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La Corte avanza derechos reproductivos sin barreras en Sinaloa
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La Corte avanza derechos reproductivos sin barreras en Sinaloa

La Corte eliminó una parte del Código Penal de Sinaloa que permitía que otras personas autorizaran un aborto cuando la mujer o persona gestante fuera considerada imposibilitada para decidir por sí misma. Esta decisión demuestra la utilidad de mecanismos previstos en la Constitución, como la Declaratoria General de Inconstitucionalidad.
23 de febrero, 2026
Por: Ximena Mendoza Ramírez y Luisa Fernanda Tello

La Suprema Corte de Justicia de la Nación eliminó una parte del Código Penal de Sinaloa que permitía que otras personas autorizaran un aborto cuando la mujer o persona gestante fuera considerada imposibilitada para decidir por sí misma.

GIRE, Balance A. C., la Oficina de Disability Rights en México, No se metan con nuestras hijas y Mutantes Disidentes Sinaloa impugnaron una parte del artículo 158 de ese código, que permitía interrumpir el embarazo después de las 13 semanas de gestación cuando existieran alteraciones genéticas o congénitas en el producto, pero que también establecía que si la mujer o persona gestante no podía dar su consentimiento, otra persona (padres, tutores, etcétera) podía decidir por ella.

Las organizaciones señalaron que ello tendría un impacto diferenciado en las personas con discapacidad, sobre todo en aquellas con discapacidad intelectual y psicosocial, ya que el presuponer su incapacidad para decidir de manera autónoma podría generar que fueran sometidas a procedimientos médicos de aborto sin su consentimiento.

Lo anterior resulta discriminatorio y puede traducirse también en la realización de esterilizaciones y anticoncepciones forzadas, así como en la negativa de servicios de salud reproductiva, desconociendo la agencia de las personas con discapacidad. Además, vulnera los derechos a la igualdad y no discriminación, a la salud (al no tomarse en cuenta su consentimiento informado) y a la autodeterminación de la persona y el modelo social de discapacidad.

En octubre de 2024, la entonces Primera Sala de la Suprema Corte declaró la inconstitucionalidad de la última parte de la fracción IV del artículo 158 del Código Penal de Sinaloa. Reconoció que contenía un mensaje discriminatorio en contra de las personas con discapacidad y contemplaba un régimen de sustitución de la voluntad, incompatible con su derecho a decidir y su capacidad jurídica. Asimismo, reiteró que sólo las mujeres y personas con capacidad de gestar, independientemente de su condición, pueden decidir sobre su salud y futuro reproductivo.

Los efectos de esa sentencia solo beneficiaban a las personas acompañadas por GIRE. No obstante, el 5 de junio de 2025, la expresidenta de la Suprema Corte admitió a trámite la Declaratoria General de Inconstitucionalidad en este caso y ordenó notificarlo al Congreso de Sinaloa. El asunto fue asignado a la Ministra Loretta Ortiz Ahlf.

Una vez realizada la notificación al Congreso local y transcurrido el plazo de noventa días naturales sin que éste hubiera reformado o derogado la disposición, el pasado 16 de febrero la Declaratoria fue discutida y aprobada por la unanimidad de votos de los ministros que integran el Pleno de la Suprema Corte.

Esta decisión implica la eliminación del último segmento de la fracción IV del artículo 158 del Código Penal de Sinaloa, por lo que ya no se omitirá atender al consentimiento de las mujeres o personas gestantes con discapacidad para decidir respecto al aborto por alteraciones genéticas o congénitas en el producto del embarazo.

El proyecto de Declaratoria establece que dicha eliminación permite garantizar el ejercicio del consentimiento previo, libre, pleno e informado de las mujeres y personas con capacidad de gestar —indispensable para asegurar el respeto a la capacidad de decidir sobre la interrupción del embarazo cuando el producto de la gestación presenta alteraciones genéticas o congénitas—, lo que restituye los derechos a decidir, a la capacidad jurídica, a la autonomía reproductiva, a la salud y a la igualdad y no discriminación conforme al modelo social de la discapacidad.

De esta manera se cumple con lo establecido en el artículo 6° de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, relativo a las mujeres, respecto a la adopción de las medidas para asegurar que puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales; asegurar su pleno desarrollo, adelanto y potenciación, incluyendo además a las personas con capacidad de gestar.

La Declaratoria beneficia a todas las mujeres y personas gestantes con algún tipo de discapacidad en el estado de Sinaloa, o de las que se suponga que se encuentran imposibilitadas para decidir por sí mismas, y tiene los efectos de beneficiar de manera retroactiva a quienes se encuentren sometidas a proceso penal o hayan sido sentenciadas por el delito de aborto bajo esta disposición.

Este proceso demuestra la relevancia del litigio impulsado por organizaciones de la sociedad civil con enfoque de derechos humanos, así como la utilidad de mecanismos previstos en la Constitución, como la Declaratoria General de Inconstitucionalidad. La interacción entre sociedad civil organizada y Poder Judicial puede detonar cambios estructurales y generar precedentes que orienten el diseño de políticas públicas.

* Ximena Mendoza Ramírez (@xime9898) es Abogada de amparo y Luisa Fernanda Tello es Coordinadora de Documentación y Litigio de Casos en @GIRE_mx.

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Imagen BBC
Corea del Sur sentencia a cadena perpetua al expresidente Yoon Suk-yeol por insurrección tras declarar la ley marcial en 2024
3 minutos de lectura

El exmandatario alega ser inocente, mientras a las afueras de la Corte se congregaron manifestantes a su favor y una fuerte presencia policial.

19 de febrero, 2026
Por: BBC News Mundo
0

Prisión de por vida.

Esa es la sentencia que un tribunal dictó contra el expresidente Yoon Suk-yeol, quien fue declarado culpable de abuso de poder y de planificar una insurrección en Corea del Sur.

En diciembre de 2024, el exmandatario declaró la ley marcial e intentó usar a las fuerzas armadas para ejercer control en el país.

Su intento de golpe duró sólo seis horas, pero puso a prueba la democracia y causó una crisis política, con su partido siendo derrotado en las elecciones siguientes.

En enero, los fiscales dijeron que “la ley marcial de emergencia, inconstitucional e ilegal de Yoon, socavó el funcionamiento de la Asamblea Nacional y la Comisión Electoral… destruyendo de hecho el orden constitucional liberal democrático”.

La pena máxima por organizar una insurrección en Corea del Sur es la condena a muerte o cadena perpetua. El Ministerio Público había solicitado la primera.

Durante la audiencia hubo una enorme presencia policial, así como manifestaciones en apoyo al político, en una muestra de lo polarizada que está la sociedad surcoreana en torno a este caso legal.

La ley marcial que declaró Yoon suspendía el Parlamento, los partidos políticos y los sindicatos, e imponía la censura a los medios de comunicación.

Él niega los cargos en su contra.

En el juicio, según la agencia de noticias Reuters, el también exfiscal argumentó que tenía autoridad presidencial para declarar la ley marcial y que su acción tenía como objetivo dar la voz de alarma sobre la obstrucción del gobierno por parte de los partidos contrarios a su administración.

Yoon ya está cumpliendo condena por otra sentencia relacionada con la ley marcial. Aún enfrenta dos juicios más relacionados con ella.

¿Quién es Yoon Suk-yeol?

Nacido en Seúl en 1960, Yoon ganó notoriedad en el país gracias a una larga carrera de fiscal en la que se ocupó de algunos casos destacados de corrupción, como el que salpicó en 2016 a la entonces presidenta Park Geun-hye.

Presentándose como un azote contra los delitos contra el patrimonio público y un “antifeminista” en un momento en el que la sociedad surcoreana parecía muy dividida en torno a cuestiones de género, Yoon desembarcó en la política y fue el candidato del conservador Partido del Poder Popular en las elecciones de 2022.

En los comicios, el político derrotó por un margen inferior al 1% a su rival Lee Jae-myung, del izquierdista Partido Democrático.

Yoon se benefició del rechazo generalizado a la gestión anterior de Mon Jae-in, del Partido Democrático, y alcanzó la presidencia tras una campaña centrada en sus promesas de combatir la corrupción.

El voto de los jóvenes varones atraídos por sus promesas de frenar lo que Yoon considera excesos feministas fue otra de las claves de su victoria electoral.

Según le dijo a la BBC Don S. Lee, profesor de Administración Pública de la Universidad Sungkyunkwan, en Seúl, había “grandes esperanzas” entre sus votantes de que el nuevo gobierno liderado por Yoon “perseguiría valores como la ética, la transparencia y la eficiencia”.

Pero esas expectativas se vieron en gran medida defraudadas por los escándalos en los que se vio envuelto el gobernante y sus allegados.

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