minnesota Star Tribune.
Granger expresó incredulidad ante las circunstancias de la muerte de su hija. “Fue algo tan estúpido”, le declaró al medio local. “Probablemente estaba aterrorizada”.
Según su madre, Good residía junto a su pareja en el área metropolitana de Minneapolis-St. Paul, algo que confirmaron en una declaración conjunta varios miembros del Concejo Municipal.
En lo que parece ser la cuenta de Instagram de Good, que ahora es privada, los medios estadounidenses afirman que ella se describía a sí misma como una “poeta, escritora, esposa y madre” que estaba “disfrutando de Minneapolis”.
Oriunda de Colorado Springs, se había mudado a Minneapolis el año pasado desde Kansas City.
El Minnesota Star Tribune informa que solía presentar un podcast con su segundo marido, Tim Macklin, pero que él falleció en 2023. Tuvieron un hijo juntos, que ahora tiene 6 años, según declaró el padre de Macklin al periódico.
Good tuvo otros dos hijos con su primer esposo, que habló con los medios estadounidenses con la condición de que no revelaran su nombre. Él afirmó que Good no era activista, sino una cristiana devota que había viajado a Irlanda del Norte en misiones juveniles cuando era más joven.
Según la agencia de noticias AP, anteriormente había trabajado como asistente dental y en una cooperativa de crédito, pero en los últimos años era ama de casa.
Good estudió escritura creativa en la Universidad Old Dominion de Norfolk, Virginia, y en 2020 ganó un premio para estudiantes universitarios de la Academia de Poetas Estadounidenses.
“Cuando no está escribiendo, leyendo o hablando sobre escritura, ve maratones de películas y hace arte con su hija y sus dos hijos”, reza la biografía del premio, según citan los medios estadounidenses. Ahora, aparentemente, el texto ha sido eliminado de la página web.
Good se graduó ese mismo año en la Facultad de Artes y Letras de la universidad con una licenciatura en inglés.
En un comunicado, su presidente afirmó que su repentina muerte “es otro claro ejemplo de que, lamentablemente, el miedo y la violencia se han convertido en algo habitual en nuestro país”.
“Ojalá la vida de Renee sea un recordatorio de lo que nos une: la libertad, el amor y la paz”, escribió Brian Hemphill, presidente de la Universidad Old Dominion.
Videos difundidos en medios de comunicación y redes sociales muestran desde varios ángulos el vehículo en el que viajaba la mujer bloqueando parcialmente una calle en el momento en que se aproximan los agentes migratorios.
Estos tratan de abrir la puerta de la conductora, que aparentemente trata de huir acelerando a la derecha.
Uno de los agentes, que intentaba bloquear el paso del vehículo, respondió con varios disparos hacia el asiento de la conductora, cuyo auto acabó fuera de control y empotrado contra otro que se encontraba estacionado.
Los videos no dejan claro hasta qué punto el vehículo en marcha llegó a tocar al agente.
Tras el incidente se concentraron cientos de manifestantes en el lugar, ubicado cerca de algunos de los negocios de inmigrantes más antiguos de la ciudad y a menos de 2 kilómetros del lugar donde George Floyd murió a manos de la policía en 2020.
El presidente Donald Trump declaró que las imágenes son “algo horrible de ver” y alegó que la conductora se comportaba de forma “muy desordenada, obstruyendo y resistiendo, y que luego atropelló de forma violenta, deliberada y cruel al agente del ICE, quien parece haberle disparado en defensa propia”.
La secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, quien se encontraba de visita en Texas, describió el incidente como un “acto de terrorismo doméstico” contra el servicio migratorio.
Según su versión, la conductora intentó atropellar a los agentes y los embistió con su vehículo, lo que llevó a uno de ellos a disparar “para protegerse a sí mismo y a las personas que lo rodeaban”.
Esa caracterización fue duramente rechazada por el alcalde de Minneapolis, Jacob Frey, quien calificó la versión del gobierno federal de “basura”.
Frey condenó el despliegue de más de 2.000 agentes federales en las áreas metropolitanas de Minneapolis y St. Paul como parte de la más reciente ofensiva migratoria del gobierno de Donald Trump.
“Lo que están haciendo no es brindar seguridad en Estados Unidos. Están causando caos y desconfianza”, afirmó el alcalde, quien pidió a los agentes migratorios abandonar la ciudad usando un lenguaje explícito.
Tras asegurar que había visto los videos del incidente, Frey subrayó que no se trata de un caso de defensa propia.
La congresista demócrata Alexandria Ocasio-Cortez también condenó el incidente, tachándolo de “asesinato público”.
Se ha iniciado una investigación sobre el tiroteo, y el gobernador de Minnesota, Tim Walz, acusó a los agentes federales que estaban tocando el vehículo de haber podido afectar la escena.
La muerte de la mujer de 37 años es, según los datos disponibles, el quinto fallecimiento vinculado a operativos migratorios recientes en grandes ciudades del país.
El área de las Twin Cities (Minneapolis y St. Paul) se encontraba en tensión desde que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) anunciara el martes el inicio del operativo, relacionado en parte con presuntas irregularidades y fraudes que implicarían a residentes somalíes.
Kristi Noem confirmó que se han realizado “cientos y cientos” de arrestos en el marco de esta campaña.
*Con reportería e información adicional de Tiffany Wertheimer, periodista de BBC News.
Haz clic aquí para leer más historias de BBC News Mundo.
Suscríbete aquí a nuestro nuevo newsletter para recibir cada viernes una selección de nuestro mejor contenido de la semana.
Y recuerda que puedes recibir notificaciones en nuestra app. Descarga la última versión y actívalas.