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Especialistas reiteran rechazo a “jueces sin rostro”; Senado delinea su regulación
Especialistas reiteran rechazo a “jueces sin rostro”; Senado delinea su regulación
Foto: Unsplash
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Especialistas reiteran rechazo a “jueces sin rostro”; Senado delinea su regulación

Investigadoras y juristas mostraron su preocupación sobre la aplicación de la figura de jueces sin rostro en un análisis público organizado por el Senado, que prepara su regulación.
12 de febrero, 2026
Por: Andro Aguilar

Especialistas reiteraron su rechazo a la aplicación del anonimato en personas juzgadoras; sin embargo, advirtieron que en caso de aplicarse debe estar limitado de manera exclusiva a casos relacionados con la delincuencia organizada, contar con revisiones periódicas de temporalidad y una estricta justificación para cada caso.

Esas son algunas de las medidas que se delinearon en el Senado, luego de abrir la discusión pública con juristas y defensoras de derechos humanos para regular la figura conocida como “jueces sin rostro”, que permite resguardar la identidad de personas juzgadoras en casos de delincuencia organizada.

Si bien cuatro de las cinco personas especialistas rechazaron la aplicación de esa figura, durante el análisis se propusieron algunas alternativas para su aplicación debido a que ya está incluida en la Constitución luego de la reforma judicial de 2024.

Mercedes Carbonell Peláez, integrante del Centro de Estudios Jurídicos Carbonell, recalcó que la reserva de identidad de los jueces no debe ser discrecional, sino estar basada en pruebas técnicas y rigurosas del riesgo específico antes de otorgarse.

La especialista destacó la necesidad de que la medida esté limitada de forma estricta a la etapa donde el riesgo esté acreditado dentro del proceso judicial. También enfatizó la importancia de priorizar evaluaciones individuales de riesgo, protocolos de traslado y seguridad tecnológica como medidas preferentes antes de recurrir al anonimato.

Carbonell Peláez llamó a implementar un Código Penal Único, para eliminar la fragmentación normativa de los 32 códigos estatales que, dijo, genera inseguridad jurídica y permite riesgos de regresividad en derechos humanos.

“La reserva de identidad no va a poder sustituir una política integral de seguridad judicial; debe ser la última medida y no una práctica común”, acentuó.

Viola acuerdos internacionales de México

En tanto, María Luisa Aguilar Rodríguez, directora del Centro Prodh, advirtió que el anonimato judicial no es compatible con los principios básicos de un juicio justo. La figura de jueces sin rostro, señaló, evita conocer quién juzga y verificar si ha sido sancionado o inhabilitado. 

La especialista recordó que el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en su observación general 32, ha advertido que los jueces anónimos no satisfacen las garantías mínimas fundamentales de independencia e imparcialidad.

La revisión periódica o la temporalidad de esta medida, señaló, no corregiría su carácter inconvencional, ya que los estándares interamericanos no admiten excepciones en este tipo de tribunales.

Aguilar Rodríguez destacó que la reforma desnaturaliza el modelo penal acusatorio mexicano, diseñado justamente para superar la opacidad del sistema inquisitivo y fortalecer principios como la publicidad, la concentración e inmediación.

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Foto: Senado.

 

En tanto, Cristina Reyes Ortiz, de México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), advirtió que el anonimato de los jueces se convierte en una barrera para la justicia en delitos como trata de personas y desaparición forzada, donde suelen estar involucrados funcionarios públicos.

La especialista subrayó que si la víctima no conoce la identidad de la persona juzgadora, se anula el derecho de recusación, que permite apartar a un juez de un procedimiento por considerar que su imparcialidad está comprometida.

“Es fundamental que todas las partes conozcan la identidad de la persona que decide para garantizar la imparcialidad; de lo contrario, abrimos vías para la impunidad”, señaló.

Las especialistas también criticaron que con esa figura se permitiría a la Fiscalía General de la República (FGR) solicitar la medida de forma unilateral, lo que podría ocultar deficiencias en las propias investigaciones y exponer al juzgador a decisiones en las que ni siquiera fue consultado.

Proponen comités de ética

La reforma judicial estableció en el artículo 20 de la Constitución que en casos de delincuencia organizada, el Órgano de Administración Judicial podrá resguardar la identidad de las personas juzgadoras.

El proyecto de dictamen permitía al Ministerio Público solicitar de manera unilateral la reserva de identidad de la persona juzgadora en todas las etapas del proceso penal, desde la investigación inicial hasta la ejecución de la sentencia. El documento faculta al Órgano de Administración Judicial a recabar elementos sin detallar alcances.

La regulación de esa figura en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y el Código Nacional de Procedimientos Penales fue postergada en el Senado el 9 de diciembre pasado para fijar mejores reglas, según informó el senador Javier Corral.

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Foto: Cuartoscuro Archivo.

 

Rubén Pacheco Inclán, presidente de la Barra Americana de Abogados de México, fue el único especialista que no rechazó la medida. El jurista propuso la creación de comités éticos civiles encargados de vigilar la legalidad a los jueces sin exponer su identidad ante medios de comunicación o la opinión pública.

El abogado llamó a extender la protección a los fiscales e implementar grabaciones de audio en lugar de video para proteger la imagen física de los jueces.

Pacheco argumentó que los derechos humanos son un constructo que admite matices ante contextos de riesgo.

“Los derechos humanos son un constructo y le podemos dar matices para interpretar los elementos necesarios y que sí pueda ser viable en los casos que sean seleccionados”.

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Susana Gabriela Camacho Maciel, de México Evalúa, recordó que la aplicación de la figura contradice la promesa de hacer la justicia más transparente.

La especialista advirtió que si México aprueba esa figura, tribunales internacionales seguramente lo condenarán y obligarán a quitarlo en el futuro.

“¿De qué nos va a servir en este momento regular una figura que al final del día si se va a instancias internacionales va a terminar siendo una recomendación y rechazada en el ámbito de derecho internacional al que México también está obligado?”.

¿Qué hace la FGR?

Otro de los llamados que hicieron las especialistas y que retomó el presidente de la Comisión de Justicia, Javier Corral, es la necesidad de revisar la Ley para la Protección de Personas que Intervienen en el Proceso Penal —víctimas, testigos, peritos, policías, agentes del Ministerio Público, jueces y miembros del Poder Judicial— y que establece, precisamente, medidas y procedimientos que garanticen su seguridad.

“El problema que tenemos con esa legislación es que, entre las entidades federativas, es difusa y, en el ámbito federal, no se está aplicando como es debido. Yo creo que debemos hacer una evaluación primera y muy importante de esta legislación, para evaluarla y saber si reformamos esta legislación, la reforzamos, la fortalecemos y obviamente la echamos a andar”, dijo el senador Javier Corral al final del encuentro.

El legislador reconoció que no debería existir en la Constitución la figura de jueces sin rostro, incluida con la aprobación de la reforma judicial por parte de la mayoría encabezada por el partido Morena en el Congreso. Sin embargo, añadió que la suya es sólo una postura personal dentro de la bancada mayoritaria.

Corral reiteró, con base en lo expuesto por las especialistas, la importancia de que la figura de jueces sin rostro quede acotada únicamente para delitos relacionados con la delincuencia organizada. 

Además de controles estrictos, una motivación reforzada y una revisión periódica para su temporalidad. El senador dijo que la medida debe ser estrictamente excepcional, debe existir una motivación reforzada y, sobre todo, debe someterse al orden internacional. 

“Ahora que nos quejamos y que deploramos cómo los nuevos fascismos destruyen el orden internacional… México no podría legislar una figura como esta sin atender la Convención Americana (de Derechos Humanos). Sería una contradicción enorme estarnos quejando de que el presidente (Donald) Trump devasta el orden internacional, y también nosotros eludiéndolo. Eso no lo puede hacer el Senado de la República”.

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