De entre las propuestas que conforman la reforma al Poder Judicial, llama la atención la creación de un Tribunal de Disciplina Judicial. Según la encuesta organizada por Morena en junio pasado, el 87 % de la población está de acuerdo en que se investigue y sancione a las personas ministras, magistradas y juezas que incurran en alguna falta o acto de corrupción. La mala noticia es que el diseño y las atribuciones del órgano que se propone desde el Ejecutivo federal apunta más a ser una instancia de persecución política que una disciplinaria. Aquí explicamos las razones.
La función de un órgano disciplinario es mantener el orden, la ética y la legalidad en la instancia donde opera. Permite corregir conductas y promueve la transparencia y la confianza en la medida que identifica y toma medidas adecuadas frente a actos contrarios a la normatividad.
Actualmente, en el Poder Judicial de la Federación (PJF), la instancia encargada de velar por la disciplina es el Consejo de la Judicatura Federal (CJF). Para lograrlo, cuenta con tres órganos: la Comisión de Disciplina (que a su vez cuenta con una Secretaría Ejecutiva de Disciplina), la Contraloría y la Unidad General de Investigación de Responsabilidades Administrativas (UGIRA). De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la recepción de quejas y denuncias de presuntas faltas cometidas por personas ministras, magistradas y juezas federales está a cargo tanto de la Secretaría Ejecutiva de Disciplina, como de la Contraloría. Luego, quien las admite o rechaza es la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) —quien también preside el CJF— y remite los casos admitidos a la UGIRA, para que ésta desarrolle la investigación correspondiente. Las autoridades resolutoras son, para el caso de las personas ministras, el Pleno de la SCJN. En caso de faltas graves cometidas por personas magistradas y juezas quien resuelve es el Pleno del CJF, y ante faltas no graves actúa la Comisión de Disciplina del Consejo.
De 2020 al segundo trimestre de 2024, según información publicada en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) y en la página del CJF, el Pleno del Consejo sancionó a dos magistrados de circuito y a un juez de distrito. 1 En el caso de los magistrados los casos fueron por conductas en contra de los derechos laborales de otro personal judicial y en el del juez de distrito lo fue por la dilación en el trámite de expedientes. En todos los casos la sanción impuesta fue la inhabilitación temporal. En lo que corresponde a las personas ministras, hasta la fecha no se conoce de un caso en el que una de ellas haya sido sancionada por el Pleno de la Corte.
De acuerdo con la Relatoría Especial de la ONU sobre la independencia de magistrados y abogados puede considerarse que las funciones disciplinarias se desarrollan con independencia cuando están en manos del Consejo de la Judicatura. Así ocurre en el PJF. El problema, como lo comentamos en otro momento, es que quien preside el Consejo también preside la Corte, lo que vulnera lo que desde la doctrina se conoce como independencia interna. Sobre todo si se toma en consideración que la Presidencia de la Corte y del Consejo es quien propone a los titulares de los órganos disciplinarios y quien decide sobre si una queja o denuncia es susceptible de ser investigada o no.
Sin duda, el actual sistema disciplinario tiene elementos que es necesario revisar, sin embargo, la propuesta planteada por el Ejecutivo lejos de resolver las deficiencias las agrava. Resta aún más independencia al órgano, y pone en riesgo las garantías procesales de las autoridades. Al final, lastima nuestro derecho a contar con una justicia imparcial, sin presiones ni injerencias indebidas.
La iniciativa plantea la eliminación del CJF para, en su lugar, crear un órgano administrativo y un Tribunal de Disciplina Judicial. Aunque en sí misma esta separación no representa un riesgo, sí lo es la manera como se pretende integrar dicho órgano y las amplias atribuciones que tendrá. Enumeramos sus principales riesgos:
1. Una designación politizada de sus integrantes
Según la iniciativa de reforma, el Tribunal estará integrado por cinco personas magistradas elegidas a través del voto directo de la ciudadanía. La selección de las personas candidatas estará a cargo del Congreso, de la Presidencia de la República y del Pleno de la SCJN, quienes harán diez propuestas cada uno. La intervención del Ejecutivo y el Legislativo se considera un elemento que vulnera sustancialmente la independencia del órgano disciplinario, además de que atenta contra la división de poderes, de acuerdo a la Relatoría Especial de la ONU sobre la independencia de magistrados y abogados. Aunque la selección final estaría en manos de la ciudadanía, persiste el riesgo de captura política de los cargos de las personas magistradas del Tribunal en tanto dos órganos políticos estarán encargados de seleccionar a quienes aparecerían en las boletas electorales.
2. Falta de idoneidad de las personas que obtengan el cargo
Para que las tres instancias del Estado elijan a sus personas candidatas, no se prevé un mecanismo de designación objetivo, meritocrático, que garantice la idoneidad de los perfiles para el buen desempeño del cargo. Por el contrario, la iniciativa de reforma establece requisitos muy escuetos: ser persona ciudadana por nacimiento, tener cuando menos 35 años, tener título en derecho de al menos diez años de antigüedad, gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delitos que hayan ameritado la privación de la libertad por más de un año, o que lastimen la buena fama en el concepto público, haber residido en el país durante los dos años previos a la elección y no haberse desempeñado como Secretario de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal, ni titular del poder ejecutivo de alguna entidad federativa o magistrado del Tribunal Electoral..
3. Falta de certeza jurídica
La iniciativa prevé diversas causales de imposición de sanciones de carácter muy amplio y vago: “interés público”, “adecuada administración de justicia”, “complicidad o encubrimiento de presuntos delincuentes”. De acuerdo con la Corte y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la vaguedad de las causales representa una violación al principio de legalidad, cuyo cumplimiento implica establecer una “clara definición de la conducta incriminada, la fijación de sus elementos y el deslinde de comportamientos no punibles”. El no contar con causales precisas dejará a las personas juzgadoras en la incertidumbre jurídica y facultará a las personas magistradas del Tribunal de Disciplina para interpretar de manera discrecional dichos conceptos.
4. Concentración de las funciones en un solo órgano
En la propuesta, las funciones de substanciación, investigación y resolución estarán concentradas en el Tribunal. Esta situación va contra los estándares internacionales y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, según la cual las tareas de substanciación y resolución no deben estar concentradas en un solo órgano para impedir que sea la misma autoridad la que acuse y la que resuelva.
5. Imposibilidad de impugnar la resolución del Tribunal
La iniciativa del presidente López Obrador establece que las resoluciones del Tribunal de Disciplina serán definitivas e inatacables, por lo que no procederá ningún recurso en su contra. Esta disposición es contraria al artículo 17 de la Constitución federal y al 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, respecto al derecho que tenemos todas las personas de contar con un recurso que nos permita defendernos frente a una sentencia que viole nuestros derechos fundamentales.
En resumen, la creación del Tribunal de Disciplina Judicial representa un riesgo de captura política del órgano disciplinario. Abre la puerta a presiones e injerencias indebidas en los órganos judiciales, fractura el sistema de contrapesos y obstaculiza el derecho a una justicia imparcial. Por otro lado, el Tribunal también representa un riesgo de violación al debido proceso al que las personas ministras, magistradas y juezas —al igual que todas y todos— tienen derecho. Las personas juzgadoras se pueden ver presionadas a resolver en determinado sentido o a ser castigadas por una decisión dictada en el ejercicio de sus funciones judiciales que se perciba contraria a los intereses de los órganos políticos.
Para contar con un sistema disciplinario que cumpla nuestra expectativa de mantener a raya la corrupción o la ineficiencia de las personas juzgadoras, es preciso cumplir con las siguientes condiciones:
En el Colectivo la Justicia que Queremos, del cual México Evalúa forma parte, hemos preparado una propuesta de reforma emergente que no sólo mitiga los efectos adversos de la iniciativa presentada por el Ejecutivo, sino que cumple con altos estándares internacionales. Nuestra propuesta contempla un proceso de designación de las personas magistradas del Tribunal que privilegia la idoneidad e independencia de los perfiles, elimina las causales vagas de sanción y plantea la posibilidad de que existan dos instancias en las que el Tribunal funja como la revisora.
Finalmente, como parte del sistema disciplinario es importante pensar no sólo en acciones punitivas, sino en medidas que mitiguen los riesgos a que personas funcionarias desarrollen actos contrarios a la impartición de justicia.
El contexto actual de discusión sobre el funcionamiento de los poderes judiciales abre la posibilidad de pensar y poner sobre la mesa propuestas que tiendan, de verdad, a contar con una justicia menos corruptible y más eficiente.
*Adriana Aguilar es investigadora del programa de Transparencia en la justicia de México Evalúa.
1 Hasta el segundo trimestre de 2024 no se ha reportado alguna sanción en contra de personas magistradas y juezas. En cuanto a los años 2020 y 2021, ni la PNT, ni la página del CJF reportaron información.
En estas elecciones que él mismo tildó de “las más importantes de la historia del país”, los expertos coinciden que se jugaba también el desenlace de sus cuentas pendientes con la Justicia.
Este martes Donald Trump no solo competía por la presidencia de Estados Unidos. Los expertos coinciden que se jugaba también el desenlace de sus cuentas pendientes con la Justicia.
Ahora que Trump logró un contundente triunfo ante Kamala Harris que le permite un épico regreso a la presidencia de Estados Unidos, los analistas adelantan que esto probablemente resultará en la desestimación de los dos casos penales federales que enfrenta, el congelamiento de los casos penales estatales hasta que deje el cargo y retrasos adicionales en sus diversos procesos civiles pendientes.
A continuación te explicamos cuál es el panorama de las cuatro causas penales que enfrenta y cuál es su evolución más probable.
Es un caso estatal y el más urgente.
En mayo un jurado popular declaró a Trump culpable de los 34 delitos que se le imputaban por falsificar registros contables para encubrir el pago de un soborno por US$130.000 a la actriz de cine porno Stephanie Cliffords, conocida como Stormy Daniels, con fines electorales, ante la campaña para las presidenciales de 2016.
Fue por unanimidad, como se requería para alcanzar el veredicto. Y así, Trump se convirtió en el primer expresidente de EE.UU. condenado en un juicio penal.
La sentencia estaba inicialmente prevista para el 11 de julio, pero tras el fallo con el que Tribunal Supremo concedió una amplia inmunidad penal a los presidentes por sus actos oficiales, el juez Juan Merchán, del Tribunal Supremo del Estado de Nueva York, les dio plazo a las partes para presentar alegaciones y fijó una nueva fecha: 18 de septiembre.
Pero Trump pidió que la sentencia se retrasase, alegando que un fallo tan cercano a la cita en las urnas sería una forma de interferencia electoral. Merchán se lo concedió, estableciendo como fecha última el 26 de noviembre.
La falsificación de registros comerciales puede castigarse con hasta cuatro años de cárcel, aunque en el caso de Trump los expertos en leyes no se ponen de acuerdo sobre el desenlace más probable.
Algunos apuntan a que el juez Merchán podría dictar una pena de prisión por las especificidades de su caso, como que Trump fue hallado en desacato 10 veces y el objetivo del pago fue influir en unas elecciones.
Otros aseguran que lo más probable es que imponga una condena leve o vuelva a retrasar la fecha de la sentencia hasta después de que Trump dejase la Casa Blanca.
“Si gana las elecciones, no habrá una sentencia significativa”, le dijo hace unas semanas Karen Friedman Agnifilo, quien fue jefa de la división de juicios del fiscal de distrito de Manhattan, a la cadena estadounidense ABC.
“Un presidente en ejercicio no se vería obligado a ingresar en la cárcel, por lo que en teoría, si es condenado a prisión, podría cumplirlo una vez dejado el cargo”, le dijo a ese mismo medio Jeffrey Cohen, profesor de Derecho del Boston College.
Es un caso federal. Lo está llevando el Tribunal de Distrito de EE.UU. para el Distrito de Columbia, Washington.
Desde 2020 Trump sostiene que le robaron aquellas elecciones ganadas por Joe Biden, pero el fiscal especial Jack Smith, nombrado específicamente por el Departamento de Justicia, no lo acusa por esa afirmación que se ha probado sin fundamento.
La acusación se centra en sus presuntos esfuerzos para alterar el resultado e impedir la certificación de la victoria de Biden.
Según el acta judicial que se hizo público en octubre, Smith acusa a Trump de cuatro delitos: conspiración para defraudar al gobierno estadounidense, conspiración para obstruir un procedimiento oficial, obstrucción o intento de obstrucción de un procedimiento oficial y conspiración para violar derechos civiles.
Si bien la “conspiración de Trump para permanecer en el cargo” comenzó el 13 de noviembre de 2020, dice el documento, él ya la venía preparando desde antes.
De acuerdo a la acusación, los esfuerzos de Trump para revertir el desenlace electoral de hace cuatro años incluyeron mentir a funcionarios estatales para inducirlos a ignorar los recuentos de votos y fabricar votos en siete estados en los que quiso cambiar el resultado: Pensilvania, Georgia, Arizona, Nevada, Michigan, Wisconsin y Nuevo México.
También lo señalan de intentar reclutar al entonces vicepresidente, Mike Pence, en su papel de presidente del Senado, para obstruir la certificación de la elección.
Además, la acusación responsabiliza al entonces presidente del asalto al Capitolio del 6 de enero de 2021.
“El acusado también sabía que solo le quedaba una última esperanza para impedir la certificación de Biden como presidente: la gran multitud enfurecida que tenía delante. Así que durante más de una hora, el acusado pronunció un discurso diseñado para enardecer a sus partidarios y motivarlos a marchar hacia el Capitolio”, se lee en el acta publicada en octubre.
Trump se declaró inocente de los cargos.
Han pasado 15 meses de ello y, tras múltiples retrasos por las maniobras dilatorias de la defensa, no hay una fecha fijada para el juicio.
La jueza de distrito Tanya Chutkan está considerando cómo debe proceder el caso a la luz del fallo de julio del Supremo sobre la inmunidad de Trump. Mientras, ha establecido fechas clave del procedimiento que van más allá de las elecciones. La siguiente es el 19 de diciembre.
El republicano prometió quitar del cargo al fiscal Smith si se alzaba con la victoria, aunque podría no tener que echar mano de esa carta, logrando que el Departamento de Justicia retire los cargos.
Y es que una antigua política de este departamento impide el procesamiento de un presidente en ejercicio, con lo que los casos federales en su contra podrían quedar en nada una vez asuma el cargo.
Si bien el fiscal Smith podría tratar de avanzar con el procesamiento en los dos meses que hay de las elecciones a la toma de posesión, los expertos creen que tiene pocas probabilidades de revivir el caso.
Los expertos concuerdan, pues, en que el caso terminaría diluyéndose. Lo que no está tan claro es la forma exacta en la que eso ocurriría.
Es el segundo caso penal federal que enfrenta Trump.
Trump está imputado por los documentos confidenciales que se llevó a Mar-a-Lago, su mansión de Palm Beach (Florida), y que retuvo allí tras dejar la presidencia, en enero de 2021.
El 8 de agosto de 2022 agentes del FBI recolectaron en la residencia más de 20 cajas que incluían más de un centenar de documentos marcados con distintos grados de clasificación: desde “confidencial” hasta “top secret“.
En total son más de 10.000 documentos que por ley pertenecen al gobierno de EE.UU., así como unas 90 carpetas vacías con marcas que indicaban que contenían material clasificado o que debían ser devueltas al personal de secretaría de la Casa Blanca o a un asistente militar.
Por ello, el republicano enfrenta siete cargos: uno en virtud de la Ley de Espionaje, así como cargos de obstrucción de la justicia, destrucción o falsificación de registros, conspiración y declaraciones falsas.
Sin embargo, desde que la jueza de distrito Aileen Cannon asumió el control del caso en junio de 2023, muchas de sus decisiones se han salido tanto de la norma que han avivado las preguntas sobre su favoritismo hacia Trump.
“Tenemos una jueza excelente en Florida. Es una jueza brillante. No la conozco. Nunca hablé con ella. Pero es valiente y brillante”, ha dicho de ella el propio acusado.
El 15 de julio la jueza Cannon dictaminó que el fiscal Smith fue nombrado de forma inconstitucional para el cargo y, tras desestimar los cargos, decidió archivar y dar por cerrado el procedimiento.
Ante ello, el fiscal Smith presentó un recurso ante un tribunal de apelaciones, argumentando que la jueza “pone en peligro la forma en la que el Departamento de Justicia funciona desde hace tiempo y pone en duda cientos de nombramientos en todo el Poder Ejecutivo”.
Sin embargo, los expertos adelantan que con Trump en la Casa Blanca, lo más probable es que el fiscal no tenga más remedio que retirar la apelación.
En caso de que decidiera proseguir, Smith tendría que lograr convencer al tribunal de Apelaciones de que revoque la decisión de la jueza Cannon y el equipo de Trump ya ha planteado una defensa construida sobre la inmunidad presidencial, que podría convertirse en la base de una futura apelación.
Como en el otro caso federal ya mencionado, Trump también podría conseguir que el Departamento de Justicia retire los cargos.
En este caso estatal Trump enfrenta —junto con otros acusados— cargos por conspirar para subvertir los resultados de las elecciones presidenciales de 2020 en Georgia, como parte de una trama mayor para mantenerse en la Casa Blanca.
Los fiscales presentaron originalmente 41 cargos contra 19 acusados en agosto de 2023.
Desde entonces, cuatro acusados se declararon culpables y el juez que está al frente del caso, Scott McAfee, del Tribunal Superior del condado de Fulton, anuló nueve de los cargos, aunque la mayor parte del auto de procesamiento sigue intacto.
La evidencia clave es la conversación telefónica de Trump con el secretario del estado de Georgia, Brad Raffensperger, en la que el republicano le pidió que “encontrara” los votos que necesitaba para imponerse en el estado.
El caso está en suspenso hasta diciembre, cuando un tribunal de apelaciones sopesará si se debe permitir a la fiscal de distrito Fani Willis y su equipo sigan liderando el caso.
Y es que Trump y otros acusados alegan que la relación personal de Willis con el fiscal especial Nathan Wade, a quien ella contrató para ayudar a llevar el caso, crea un conflicto de intereses. El juez McAfee optó por no descalificarla, pero el equipo de Trump apeló la decisión.
Los argumentos orales está programados para el 6 de diciembre.
Si el tribunal de apelaciones desestima la impugnación, esto podría allanar el camino para que el juez McAfee fije una fecha para el juicio. Aunque los expertos apuntan a que lo más probable es que el equipo de defensa lo apele en otras instancias, generando más retrasos.
Si, por el contrario, el tribunal decide que hay que retirar a la fiscal y su oficina del caso, eso también traería retrasos. Es que, para empezar, habría que buscar otro fiscal.
Los expertos aseguran que, a diferencia de los cargos de subversión electoral presentados por el fiscal especial Jack Smith, el caso de Willis estará aislado de cualquier posible intromisión de Trump.
Así, no podría perdonarse a sí mismo ni a sus aliados ante una condena a nivel estatal, ni quitar del cargo a los fiscales del condado de Fulton que presentaron los cargos.
En cualquier caso, los expertos prevén que el caso quedaría congelado mientras Trump sea presidente.
Durante una audiencia en diciembre del año pasado, cuando el juez McAfee le preguntó al abogado de Trump, Steve Sadow, cuándo podría enfrentar un juicio su cliente, este le respondió: “La respuesta a eso es que creo que bajo la cláusula de la supremacía y sus deberes como presidente de Estados Unidos, el juicio no podría tener lugar hasta después del fin de su mandato”.
“Lo más probable es que ambos casos penales estatales (el de Georgia y el de Stormy) se suspendan y se reanuden cuando expire su mandato”, le dijo Barbara McQuade, ex fiscal federal, al medio NBC News.
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