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Trabajo forzado en prisiones: análisis de una propuesta regresiva
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6 minutos de lectura

Trabajo forzado en prisiones: análisis de una propuesta regresiva

La iniciativa para reformar la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social en la Ciudad de México promueve la introducción de un esquema de explotación laboral sin salvaguardas suficientes, un esquema de trabajo forzado para las personas privadas de la libertad, condicionando su alimentación a las actividades laborales que realicen al interior de los centros penitenciarios.
18 de febrero, 2025
Por: José Luis Gutiérrez Román y Cristopher Alexis Sánchez Islas

El trabajo es un pilar fundamental dentro del modelo penitenciario en México. Como derecho humano y eje de la reinserción social, el trabajo tiene como propósito preparar a las personas que se encuentran en los centros penitenciarios para su reintegración al mercado laboral una vez obtenida su libertad. En pocas palabras, el trabajo se convierte en una herramienta indispensable para que las personas privadas de la libertad puedan reconstruir sus proyectos de vida fuera de prisión.

No obstante, la propuesta presentada el pasado 13 de febrero en el Congreso de la Ciudad de México parece olvidarse de esto, buscando reforzar los estigmas y prejuicios arraigados a las personas en conflicto con la ley penal.

Lejos de abordar los problemas estructurales del sistema penitenciario, la iniciativa para reformar la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social en la Ciudad de México  —una ley que, vale la pena recordar, ya ha sido abrogada— promueve un esquema de trabajo obligatorio para las personas privadas de la libertad, condicionando su alimentación a las actividades laborales que realicen al interior de los centros penitenciarios.

El desconocimiento del contexto penitenciario es evidente en la propuesta, que parte de la premisa de que la disciplina férrea y el trabajo forzado contribuirán a la reinserción social. La realidad laboral de los centros penitenciarios en México es otra. El entorno laboral en las prisiones se caracteriza por la falta de capacitación adecuada, salarios extremadamente bajos y la ausencia de prestaciones laborales. También, las oportunidades de trabajo suelen estar controladas por un pequeño grupo de personas que poseen los medios de producción, dejando en desventaja a quienes no tienen recursos para adquirir sus propias herramientas o materiales. Esto genera un sistema desigual en el que el acceso al empleo es limitado, especialmente para personas de grupos en situación de vulnerabilidad, además de esquemas de autogobierno o cogobierno. A todo esto se suma la falta de infraestructura adecuada y la inexistencia de una estructura organizativa que facilite el trabajo productivo al interior de las prisiones.

Esta propuesta termina ignorando que en el 48.3 % de los centros estatales hay insuficiencia o inexistencia de actividades laborales y de capacitación, 1 así como que la mayoría de trabajos disponibles al interior de los centros penitenciarios son inaccesibles o inadecuados para la población en contextos de reclusión. 2 Por esta razón, obligar a las personas privadas de la libertad a trabajar sin garantías adecuadas no resuelve estos problemas, sino que los agrava, trasladando la responsabilidad del Estado a las personas bajo su custodia.

La propuesta da pauta para la introducción de un esquema de explotación laboral sin salvaguardas suficientes, lo que podría derivar en trabajo forzado bajo una fachada de productividad penitenciaria, conforme a lo establecido por el Relator Especial de Naciones Unidas sobre las formas contemporáneas de la esclavitud, incluidas sus causas y consecuencias. No se establecen parámetros claros de remuneración ni mecanismos de supervisión que garanticen que el trabajo dentro de los centros penitenciarios no derive en una forma moderna de esclavitud. Por ello, la propuesta no solo no establece medidas para evitar estos abusos, sino que fomenta un modelo en el que el trabajo deja de ser una herramienta de reinserción para convertirse en un método de castigo y control.

El desconocimiento de las obligaciones del Estado en materia de derechos humanos es otro punto álgido dentro de la propuesta. La iniciativa parte de la idea errónea de que las personas privadas de la libertad deben saldar una “deuda con la sociedad” a través del trabajo, ignorando que es el Estado quien debe garantizar condiciones dignas en los centros de reclusión. La propuesta abre la puerta a la mercantilización del trabajo penitenciario, trasladando la carga económica de la prisión a la población penitenciaria en lugar de asegurar un sistema que realmente facilite su reinserción efectiva. Además, al forzar el trabajo sin asegurar condiciones laborales adecuadas ni reconocer derechos mínimos, se vulneran disposiciones internacionales como el Convenio 29 de la OIT sobre el trabajo forzoso y otras normativas que buscan erradicar la explotación laboral dentro de los sistemas penitenciarios.

Esta iniciativa, presentada por la diputada América Rangel, tampoco cuenta con fundamento teórico y jurídico adecuado. Su redacción y argumentos reflejan un profundo desconocimiento de los marcos jurídicos nacionales e internacionales en materia de ejecución penal y derechos humanos. En lugar de articularse sobre bases jurídicas sólidas y estudios empíricos, el documento propone medidas regresivas que retroceden a esquemas de castigo en lugar de apostar por una verdadera política de reinserción social. Además, se observa una insistente intención de revivir los modelos de regeneración moral (que veían a las personas como malignas y desviadas) y de readaptación social (que veían a las personas privadas de libertad como enfermas que delinquen), los cuales han sido superados por la concepción actual de reinserción social, desatendiendo los avances normativos y las recomendaciones de organismos internacionales de derechos humanos.

El modelo de reinserción social busca dotar a las personas privadas de la libertad de herramientas para reconstruir su vida una vez que recuperen su libertad. Sin embargo, la iniciativa parece desconocer este objetivo y plantea un sistema de trabajo obligatorio que no responde a las necesidades reales de la población penitenciaria. Sin educación, salud y condiciones adecuadas, el trabajo se convierte en un castigo más que en una oportunidad de reinserción.

Finalmente, el riesgo de replicar modelos penitenciarios autoritarios o que privilegian la seguridad y el control frente a los derechos humanos es algo de lo que también adolece esta iniciativa. La lógica del castigo extremo ha sido utilizada en algunos países como una solución rápida a la crisis de seguridad, pero ha demostrado ser insostenible y altamente violatoria de derechos humanos. En lugar de adoptar medidas punitivas que refuerzan la exclusión y la criminalización, es fundamental impulsar reformas que garanticen la dignidad y los derechos de las personas privadas de la libertad, promoviendo un modelo de justicia que priorice la reinserción sobre el castigo.

Afortunadamente, la falta absoluta de técnica legislativa juega en contra de esta iniciativa. En 2016 la Ley de Ejecución de Sanciones Penales y Reinserción Social en la Ciudad de México quedó abrogada por la Ley Nacional de Ejecución Penal, por lo que esta propuesta legislativa es solo un intento estéril de fomentar estigmas y prejuicios contra la población privada de la libertad. Sin embargo, esta iniciativa debe alertarnos para poner una mirada crítica a las acciones superficiales que, más allá de abonar a una optimización del trabajo penitenciario, buscan ser regresivas con los derechos de las personas privadas de la libertad.

El verdadero reto del sistema penitenciario no es la falta de trabajo obligatorio, sino la ausencia de políticas públicas integrales que aborden las causas estructurales del delito y la reincidencia. Antes de impulsar reformas basadas en prejuicios, es necesario generar un debate serio e informado que permita construir soluciones reales, respetuosas de los derechos humanos y eficaces en la transformación del sistema de justicia y ejecución penal.

* José Luis Gutiérrez Román es director general de Asistencia Legal por los Derechos Humanos A.C. (ASILEGAL) y candidato a doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México. Cristopher Alexis Sánchez Islas es coordinador del Área de Defensa Integral de Asistencia Legal por los Derechos Humanos A.C. (ASILEGAL) y Representante del Sector de Personas Privadas de la Libertad en el Consejo Ciudadano para la Prevención y Eliminación de la Discriminación del Estado de México.

 

1 CNDH, DNSP 2024, p. 383, disponible aquí.

2 CNDH, Recomendación general 38/2019, disponible aquí.

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Imagen BBC
Al menos 51 muertos tras caer un autobús desde un puente en Guatemala
3 minutos de lectura

Entre los fallecidos hay menores y al menos otras 15 personas fueron rescatadas con lesiones graves, según los servicios de emergencias.

10 de febrero, 2025
Por: BBC News Mundo
0

Al menos 51 personas murieron tras la caída de un autobús desde un puente en la periferia de la Ciudad de Guatemala, informaron los bomberos.

El vehículo, que se dirigía a la capital desde el departamento de El Progreso, cayó este lunes por un barranco de más de 20 metros de altura y quedó parcialmente hundido en un canal de aguas residuales, según el departamento de bomberos local.

Entre los fallecidos hay menores.

Autobús accidentado
Getty Images
El autobús cayó en una zona de difícil acceso.

De momento no se han identificado los cadáveres y los servicios de emergencias alertaron de que la cifra de fallecidos podría ser aún mayor, ya que se habrían extraído más cadáveres en las últimas horas.

Estos indicaron que al menos otras 15 personas fueron rescatadas con lesiones graves, aunque se desconoce el número exacto de sobrevivientes.

Imágenes compartidas en redes sociales muestran la gravedad del accidente, con el autobús volcado y los operarios de rescate sacando los cuerpos de fallecidos y sobrevivientes.

Los servicios de emergencias desplegaron 22 compañías, 45 unidades y más de 100 efectivos para las tareas de rescate, informó el diario local La Hora.

Los heridos fueron trasladados a dos hospitales cercanos.

También se ha instalado una morgue provisional cerca del lugar de los hechos, un lugar de difícil acceso.

Familiares de personas que viajaban en el autobús han comenzado a acudir al lugar en busca de noticias sobre sus seres queridos, mientras la policía trata de identificar a los muertos.

Las autoridades investigan las causas del suceso.

El conductor del bus, que habría perdido el control del vehículo por causas desconocidas, es uno de los fallecidos en el accidente.

El ministro de Comunicaciones, Miguel Ángel Díaz Bobadilla, indicó que el autobús tenía 30 años de antigüedad y salió desde la localidad de San Agustín Acasaguastlán a las 3 am.

Autobús accidentado
Getty Images
Los bomberos tuvieron que emplearse a fondo para rescatar a los sobrevivientes atrapados en el vehículo.

El presidente de Guatemala, Bernardo Arévalo, desplegó al ejército y a la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres (CONRED) para ayudar en las tareas de rescate y declaró el luto nacional en el país.

“La tragedia en el Puente Belice es un dolor nacional que lamento profundamente. Me solidarizo con las familias de las víctimas que hoy amanecen con una noticia desgarradora. Su dolor es mi dolor”, publicó el mandatario en la red social X.

línea
BBC

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