La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo dijo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó una acción de inconstitucionalidad de partidos políticos contra la reforma judicial, pero esto no fue así.
“Ayer aceptó la Corte, acciones de inconstitucionalidad de partidos políticos (contra la reforma judicial). Los partidos políticos no tienen atribución, más que en algunos casos electorales, de presentar estos recursos. Y a pesar de ello, la corte los aceptó; debería de haberlos rechazado”, dijo Sheinbaum Pardo en su conferencia matutina del jueves.
En realidad, la SCJN designó al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para que revise la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN) y decida si admite o no este recurso.
Hasta ahora solo se le dio “trámite”, pero no se definió si procede.
“El acuerdo de dar trámite a una acción de inconstitucionalidad no prejuzga sobre la procedencia, es una decisión administrativa de que una persona del pleno de la SCJN elabore un proyecto y, a partir de eso, se ponga a consideración del Pleno. Incluso, el ministro Alcántara podría proponer que es improcedente”, señaló Luis Eliud Tapia, especialista en derecho penal.
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Una acción de inconstitucionalidad es un juicio en que la Corte resuelve si una norma está en contra de la Constitución.
El 7 de octubre de 2024, el PAN interpuso una acción de inconstitucionalidad contra la reforma judicial, con el argumento de que en realidad se trata de una reforma electoral debido a que las elecciones de jueces y magistrados serán organizadas por el Instituto Nacional Electoral (INE) y el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revisará impugnaciones.
También argumentó que hubo irregularidades durante la aprobación de la reforma judicial, como que el Congreso discutió la iniciativa a pesar de que había suspensiones concedidas por jueces federales que le impedían hacerlo.
El Sabueso solicitó a Presidencia más información sobre lo expresado por Sheinbaum pero respondió que sólo estaba lo dicho en la conferencia matutina.
Como ministro Instructor, González Alcántara Carrancá será responsable de llevar el trámite del asunto. Para ello, tendrá que examinar el caso y validar que cumpla con los requisitos que marca la ley. En caso de que sea indudablemente improcedente, desechará el asunto. Si no, el ministro tendrá que elaborar un proyecto para su resolución, y presentarlo ante el Pleno para su análisis y votación.
“Ya en sesión, se estima procedente, se analiza en el fondo si la norma impugnada es válida o no bajo el parámetro de regularidad constitucional”, explicó el abogado constitucionalista Pablo Zamudio.
El proyecto puede ser aprobado, rechazado, o modificado de acuerdo con las observaciones de los demás integrantes del Pleno. Al final, se realiza una votación sobre el sentido de la sentencia. Para que una reforma sea declarada inconstitucional, es necesario que ocho ministros voten a favor de invalidarla.
En caso de no contar con los ocho votos, la acción de inconstitucionalidad se desestima y se archiva. Esto significa que la norma denunciada sigue vigente.
.El pasado 8 de octubre de 2024, el ministro González Alcántara Carrancá también admitió a trámite una controversia constitucional interpuesta por el Gobierno de Guanajuato contra la reforma judicial. Sin embargo, el ministro no ha presentado su proyecto al pleno de la Corte ni se ha votado este caso.
A diferencia de una acción de inconstitucionalidad, una controversia constitucional es un juicio mediante el cual la Corte resuelve un conflicto cuando uno de los Poderes (de la Unión o estatales), órganos autónomos o niveles de gobierno consideran que una norma, acto u omisión invaden su esfera de competencia, vulnerando el orden constitucional.
El PAN argumentó que la Constitución establece que los partidos políticos pueden tramitar este recurso contra leyes electorales federales y locales.
“Aquí la verdad es que entramos en un terreno un poco complicado porque, si bien es cierto que la reforma judicial afecta la materia electoral porque presenta modificaciones en cuanto a la integración de los órganos electorales y al método de selección de magistrados electorales, sólo sería respecto de los artículos en específico de la reforma judicial que afectan la materia electoral”, nos comentó en esta nota Mariana Tamés Espadas, coordinadora jurídica de Strategia Electoral.
Melissa Ayala comentó que la Corte no puede descartar de inmediato las acciones promovidas por los partidos políticos debido a que existe una cuestión electoral en la reforma.
Mientras que Eliud Tapia explicó que una acción de inconstitucionalidad no es aplicable contra una reforma constitucional, pero los partidos políticos sí pueden presentar estos recursos contra leyes en temas electorales.
“La presidenta está apelando a la falta de competencia de la Corte para revisar una reforma constitucional vía acción de inconstitucionalidad, y los partidos están diciendo que esta es la vía para revisar una reforma constitucional en la parte electoral, que es lo único que tienen competencia”, señaló.
Los especialistas consultados por El Sabueso coincidieron en que esto es un proceso inédito, por lo que no hay claridad sobre la facultad de la Corte para revisar la reforma judicial, así como los recursos promovidos contra esta.
Al respecto, el exministro Diego Valadés consideró en entrevista radiofónica con Aristegui Noticias que los partidos no pueden promover acciones de inconstitucionalidad pues no se modifica el sistema electoral.
“Yo no considero que la acción de inconstitucionalidad presentada por el partido Acción Nacional tenga fundamento, porque no se está modificando el sistema electoral mexicano. Se está modificando el sistema de designación de los juzgadores, es una cosa totalmente distinta y se están aplicando procedimientos electorales para la designación de los juzgadores”, sostuvo.
El miércoles, senadores del PRI también presentaron un recurso similar ante la Suprema Corte, en el que argumentaron que la reforma va en contra del principio de División de Poderes, consignado en la Constitución; además de acusar vicios en el proceso legislativo y falta de deliberación pública.
Este recurso aún no ha sido turnado a ningún ministro, de acuerdo con el listado de notificaciones de la SCJN del 10 de octubre de 2024.
El golpe del ciclón por el centro de Florida provocó tornados, tormentas e inundaciones en varias ciudades del estado.
El centro de la península de Florida fue golpeado por tornados, fuertes tormentas e inundaciones causados por el paso del huracán Milton.
El ciclón tocó tierra a las 20:30 local (00:30 GMT) del miércoles al sur de la bahía de Tampa, con ráfagas de vientos de hasta 200 km/h.
Al menos cuatro personas murieron en el condado de St. Lucie a consecuencia de los tornados.
Milton, ahora de categoría 1, ya cruzó la península de Florida y se encuentra en el océano Atlántico.
Las autoridades están evaluando los daños en una región que fue afectada por el paso del huracán Helene hace dos semanas.
Milton tocó tierra como un huracán de categoría 3 en Cayo Siesta, en la franja costera de la ciudad de Sarasota. Muchas calles quedaron severamente inundadas en esa área por la marejada ciclónica que causó el huracán.
En algunas de las zonas más afectadas de Florida el nivel del mar se elevó hasta 3 metros, lo que combinado con los fuertes vientos causó graves inundaciones y destrozos.
El estadio de béisbol Tropicana de San Petersburgo, sede del equipo de los Bay Rays de las Ligas Mayores, perdió su techo por los vientos del huracán.
Cerca de ahí, la sede un diario local resultó dañada cuando una grúa cayó sobre ella.
Los daños en la infraestructura eléctrica provocaron que más de tres millones de hogares y negocios se quedaran sin energía la mañana de este jueves.
Las empresas eléctricas han pedido paciencia mientras sus trabajadores reparan los postes y el cableado caído.
El gobernador de Florida, Ron DeSantis, hizo un llamado a los residentes de las áreas afectadas a no salir al exterior, para no dificultar las tareas de rescate y evitar accidentes con la infraestructura eléctrica caída y las aguas de las inundaciones.
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