La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, usó dichos engañosos contra el INAI y resoluciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, además de insistir en que la prisión preventiva oficiosa no encarcela gente sin pruebas, aunque especialistas y organizaciones defensoras de derechos humanos señalan que esa medida vulnera la presunción de inocencia y equivale a una “detención arbitraria”.
En el tema de vapeadores, Sheinbaum defendió su prohibición en México diciendo que en Bélgica se aplicó una medida similar, aunque en ese país se prohibió la venta de vapeadores desechables o de un solo uso -para evitar que jóvenes comiencen a fumar y disminuir el daño ecológico-, no todas sus presentaciones o modelos.
El ministro de Salud de Bélgica, Frank Vandenbroucke, dijo a la agencia AP que los vapeadores reutilizables podrían seguirse utilizando, como posible herramienta para ayudar a las personas a dejar de fumar, aunque subrayando que la nicotina en general afecta la salud.
Se buscó a Presidencia para los puntos de esta verificación, y respondieron que revisarían la solicitud, sin dar más elementos.
La presidenta hizo esa afirmación para justificar que su partido aprobara eliminar al Instituto de Transparencia, sin embargo, no se conocen denuncias o investigaciones formales de su gobierno o del de su antecesor, Andrés Manuel López Obrador, por corrupción en contra de funcionarios o exfuncionarios de dicho organismo autónomo.
Hace un mes, Sheinbaum recordó que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) documentó irregularidades en la operación del INAI en 2022, por casos de presunto nepotismo, “moches” o “aviadores”, además de uso inadecuado de tarjetas corporativas y viáticos. En dicha revisión, la ASF calculó irregularidades por esas conductas por un monto de 1 millón 500 mil pesos, de 975 millones que tuvo de presupuesto el INAI para ese ejercicio fiscal.
Sobre ese mismo año, 2022, la ASF señaló presuntas irregularidades en la construcción del Tren Maya a cargo de la Sedena del gobierno de López Obrador por más de 700 millones de pesos, por presuntos pagos en exceso a los contratistas y que en algunos tramos no se acreditó el cumplimiento de las medidas de vigilancia ambiental ni de mitigación de daños ecológicos.
También se detectaron irregularidades en el manejo de 74 millones 816 mil pesos del Fondo de Pensiones del Sistema Banrural, entre ellas depositar dinero a personas fallecidas, entre otros presuntos daños con montos más altos que lo detectado al INAI.
Durante la discusión en el Congreso sobre los organismos autónomos, especialistas, activistas y políticos de oposición señalaron que su eliminación no tenía como principal objetivo el ahorro, como argumentó Morena, ya que el presupuesto del INAI equivalía apenas al 0.01% del presupuesto total.
Eliminarlo antes que depurar sus funciones, mencionaron, podría ser aún más costoso, ya que en su papel como ente autónomo y con la Plataforma de Transparencia ha ayudado a la vigilancia de los recursos públicos y a que periodistas revelen casos de corrupción. Al transferir sus funciones al propio gobierno, apuntaron especialistas, podría afectarse el derecho a la información.
La mandataria insistió en ese punto, aunque especialistas, activistas e incluso organizaciones internacionales como la ONU y la Corte Interamericana señalan que la prisión preventiva oficiosa vulnera la presunción de inocencia, al establecer que cuando se acuse una persona por ciertos delitos se le encarcele en automático y así enfrente su proceso judicial, sin que se haya probado que es culpable.
“Si se llevan suficientes pruebas del Ministerio Público a un juez y un juez otorga una orden de aprehensión, el presunto delincuente tiene que librar su condena dentro de prisión”, dijo Sheinbaum, aunque cuando una persona es detenida aún no está condenada.
En este documento de la Oficina de la ONU para los Derechos Humanos se menciona que “no hay una distinción entre la privación de la libertad por motivo de la prisión preventiva y la privación por motivo de una sentencia condenatoria; por lo tanto, la imposición mecánica de la prisión preventiva atendiendo al tipo de delito es violatoria del principio de presunción de inocencia y del derecho a la libertad personal”.
El pasado 31 de diciembre se publicó una reforma impulsada por Morena, con la que se amplió la lista de delitos a los que se aplica prisión preventiva oficiosa.
En realidad los ministros de la Corte sí dieron argumentos cuando confirmaron un amparo con efectos generales en contra de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) aprobada en 2021. Ministros consideraron que siete de los artículos de la reforma violaban las reglas sobre generación y mercado eléctrico mayorista, transgrediendo los principios de competencia y libre concurrencia.
“En lugar de atender un criterio de eficiencia como lo manda la Carta Magna, la indicada legislación secundaria prioriza a quienes pueden celebrar contratos con compromiso de entrega física, es decir, a los generadores del Estado (CFE) o a las plantas asociadas a éstas, lo que genera una alteración en el mercado eléctrico”, señaló la Corte.
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