El Consejo General del Instituto Nacional Electoral declaró improcedente la petición de los presidentes de las Cámaras del Congreso de la Unión para bajar 26 candidaturas en la elección judicial, a algunas de las cuales se les señala por presuntos vínculos con delitos graves.
A 23 días de la elección del 1º de junio, el INE determinó dar por recibida la petición firmada por el senador Gerardo Fernández Noroña y el diputado Sergio Gutiérrez Luna, pero se declaró incompetente para cancelar las candidaturas.
En el acuerdo, aprobado por unanimidad en lo general, se especifica que dar por recibidos los oficios remitidos por los presidentes de las Mesas Directivas del Senado y la Cámara no implica prejuzgar sobre el contenido de los escritos.
“Respecto la solicitud de cancelar candidaturas del PEEPJF 2024-2025, este Instituto no se encuentra facultado para emitir un pronunciamiento de fondo, de conformidad con lo siguiente: de conformidad con el criterio sostenido en la Jurisprudencia 11/97 por el TEPJF, los requisitos de elegibilidad pueden ser analizados en dos momentos el primero de ellos es al momento del registro de las candidaturas. El segundo momento es cuando se califica la elección”, se señala en el acuerdo.
Las consejeras y consejeros dejaron abierta la posibilidad de realizar la verificación de los requisitos de elegibilidad de esas 26 personas previo a la etapa de entrega de constancias de mayoría y declaración de validez de la elección.
Es decir, las candidaturas podrán contender en los comicios del 1º de junio porque, además, sus nombres ya aparecen en las boletas electorales impresas y que el INE está distribuyendo ya por todo el país. Si ganan el cargo, podría revisarse si cumplen con los requisitos de elegibilidad.
El pasado 4 de mayo, el presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, y el de la Cámara de Diputados, Sergio Gutiérrez Luna, ambos de Morena, enviaron la solicitud de cancelar 26 candidaturas al INE.
En 12 casos, la solicitud deriva de señalamientos en contra de su buena reputación:
Seis candidaturas fueron impugnadas porque los legisladores consideraron que tiene una causal de idoneidad o inelegibilidad por estar imputados en algún delito, o haber sido abogados de personas imputadas.
Ocho de esas candidaturas por no haber obtenido la calificación mínima de 8 como promedio general en la licenciatura de Derecho, como exige la Constitución.
Como respuesta a esta solicitud, el Consejo General del INE discutió y aprobó este jueves un proyecto de acuerdo propuesto por la conejera presidenta, Guadalupe Taddei, quien propuso a sus pares declarar improcedente la petición de bajar candidaturas.
“Creo firmemente que realizar juicios de valor a favor o en contra de alguna candidatura en este momento de las campañas, a días de la elección, podría incidir de manera perjudicial en las preferencias. Ese no es el papel del Instituto, de ahí que la etapa de resultados sea la etapa idónea para realizar este análisis, pues permite enfocarnos en las y los ganadores de la elección con la entrega de constancias en mayoría y declaración de validez, como ha sido siempre”, comentó Taddei.
Aunque el acuerdo se aprobó en general, una mayoría de consejeras y consejeros rechazaron una propuesta de Taddei incluida de último momento en el acuerdo, mediante la cual se pretendía pedirle a las Cámaras del Congreso que precisara su solicitud de cancelación de candidaturas.
Sí se aprobó, en cambio, solicitar al Senado que remita al INE los expedientes de las 26 candidaturas impugnadas, para poder revisarlos durante la verificación que hará para determinar si los ganadores cumplen con los requisitos de elegibilidad.
También se aprobó que se abra un periodo para recibir información sobre los casos expuestos por los presidentes de las Cámaras.
“Este Consejo General, estima pertinente establecer que a partir de la aprobación del presente Acuerdo y hasta un día antes de que se realice la asignación de cargos del PEEPJF 2024-2025, será posible recibir información por parte de cualquier persona, que guarde relación con el incumplimiento de algún requisito de elegibilidad de las personas candidatas del actual Proceso Electoral, para ello debe cumplir los siguientes requisitos: a) Se presente por escrito o por correo electrónico, ante las oficinas centrales del Instituto, así como en los órganos desconcentrados del Instituto. b) Los escritos que se presenten deberán anexar los datos, información o documentales que acrediten fehacientemente el incumplimiento de algún requisito. c) En caso de no contar con la información referida en el inciso anterior, pueden señalar a que autoridad se puede formular el requerimiento de información”, estipula el acuerdo.
El acuerdo aprobado hoy por el INE será impugnado por el Senado, según adelantó Gerardo Fernández Noroña, por lo que la última palabra la tendrá el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
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