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Los inalcanzables beneficios preliberacionales

Para acceder a un beneficio preliberacional debes tener acceso a la información y asesoría jurídica de calidad, contar con los medios económicos para pagar la multa o reparación del daño, que una persona de confianza te reciba en su casa y funja como tu aval moral, y tener un trabajo formal garantizado antes de salir de prisión.
17 de mayo, 2023
Por: Daniela Ancira Ruiz

La legislación mexicana contempla beneficios preliberacionales como la libertad condicionada y la libertad anticipada, que permiten a las personas privadas de la libertad salir de prisión antes de haber cumplido la totalidad de los años a los que fueron condenadas.

La libertad condicionada se otorga a las personas que hayan cumplido la mitad de la condena y cumplan con ciertos requisitos, como no haber sido condenadas por delitos de delincuencia organizada, secuestro o trata de personas, no haber recibido otra sentencia condenatoria firme, tener buena conducta durante el internamiento, que su externamiento no ponga en riesgo a la víctima, entre otros. 1 Este tipo de beneficio se puede otorgar bajo la modalidad de supervisión con o sin monitoreo electrónico. Por ejemplo, se puede ordenar la libertad de una persona, bajo la condición de que ésta vaya a firmar al juzgado cada semana, o se le puede dejar en libertad con un brazalete que restrinja su rango de movimiento y monitoree constantemente su ubicación. Por su parte, la libertad anticipada se otorga a las personas que hayan cumplido el 70% de la condena y cumplan con los mismos requisitos.

En el caso del Estado de México, el Código Penal local establece que la pena de prisión puede ser sustituida por multa, tratamiento en libertad o semilibertad (cuando la pena no exceda de 5 años de prisión), jornadas de trabajo en favor de la comunidad, o libertad condicionada al sistema de localización y rastreo (brazalete) cuando la pena no exceda de 6 años de prisión.

Hasta aquí, pareciera que nuestra legislación brinda una segunda oportunidad a quienes, ya llevando un tiempo considerable privadas de la libertad, o habiendo sido sentenciadas a condenas “cortas” (menos de 5 o 6 años), tengan la posibilidad de demostrar que han cambiado y puedan salir antes de tiempo de prisión.

Sin embargo, en la práctica, el obtener un beneficio preliberacional dista de ser una tarea fácil, y las personas que intentan acceder a ellos, se enfrentan a diversos -y en ocasiones insuperables- obstáculos.

El primer obstáculo al que se enfrentan es la falta de acceso a la información. Por lo general, las personas privadas de la libertad desconocen que estos beneficios existen, o desconocen cuál es el estatus de su proceso penal y, por ende, si son candidatas a algún beneficio. Las y los defensores de oficio rara vez les asesoran sobre estos temas, y con la carga de trabajo que tienen (o la falta de interés), difícilmente tramitan este tipo de beneficios.

El segundo, cubrir con la multa o reparación del daño. Aún sabiendo si son candidatas a algún beneficio, la realidad es que muchas personas privadas de su libertad difícilmente pueden cumplir con el pago de la multa o reparación del daño exigido en la Ley. En caso de la multa, si tu situación económica te impide pagarlo, se puede conmutar por jornadas laborales. Pero en el caso de la reparación del daño, su pago es un requisito indispensable para poder acceder a un beneficio.

Para darse una idea del contexto, tan solo en Ecatepec, el 10 % de las mujeres podrían salir libres por un promedio de 8 mil pesos. 2 Sin embargo, por su condición económica no les es posible pagarlo y deben quedarse en prisión. Desde La Cana hemos conocido casos de mujeres que permanecen en prisión por años, por no poder pagar una reparación del daño de 200 pesos. Bien se dice que en México se criminaliza más la pobreza que la delincuencia.

El tercer obstáculo al que se enfrentan es el acreditar una tutela o aval moral. En el caso del Estado de México, por ejemplo, el Código Penal exige, además, que quien solicite el beneficio cuente con una persona que se comprometa y garantice a la autoridad ejecutora el cumplimiento de las obligaciones contraídas. 3 Es decir, una persona que se comprometa a darte hospedaje, vigilar que no te fugues, que no te arranques el brazalete, que vayas a firmar los días que te toque, o que cumplas con cualquiera de las condiciones impuestas por la autoridad para el otorgamiento del beneficio.

En caso de las penas que no excedan de 6 años, el Código Penal suma al aval moral, la temporalidad y la buena conducta, un requisito aún más absurdo: comprobar que cuentas en el exterior con un ofrecimiento de trabajo, un oficio, arte o profesión que te permita tener ingresos, o exhibas las constancias que acrediten que continuarás estudiando. 4

Estos requisitos reflejan el absoluto desconocimiento de las y los legisladores sobre la realidad de las cárceles en nuestro país. Las personas que estuvieron en prisión, aun estando fuera, difícilmente se liberan del estigma de haber estado privadas de la libertad y, en la mayoría de los casos, este estigma se convierte en una condena que cumplirán por el resto de sus vidas.

Bajo este contexto, es prácticamente imposible esperar que una persona estando privada de la libertad consiga un trabajo afuera. En la práctica, la pareja, los familiares, vecinos, o amigos, son quienes se desviven por conseguir a alguien afuera que firme una carta diciendo que la persona que está pidiendo el beneficio va a trabajar con ellos saliendo. Básicamente cualquier persona con una identificación oficial que tenga un negocio con un domicilio real, y que se encuentre al corriente de sus impuestos, puede firmar este documento. Sin embargo, estas “cartas laborales” rara vez se traducen en empleos reales, mucho menos en empleos dignos.

Esto se complica aún más si te otorgan una libertad condicionada con monitoreo electrónico o brazalete, pues si por algo tienes un familiar o amigo que te consiguió un empleo formal afuera -lo cual es sumamente complicado ya que la mayoría de los negocios a los que se les permite acceder a las personas que estuvieron en prisión, son negocios informales-, éste debe ser un empleo que además se encuentre en la misma demarcación territorial de donde cumpliste tu condena. Por ejemplo, quienes obtienen este beneficio en el Estado de México, no pueden ir a trabajar a la Ciudad de México.

Así, tenemos que para acceder a un beneficio preliberacional, primero debes tener acceso a la información y asesoría jurídica de calidad que te permita conocer el estatus de tu proceso para saber si eres candidato o no; después, debes contar con los medios económicos para pagar la multa o reparación del daño; además, debes tener una persona de confianza que te reciba en su casa (una casa que, para el caso de quienes salen con un brazalete, tiene que tener Wifi, y línea de teléfono fija) y funja como tu aval moral y, por último, antes de salir de prisión debes tener un trabajo formal garantizado, en la misma entidad federativa en la que se te otorgó el beneficio.

En el caso de las mujeres, todos estos procesos se complican aún más, pues ellas son en su mayoría abandonadas por sus redes de apoyo cuando entran a prisión. Ellas cumplen la doble condena por ser mujeres y por haber estado privadas de la libertad y, por ende, el apoyo que reciben es prácticamente inexistente. En prisión nadie las visita. Sus parejas o están también en prisión, o ya las cambiaron por otra. Sus familiares difícilmente se quedan y la mayoría de las veces suelen abandonarlas a su suerte.

En la Ciudad de México, por ejemplo, 7 de cada 10 mujeres en prisión no reciben ni una sola visita, mientras que en el caso de los hombres, el 91 % tiene visita familiar o conyugal frecuente. 5 Esto se traduce en mucho menos apoyo para cubrir con cualquiera de los requisitos mencionados anteriormente.

Desde La Cana lo que más nos cuesta al solicitar algún beneficio preliberacional es conseguirles a alguien que esté dispuesta a recibirlas y apoyarlas afuera. Las mujeres permanecen años y años en prisión porque no pueden acreditar tener a alguien en el exterior que se haga responsable de ellas frente al juez. Los hombres normalmente cuentan con las mujeres incondicionales de sus vidas quienes jamás los abandonan y están dispuestas a recorrer el país entero para ayudarles a conseguir todo lo necesario para que alcancen un beneficio y salgan antes de prisión, pero las mujeres no tienen literalmente a nadie.

Hemos visto mujeres que prefieren dormir en la calle afuera del penal esperando a que llegue el día que acude el equipo de La Cana, porque somos las únicas personas a las que conocen afuera después de tantos años de haber estado en prisión. Hemos recibido llamadas en la madrugada de mujeres que nos dicen que acaban de salir, pero que no tienen la menor idea de dónde están en el mapa, ni nadie a quién llamar. Las organizaciones de la sociedad civil somos quienes nos convertimos en su red de apoyo.

En la gran mayoría de los casos, la única alternativa que encuentran las mujeres como tutela moral es la misma pareja, familia, o comunidad que abusaba de ellas, las violentaba, o las orilló a que terminaran en prisión. Afuera, con un brazalete que les impide salir de sus casas, y en esos contextos de violencia, las mujeres viven una cárcel en ocasiones peor a la que se encontraban antes.

Ante este contexto, ¿cómo esperamos que una mujer que es abandonada en prisión, por el simple hecho de ser mujer, mágicamente acredite todos estos requisitos y acceda a la justicia? Legislar y juzgar con perspectiva de género implica tomar en cuenta cómo esta norma afecta de manera diferenciada a las mujeres al momento de acudir a demandar justicia. La perspectiva de género debe invitar a nuestros legisladores y juzgadores a cuestionar la neutralidad de este tipo de normas, y más bien visibilizar las desventajas en las que se encuentran las mujeres frente a las mismas.

Estoy convencida de que la prisión -en las condiciones en las que están en nuestro país- no es la solución para reducir la delincuencia y celebro que existan medidas que permitan a las personas demostrar que han cambiado. Sin embargo, de nada sirve tener leyes que difícilmente se traduzcan en un ejercicio real de nuestros derechos, y lo que es peor, que no tengan perspectiva de género que permitan alcanzar una verdadera equidad. Mientras tengamos este tipo de normas que, además, afectan de manera desproporcionada a las mujeres, nos será imposible hablar de una verdadera reinserción social.

* Daniela Ancira Ruiz (@daniancira) es cofundadora y directora general de La Cana.

 

1 Ley Nacional de Ejecución Penal, artículo 137.

2 Carballo Corrales, Miranda “La prisión: donde las brechas de género aumentan”  disponible aquí.

3 Código Penal para el Estado de México, fracción V, Artículo 70 bis.

4 Código Penal para el Estado de México, incisos b) y c), Artículo 70 bis.

5 Muñiz, Ruth “Abandonan familiares a 7 de cada 10 reclusas por ser mujeres”, disponible aquí.

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Imagen BBC
¿Sabías que el Everest crece 2 milímetros al año? La razón te sorprenderá
4 minutos de lectura

El Monte Everest es entre 15 y 50 metros más alto debido a la erosión de la roca provocada por un río en su base, según un nuevo estudio.

01 de octubre, 2024
Por: BBC News Mundo
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La montaña más alta del mundo sigue creciendo y un grupo de científicos acaba de identificar una de las razones de este fenómeno.

Según un nuevo estudio, el Monte Everest es entre 15 y 50 metros más alto debido a la erosión de la roca provocada por un río en su base.

La pérdida de masa terrestre en la cuenca del río Arun, a 75 km de distancia, hace que el Everest suba hasta 2 mm por año, según dijeron los investigadores del University College de Londres (UCL), en Reino Unido.

“Es un poco como lanzar una carga de un barco”, le dijo a la BBC Adam Smith, coautor del estudio. “El barco se vuelve más liviano y por lo tanto flota un poco más alto. De manera similar, cuando la corteza terrestre se aligera… puede flotar un poco más alto”.

La presión causada por la colisión de las placas india y euroasiática hace entre 40 y 50 millones de años formó el Himalaya, y la tectónica de placas sigue siendo la razón principal de su continuo ascenso.

Pero la red del río Arun es un factor que también contribuye al ascenso de las montañas, según el equipo del UCL.

A medida que el Arun fluye a través del Himalaya, va eliminando material del lecho del río, y por tanto de la corteza terrestre. Esto reduce la presión sobre el manto (la capa que está debajo de la corteza), y hace que la corteza adelgazada se flexione y flote hacia arriba.

Este efecto se llama rebote isostático. La investigación, publicada en la revista Nature Geoscience, añade que esta fuerza ascendente provoca que el Everest y otros picos cercanos, incluidos el Lhotse y el Makalu, la cuarta y quinta montañas más altas del mundo, también se eleven.

“El Monte Everest y sus picos vecinos están creciendo porque el rebote isostático los está elevando más rápido de lo que la erosión los desgasta”, le dijo a la BBC el Matthew Fox, coautor del estudio.

“Podemos ver que crecen unos dos milímetros por año usando instrumentos de GPS y ahora entendemos mejorpor qué está sucediendo”.

Algunos geólogos que no participaron en el estudio dijeron que la teoría era plausible, pero que había muchos aspectos de la investigación que aún eran inciertos.

Panorámica de la cuenca del río Arun.
Getty Images
El río Arun discurre desde TIbet hasta Nepal y confluye con otros dos para formar el Kosi.

“Emocionante”

El Everest se encuentra en la frontera entre China y Nepal, y su parte norte está en el lado chino. El río Arun desciende desde el Tíbet hacia Nepal, y luego se une a otros dos ríos para formar el Kosi, que más tarde ingresa al norte deIndia para encontrarse con el Ganges.

Transporta una gran cantidad de sedimentos debido a la pendiente pronunciada de las montañas por las que fluye y a la fuerza con la que lo hace, lo que le permite erosionar grandes cantidades de roca y suelo a su paso.

Sin embargo, los investigadores del UCL afirman que probablemente ganó su verdadera fuerza cuando “capturó” otro río o cuerpo de agua en el Tíbet hace 89.000 años, lo que, en términos geológicos, es un evento reciente.

El académico chino Xu Han, de la Universidad de Geociencias de China, fue el autor principal del estudio durante una beca en el UCL.

“La cambiante altura del Monte Everest resalta realmente la naturaleza dinámica de la superficie de la Tierra”, comentó.

“La interacción entre la erosión del río Arun y la presión ascendente del manto terrestre le da un impulso al Monte Everest”, lo que le confiere una elevación adicional.

El profesor Hugh Sinclair, de la Escuela de Geociencias de la Universidad de Edimburgo, en Escocia, quien no participó en el estudio, afirmó que el proceso subyacente identificado por el equipo del UCL es razonable.

Sin embargo, agregó que las cantidades exactas y los tiempos de incisión del río (o cómo el río corta hacia abajo en su lecho y profundiza su cauce) y el consecuente levantamiento de la superficie de los picos circundantes tienen grandes incertidumbres.

“En primer lugar, predecir la incisión de un río en cuencas tan grandes en respuesta a la captura de drenaje (un río que captura a otro río o lago) es un desafío”, comentó.

Esta incertidumbre es algo que los autores han reconocido en el estudio.

En segundo lugar, dijo Sinclair, la distancia sobre la cual las montañas se elevan desde un punto de erosión intensiva localizado es extremadamente difícil de predecir.

“Sin embargo, incluso considerando estas reservas, la posibilidad de que parte de la elevación excepcional del Everest esté relacionada con el río representa una perspectiva emocionante”.

Línea.
BBC

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