
La reforma al Código Fiscal de la Federación, que fue aprobada por el Congreso durante el gobierno de Claudia Sheinbaum, con la que se prometió combatir la evasión de impuestos y a las empresas factureras, podría poner en riesgo a los contribuyentes cumplidos, con las modificaciones a artículos como el 29-A.
Con dicha reforma se establece que los comprobantes fiscales digitales (CFDI), con los que los contribuyentes en México comprueban ante las autoridades fiscales operaciones como transacciones de bienes, servicios o ingresos, deberán ahora “amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales”.
En ese sentido, los contribuyentes que emiten y reciben CFDI deberán comprobar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) la “materialidad” de todas sus operaciones, cuando sea requerido, es decir, acreditar la existencia de servicios y bienes recibidos, como servicios legales, gastos médicos, obras, materiales, etcétera, de lo contrario, podrían ser sancionados.
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“Este tipo de disposiciones se aplican por parejo a todos los contribuyentes, incluyendo a los cumplidos, lo cual genera a todos los contribuyentes una situación de imprevisibilidad, respecto de los resultados que pueda tener una disposición de este tipo”, señaló el abogado y especialista Luis Pérez de Acha a Animal Político.
“Porque el artículo (29-A) no distingue, el artículo dice todos los contribuyentes que expidamos facturas. Por lo tanto, todos es todos. Y si alguno de nosotros, siendo contribuyentes cumplidos, no observamos o no acatamos lo que dice el nuevo artículo del Código Fiscal, pues vamos a estar en falta de manera automática”.
Los CFDI son documentos electrónicos obligatorios para facturar en México. Desde el 2011, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) exige su uso para todas las operaciones comerciales formales, con la finalidad de dar validez fiscal y legal a transacciones de bienes y servicios.

El abogado y doctor en derecho por la UNAM afirmó que los contribuyentes que presuntamente estarían en incumplimiento pueden enfrentar la cancelación de sus certificados de sello digital para facturación, el congelamiento de cuentas, e incluso podrían ser sometidos a prisión preventiva oficiosa, si lo determina un juez.
“La primera contingencia es que se le consideren los comprobantes fiscales como falsos, creo es una calificación muy fuerte, muy ruda. Segundo, la consecuencia de ello es que se les restrinjan temporalmente e incluso se les cancelen los certificados de sello digital”, afirmó.
Bajo este supuesto, el SAT puede imputar el delito fiscal de comprobantes fiscales falsos, el cual está tipificado en la reforma aprobada, y “estando en esa situación opera la prisión preventiva oficiosa“, afirmó Luis Pérez de Acha.
En la Constitución Política se establece en su Artículo 19 que un juez podrá ordenar la prisión preventiva oficiosa en actividades relacionadas “con falsos comprobantes fiscales, en los términos fijados por la ley”.
En tanto, la nueva reforma al Código Fiscal adiciona el Artículo 113 Bis, en el que se establece una sanción de dos a nueve años de prisión al que “por sí o por interpósita persona, expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados“.
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El experto comentó que, con la adición al Artículo 42 del Código Fiscal, también se contemplan visitas domiciliarias especiales por parte de las autoridades fiscales para comprobar “que los comprobantes fiscales amparen operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales”.
“El punto central es que, con base en lo dispuesto en el Artículo 29-A, en su fracción 9 adicionada, somos los contribuyentes quienes tenemos que tener la documentación e información suficiente para acreditar la materialidad, real y existente de los CFDIs”, puntualizó.
El también exaspirante a la titular de la Fiscalía General de la República (FGR) recomendó a los contribuyentes estar atentos con las nuevas obligaciones aprobadas con la reforma al Código Fiscal de la Federación y buscar asesoría con contadores.
“Hay contribuyentes que definitivamente van a estar en situación de riesgo, naturalmente, porque estamos ante criterios subjetivos del SAT, ¿cuándo se cumplen o no los requisitos para considerar que se trata de operaciones verdaderas y reales?”.
“La única recomendación para todos los contribuyentes es que estén atentos y al pendiente, y busquen asesoría adecuada con sus contadores para efecto de poder cumplir con esta nueva obligación”, indicó en entrevista.

Cuestionado sobre si con estas modificaciones fiscales se combate directamente a las “factureras”, el especialista Luis Pérez de Acha consideró la reforma como incompleta, pues estas empresas “son quienes mejor cumplen con las obligaciones fiscales formales”
“Las factureras son quienes mejor cumplen con las obligaciones fiscales formales. Las factureras van a cumplir con este artículo, claramente. Segundo, también porque lo comenté, ya hay algún perfil de factureras que está cumpliendo y pagando los impuestos que resultan para evitarse contingencias fiscales y evitar riesgos”.
“Y tercero, porque la migración de las factureras se ha dado a otros ámbitos: el huachicoleo, delincuencia organizada, el lavado de dinero, desvío de recursos públicos y esta disposición legal solo se aplica en materia fiscal, no se aplica en otras materias”, afirmó.
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El abogado aseguró que el combate a estas empresas fantasma o fachada es un “tema complicado” para el Estado, debido a que estas cada vez son más “sofisticadas”, sobre todo las que están relacionadas con actividades de delincuencia organizada.
“Las factureras, sobre todo las de alto perfil, las que participan en delincuencia organizada, están muy sofisticadas en la estructuración y cuentan con asesorías legales, contables, financieras de muy alto nivel”, afirmó.
“El combate mismo requiere acciones muy especializadas por parte de las autoridades mexicanas, pero sobre todo decisiones de Estado, del gobierno, muy terminantes, muy firmes, de querer combatir estructuras delictivas con acto alto poder económico“.
En octubre pasado, Morena y sus aliados defendieron la reforma al Código Fiscal de la Federación, con el argumento de que servirá para combatir la evasión de impuestos y a las empresas factureras, por la que México ha perdido miles de millones de pesos.
“Esta reforma al Código Fiscal de la Federación es tal vez una de las reformas más profundas que va a permitir grandes retos en materia tributaria, combatir la falsificación de comprobantes fiscales, atacar el fenómeno de las facturas que proliferaron en el régimen neoliberal”.
“Este código le da mayores herramientas al SAT para evitar la evasión fiscal que hacen las empresas que facturan con operaciones simuladas”, defendió Dolores Padierna, vicecoordinadora de los diputados federales de Morena.