
Un usuario de la red social TikTok publicó un video en español en el que se escucha al alcalde electo de Nueva York, Zohram Mandami, decir: “Dios no existe. Yo prohibiré las iglesias en Nueva York”, por lo que estaría restringido organizar misas, cultos o cualquier evento religioso en la ciudad a partir del 14 de noviembre.
Sin embargo, esta información es falsa, pues, según identificó El Sabueso, la voz del alcalde electo fue manipulada con inteligencia artificial (IA), y tampoco existe declaración o medida gubernamental que justifique el cierre de iglesias de acuerdo con las enmiendas de la Constitución de los Estados Unidos.
En la publicación con desinformación las autoridades aseguraron que las iglesias y templos deberán cerrar todas sus actividades y retirar los símbolos religiosos de sus fachadas. El video en TikTok fue visto al menos 417,000 veces, tiene 6,650 “me gusta” y se ha compartido más de 7,000 veces.
¿Cómo saber si una noticia es falsa? El Sabueso pone en tus manos este documento contra la desinformación
El Sabueso realizó una búsqueda inversa con Google Lens y encontró que las tomas del evento en el que supuestamente Zohram Mamdani prohibió las iglesias en realidad corresponden a una conferencia donde agradeció el apoyo de los ciudadanos tras ganar las elecciones de la alcaldía de Nueva York, el pasado 4 de noviembre de 2025.
Ambos materiales comparten la misma escenografía: banderas idénticas detrás de Mamdani, el podio con su nombre y la vestimenta que lleva. La distinción radica en que el video fue manipulado sustituyendo el audio original.
Para identificar si el video había sido manipulado con inteligencia artificial, El Sabueso ingresó el material a la herramienta de detección de IA Hiya Deepfake Voice Detector, la cual calificó el audio como deepfake con autenticidad 2/100. Es decir, como un contenido manipulado para difundir desinformación.

Por otra parte, la herramienta Decopy AI detectó que la secuencia de imágenes donde Mamdami anuncia las prohibiciones son falsas, pues al menos el 91 % fueron alteradas o realizadas con IA. De acuerdo con la herramienta, es posible identificar esto porque las expresiones y la nitidez son exageradas, un rasgo común de la inteligencia artificial.
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Según el material audiovisual difundido en TikTok, el cierre de iglesias y la prohibición del culto religioso entraría en vigor a partir del 14 de noviembre.
Sin embargo, esto no es posible, ya que el mandato del alcalde comienza el próximo 1 de enero de 2026 y porque actualmente la fecha ya pasó y no existen reportes de alguna sanción contra dichos lugares o personas que practican alguna religión.
Cabe recalcar que el cierre de iglesias, establecimientos y restringir eventos es posible, pero por temas como la salud pública y el bienestar de la población estadounidense.
Además, la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos protege la libertad religiosa y a reunirse pacíficamente para promulgarla.
La Décima Enmienda de esta misma Constitución dicta que los poderes que no delega al gobierno federal ni prohíbe a los estados quedan reservados a los estados o al pueblo. Por ejemplo, temas como la salud pública, el bienestar de la población estadounidense, el cierre de establecimientos y las restricciones de eventos.
Para efectuar esta norma, la enmienda crea los “police powers”, en español poder policial, que se refieren a “la capacidad fundamental de un gobierno —estatal o local— para promulgar leyes y coaccionar a la ciudadanía en beneficio del bien común”, según el Instituto de Información Legal de Estados Unidos.
Por esto, las únicas autoridades que pueden ordenar el cierre de establecimientos —como las iglesias— son los gobiernos estatales y locales bajo el argumento de responder a un interés gubernamental como la seguridad y la salud pública.
Durante la emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19, las iglesias en Estados Unidos no tuvieron un cierre nacional uniforme, sino que su apertura y restricciones variaron según el estado y fallo judicial, de acuerdo con el medio católico America The Jesuit Review.
En conclusión, es falso que el alcalde electo Zohran Mamdani prohibiera misas y cultos religiosos en Nueva York. Las declaraciones del video viral fueron manipuladas con IA. Su cargo no ha entrado en vigor.
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La sentencia contra la médica ha sido criticada por organismos como la CIDH, que la consideran una prueba de la intención de las autoridades de silenciar las voces críticas.
30 años de cárcel. La pena máxima de cárcel que la legislación venezolana reserva para delitos como homicidio, secuestro y violación le fue impuesta a Marggie Xiomara Orozco Tapias, una médica de 65 años.
Sin embargo, la profesional de la salud no mató ni secuestró a nadie. Su delito fue que, en medio del fragor de la campaña para las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024, envió un mensaje de audio por WhatsApp a un grupo de vecinos de la localidad de San Juan de Colón, en el estado andino de Táchira (fronterizo con Colombia), en el que llamaba a votar en contra de Nicolás Maduro y lo responsabilizaba de la crisis económica que atraviesa el país.
Ocho días después de los comicios, que según el Consejo Nacional Electoral (CNE) ganó Maduro aunque hasta ahora no ha presentado pruebas que respalden dicha declaración, la policía arrestó a Orozco.
“Unos policías llegaron en la noche del 5 de agosto a la casa y le dijeron a mi mamá: ‘Acompáñenos’. Ella no quería ir, pero los policías le dijeron que no estaba detenida, sino que la querían entrevistar y por eso los acompañó. Pasamos tres días sin saber de ella”, le contó a BBC Mundo el hijo de la doctora, Paul Ruiz.
La grabación de la doctora llegó a manos de unos simpatizantes del gobierno, quienes la denunciaron ante la Fiscalía tras amenazarla con retirarle beneficios como la caja de alimentos o la bombona de gas para cocinar subsidiados.
El caso de Orozco es el último de una serie de procesos judiciales contra ciudadanos que ejercieron su derecho a la libertad de expresión a través de las redes sociales. Un derecho que las autoridades venezolanas advierten que “no es absoluto”.
“Esos llamamientos ponen en riesgo la paz de Venezuela y son la razón por la cual el gobierno de Estados Unidos nos quiere invadir”.
Esto habría dicho la jueza Luz Dary Moreno Acosta al condenar, el pasado 16 de noviembre, a Orozco por la comisión de los delitos de traición a la patria, conspiración e incitación al odio, relató el hijo de la médica.
¿Pero qué dijo la doctora para ser condenada a la pena máxima? “Ella le pidió a la comunidad que saliera a votar (contra Maduro) y (que los vecinos) dejaran la sinvergüenzura de apoyar al gobierno, mientras sus hijos están fuera trabajando y el país se está cayendo a pedazos”, narró Ruiz.
El hijo de la doctora admitió que el mensaje era “subido de tono” , pero negó que su madre cometiera un delito.
“Ella no salió a las calles a tirar piedras o quemar cauchos (neumáticos). Ni tampoco pidió una invasión extranjera”, aseguró.
En las últimas semanas, EE.UU. ha reunido en las aguas del Caribe una flota de naves de guerra -entre las que está su portaaviones más moderno y grande, el USS Gerald R. Ford-, con el propósito declarado de combatir el narcotráfico.
Sin embargo, desde Caracas sostienen que este despliegue militar en realidad persigue “un cambio de régimen” en Venezuela.
“Así como usted sufre, las personas que están en el Gobierno también sufren”, le dijo la jueza a Orozco, de acuerdo con el relato del hijo, quien dijo que obtuvo los detalles de unos abogados que estuvieron presentes cuando la titular del Tribunal 4 de Juicio de Táchira leyó su veredicto.
Aunque el fallo no ha sido publicado, desde la Fiscalía venezolana confirmaron a BBC Mundo que se produjo, pero rechazaron las peticiones para que hicieran comentarios sobre el mismo.
Ni siquiera el hecho de que Orozco sufriera un infarto durante el año que ha permanecido detenida sirvió de atenuante para la justicia.
En marzo pasado, la jueza Moreno rechazó permitirle a la doctora seguir el juicio en libertad condicional, por considerar que “existe peligro de fuga” y porque “pudiera influir en los testigos para que informen falsamente al tribunal, y ponga en peligro la verdad de los hechos y la realización de la justicia”.
El dictamen se produjo semanas después de que el ministro del Interior, Diosdado Cabello, advirtiera que “buscarían” a todo aquel que respaldara una invasión.
“Si alguien decide pedir invasiones contra nuestro país, inmediatamente está asumiendo que se autoexcluye de sus obligaciones como venezolano, y el Estado se reserva las acciones que tenga a bien ejercer”, alertó semanas atrás.
Otras personas que escucharon el audio de Orozco aseguraron a BBC Mundo que “era una grabación de 17 minutos bastante agresiva en algunas partes”. Esto, explicaría porque a la doctora le aplicaron el artículo 20 de la polémica Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, según los registros judiciales.
“Quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas, en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político, de orientación sexual, de identidad de género, de expresión de género o cualquier otro motivo discriminatorio será sancionado con prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados”, establece la norma.
La vaguedad y amplitud de la disposición le ha valido la crítica de organismos internacionales de derechos humanos, los cuales sostienen que puede ser empleado para silenciar a las voces críticas.
Entre 2021 y 2023, al menos 22 venezolanos fueron detenidos por ejercer la libertad de expresión. Varias de las aprehensiones están vinculadas a contenidos difundidos en plataformas digitales, reportó la organización Espacio Público.
Antes de que se conociera la condena contra Orozco se produjeron otros dos fallos similares. El primero fue el de Marcos Palma, de 50 años, quien fue sentenciado a 15 años de cárcel por un audio que envió a un grupo de WhatsApp en el que se quejaba porque no le entregaron la bombona de gas que pagó e invitaba a sus vecinos a una protesta.
Semanas después, Randal Telles, una estudiante de enfermería de 22 años del llanero estado Barinas, fue condenada también a 15 años de prisión por un video de TikTok en el que criticaba a Maduro y a Cabello. No obstante, su familia sostiene que la grabación no fue hecha por Telles sino que es un montaje realizado con inteligencia artificial.
Estos casos explican porque muchos en el país han optado por evitar discutir sobre determinados temas a través de plataformas digitales o constantemente borran los historiales de sus teléfonos.
En 2017, el fiscal general de Venezuela, Tarek William Saab, admitió que la polémica legislación contra el odio tenía “un carácter preventivo educativo y disuasivo”.
“La libertad de expresión no es un derecho absoluto, tiene límites. Y en Venezuela hay una legislación que lo regula”, advirtió un funcionario judicial en ejercicio bajo condición del anonimato.
La condena contra la médica ha sido criticada tanto dentro como fuera del país.
“Este caso evidencia que la falta de independencia del sistema de justicia venezolano está profundamente arraigada y que continúa funcionando como parte del aparato represivo del Estado”, denunció a BBC Mundo la relatora para Venezuela de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Gloria De Mees.
Tras afirmar que la Ley contra el Odio “restringe severamente el derecho a la libertad de expresión en Venezuela y genera un fuerte efecto inhibidor, incompatible con una sociedad democrática”, De Mees aseguró a BBC Mundo que “la aplicación de esta ley en casos como el descrito confirma el clima de miedo y autocensura” reinante en el país y “desalienta cualquier forma de disidencia, incluso más allá de las fronteras de Venezuela”.
Por su parte, juristas venezolanos han puesto en duda el fundamento jurídico de la sentencia contra la doctora Orozco.
“Para que se dé el delito de incitación al odio el mensaje ha debido provocar una expresión de odio por parte de un individuo contra otro. ¿A quién incitó ella? La doctora lo que hizo fue expresar su propio sufrimiento”, explicó a BBC Mundo el penalista Zair Mundaray.
Tampoco consideró correcto la aplicación de los delitos de traición y conspiración.
“La conspiración implica intentar modificar la forma republicana, pero ¿qué acción concreta llevó a cabo la doctora para acabar con la democracia y las instituciones? Y el delito de traición habla de unirse con naciones o enemigos extranjeros, pero aquí no se ha informado que ella se haya aliado con nadie”, agregó.
“Con este tipo de sentencias el gobierno quiere quitarnos el derecho a pataleo (protesta), afirmó el hijo de la condenada, quien reiteró que su mamá jamás ha participado en actividades políticas de ninguna naturaleza.
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