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La investigación del delito de desaparición forzada

A 17 años de la tipificación del delito de desaparición forzada, las autoridades mexicanas han dictado sólo 20 sentencias condenatorias y 2 absolutorias, resultado vergonzoso para todos los operadores del sistema de procuración y administración de justicia.
12 de noviembre, 2018
Por: Seguridad 180°

Por: Ernesto Cárdenas y Romeo Utrilla

El 1 de junio de 2001 con la reforma al Código Penal Federal se tipifica el delito de desaparición forzada de personas. Desde entonces, hace 17 años, se han dictado 20 sentencias condenatorias y 2 absolutorias por este delito en el fuero común y federal. Independientemente de la disponibilidad de datos, a estas alturas su relevancia es relativa para los fines de lo que queremos resaltar: si acaso fueran 100 condenas, desde cualquier punto de vista el resultado es, por decir lo menos, vergonzoso para todos los operadores del sistema de procuración y administración de justicia; ocultar tan pobres resultados no puede significar más que un oprobio a la inteligencia de todos los mexicanos. La Conferencia Nacional de Procuradores y el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Publica deberían emitir un diagnóstico cuantitativo y cualitativo dirigido a la opinión pública acerca de sus resultados en materia de justicia penal en los delitos relacionados con violaciones graves a los derechos humanos. A la fecha no existe nada de eso.

Para entender las espirales de impunidad que aquejan a millones de mexicanos en cada uno de estos delitos y, sobre todo a las madres mexicanas buscadoras de sus familiares, resulta válido explicarnos tales “vergüenzas” y acopiar elementos que orienten soluciones de fondo.

La creación de Ley General en Materia de Desaparición que contempla la Desaparición Forzada y la Desaparición Cometida por Particulares significó un gran salto hacia adelante. El problema que hoy tenemos es su implementación frente al marasmo derivado de malas prácticas que incubaron una cultura de la impunidad. Cuando alguien acude a una agencia del Ministerio Público a denunciar la desaparición de una persona, por lo menos se registra su dicho en una hoja de papel, lo que tiene como resultado el inicio de un expediente. Posteriormente, el agente del Ministerio Público debe enviar una serie de oficios y solicitudes de información a otras instituciones como policías preventivas, sistemas penitenciarios, hospitales, etcétera, e incluir una solicitud a la policía ministerial para investigar los hechos denunciados. Además, deben solicitar a los servicios periciales que tomen muestras de los familiares para obtener el perfil genético a efecto de compararlo con las bases de datos forenses. Dar estos pasos puede llevar semanas, meses o pueden no hacerlo. No son pocas las víctimas cuyas carpetas fueron extraviadas. Después, el agente del Ministerio Público quedará “en espera” de la respuesta de cada uno de los oficios que envió y, dependiendo de la información que reciba, enviará más oficios, las características típicas es que no cuentan con claridad sobre qué información se busca, en dónde se puede encontrar y quién puede proporcionarla. Es decir, se carece de un plan.

Lo que sigue es un ir y venir de informes, frecuentemente incompletos, que tiene como resultado “investigaciones” sin avances en años, donde muchos de los indicios que pudieran permitir llegar a la verdad ya no existen. Debido a que las fuentes de información se han perdido entre la indiferencia, la negligencia de las autoridades y el transcurso del tiempo, muchos casos parecen imposibles de resolver y el efecto es la paralización. Entre sábanas de llamadas que nunca se solicitaron a las compañías telefónicas, videos de vigilancia que se sobregrabaron o se “perdieron”, testigos que nunca fueron entrevistados, negados por miedo, amenazas o inseguridad, las autoridades han demostrado que son incapaces de dar pasos efectivos para investigar y brindar protección y garantías confiables a víctimas y testigos durante el “proceso” de investigación. En general, por toda clase de indicios procesados de manera incorrecta y diligencias sin dirección ni orden y método, pareciera que la única forma en que las autoridades podrían encontrar a los responsables sería porque fueran ellos mismos quienes se entregaran o por un golpe de suerte, pero en realidad eso nunca sucede.

Incontables veces -producto de una labor de investigación que no deberían hacer ya que pone en riesgo su vida, así como la de su familia, pero que hacen ante la ineficacia a la que se enfrentan- los familiares señalan a los responsables, pero esta información tampoco es atendida. Muchas víctimas son revictimizadas por supuestos informantes, agentes del ministerio público y policías que pueden hacer algo para localizar a sus familiares, pero “no tienen recursos” para hacerlo, en otros casos la autoridad que investiga sabe más del asunto, pero tampoco se traduce en actos efectivos de investigación. Estos son algunos rostros de la impunidad registrados al día de hoy; no estamos hablando de historia, hablamos de la cotidianeidad.

Para estar en posibilidades de localizar a la persona desaparecida y encontrar a los responsables se requiere una investigación inmediata, proactiva, coordinada, apoyada en las innovaciones tecnológicas actuales, que deje de lado la formalidad arcaica y los trámites burocráticos, como lo señala el Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley General. Para implementar un trabajo coordinado en la investigación se creó el Protocolo Homologado de Investigación para los delitos de Desaparición Forzada y Desaparición Cometida por Particulares, publicado en el DOF el 16 de julio de 2018, el cual establece lineamientos generales para la actuación de las autoridades, así como etapas para el desarrollo de actividades, además de un esquema general de acreditación jurídica del delito de desaparición y de sus responsables. Aunque este protocolo es un buen intento, no es suficiente, además muchos operadores que forman parte de las fiscalías especializadas desconocen su contenido y continúan con las viejas prácticas.

La investigación requiere que cada integrante realice sus funciones, de manera rápida y eficaz, en comunicación constante con los demás, respetando en todo momento los derechos humanos de las personas para no anular medios probatorios que dejen a las acusaciones sin los elementos suficientes para que un Juez pueda imponer una sentencia condenatoria. Los operadores del sistema de justicia señalan que para investigar debidamente una desaparición requieren una guía que les brinde una secuencia ordenada y clara de qué hacer, en qué momento y cómo hacerlo de manera correcta. Esta demanda es adecuada, pero no es un dogma. Las autoridades piden un instrumento que paso a paso les instruya sobre cómo investigar, sin embargo, entraña un problema: denota que aún no salen del “pantano”, muchos creen que se deben llenar formatos y cumplir con “formalidades” en lugar de aplicar criterios de investigación, método e inteligencia. Aunque existen pautas generales para la investigación, no debe dejarse de lado que cada hecho requiere actos singulares de acuerdo a las peculiaridades de cada caso. Sin duda alguna, cada Fiscalía debe aprender de su experiencia, generar una guía de buenas prácticas, a partir de casos de éxito y convertirlo en guía de actuación básica para su personal. La pregunta es, ¿qué incentivos tienen para hacerlo por mano propia?

También es necesario que los equipos multidisciplinarios cuenten con formación adecuada, ya que la investigación de desapariciones no abarca solamente aspectos legales. Un modelo exitoso de formación requiere que se compartan conocimientos y experiencias mediante metodologías participantes con especialidades como criminalística de campo, genética, antropología y arqueología forense, atención a víctimas, perspectiva de género, técnicas de entrevista diseñadas para víctimas de desaparición, análisis criminal y análisis de contexto, licitud probatoria, entre otras, para estar en condiciones de realizar investigaciones completas y con solidez jurídica. Otro elemento soslayado es la participación de los familiares en la investigación, no sólo como un derecho, sino como un requisito de transparencia, rendición de cuentas y calidad en la investigación. No es raro escuchar las quejas de los operadores de procuración por la “intromisión” de las víctimas en “su” trabajo. La secrecía en las investigaciones se ha utilizado más como eficiente recurso a favor de la opacidad, la ineficiencia y la impunidad que por lograr resultados creíbles. Estas prácticas nos han llevado a la crisis actual, la omisión en la implementación de mecanismos efectivos que garanticen desde el inicio una investigación adecuada de los delitos es un problema que deriva en otros, que engrosan la cadena de impunidad, especialmente en todo aquello relacionado con la reparación integral del daño.

Creemos que solo el esfuerzo organizado de las víctimas, su empoderamiento psicojurídico y la apertura de las autoridades podrá garantizar que las investigaciones avancen, que cualquier protocolo de actuación perfecto o perfectible que sea se aplique con la rigurosidad establecida y las Fiscalías aprendan de su experiencia. Las metodologías de investigación y la formación de los perfiles de servidores públicos especializados que las apliquen es tan importante, que no puede quedar solo en manos de los administradores de la capacitación. Los programas de profesionalización deben pasar por el escrutinio de las víctimas organizadas, la sociedad civil mexicana y los organismos internacionales de derechos humanos quienes tienen un papel fundamental en facilitar este proceso. Insistimos, el empoderamiento psicojurídico de la víctima es el motor para alcanzar y desarrollar procesos de calidad, eficacia y rendición de cuentas, es el camino para superar las barreras y romper las piedras en el camino que las víctimas debemos cruzar para alcanzar el ideal de justicia, verdad y reparación.

 

* Ernesto Cárdenas es Director de Justicia Penal y Derechos Humanos en @InsydeMx e investigador en la @Red_SJP. Romeo Utrilla es Consultor sobre Derecho Penal y Sistema Penal Acusatorio en Insyde.

 

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Imagen BBC