Las detenciones arbitrarias en México son una práctica sistemática, normalizada por los mandos policiales de forma generalizada, son acciones cometidas regularmente por policías a nivel federal, estatal y municipal, y por elementos de instituciones de seguridad como el Ejército y la Marina.
Esta violación a los debidos procesos ha sido la puerta de acceso a la criminalización de grupos en situación de vulnerabilidad con base en la discriminación, prejuicios, misoginia, homofobia, transfobia y corrupción. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en su recomendación general 2/2001 señala que desde ese año (2001) “las detenciones arbitrarias constituyen una práctica común de los elementos que integran los diversos puestos policiacos”,i a más de 20 años la crisis sobre violaciones graves a los derechos humanos como la libertad, seguridad personal y la presunción de inocencia se ha agudizado a tal grado que es posible identificar a simple vista la existencia de patrones de criminalización, violencia y privación de la libertad de personas que no cometieron actos ilícitos. En los últimos 10 años se han documentado por lo menos 57 mil detenciones arbitrarias, ii según el Informe “La magnitud de la crisis de derechos humanos en México” del Centro Prodh en 2016.
Durante el último lustro (2016 a 2020) esta práctica aumentó exponencialmente: de 2015 al 2017 se registraron 13 mil 262 quejas por detenciones arbitrarias en todos los estados del país ante los mecanismos locales y federales de protección de derechos humanos y en el año más crítico, 2019, se reportaron 5,551 detenciones arbitrarias atribuibles a las instituciones de seguridad y justicia en los tres niveles de gobierno, según los resultados del Censo Nacional de Derechos Humanos en los Ámbitos Federal y Estatal del INEGI.iii
En Mérida en Yucatán -ciudad catalogada por la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU)iv, realizada por el INEGI, en el tercer sitio del ranking nacional, con 75.4 por ciento de buena percepción sobre seguridad (diciembre 2020)- el pasado 21 de julio policías municipales llevaron a cabo la detención ilegal y arbitraria del joven José Eduardo Ravelo de 23 años, quien a consecuencia de esta detención fue víctima de violencia sexual, actos de tortura y privación de la vida. Este caso ha sido un proceso a todas luces viciado por parte de las autoridades estatales y municipales, quienes han incurrido en prácticas indebidas. Con el fin de acelerar los procesos legales y quitar la responsabilidad y los grados de participación a los agentes policiacos, se ha declarado públicamente que los agentes no tuvieron participación en los actos de tortura y violencia sexual que se denunciaron y de forma homofóbica se ha culpabilizado a la víctima en razón de su orientación sexual, revictimizado a los familiares de José Eduardo al asegurar que las acusaciones que realizó son falsas.
En la creciente crisis de seguridad este fenómeno ha sido normalizado y calificado como práctica generalizada, en muchos casos se han identificado “misteriosas muertes de personas que se encuentran en custodia de policías” y desaparición de personas que presuntamente se encontrabas privadas de la libertad en alguna agencia del ministerio público en todo el país.
La participación de las Fuerzas Armadas en labores de seguridad pública durante los últimos años ha estado acompañada de reiteradas violaciones a los derechos humanos: detenciones arbitrarias, tratos inhumanos, actos de tortura y desapariciones forzadas. El grado de participación es cada vez más preocupante y se presume que los datos conocidos son apenas la punta del iceberg sobre la crisis de violaciones a derechos humanos por parte de representantes del Estado.
¿Cómo actuar ante un caso de detención arbitraria?
Es importante conocer los procedimientos y derechos que deben ser respetados y garantizados al momento de presenciar o ser objeto de una detención arbitraria o detención ilegal. En primer lugar, es necesario identificar cuáles son los elementos que caracterizan estas acciones para en medida de lo posible ejercer mecanismos de exigibilidad para el cumplimiento de los procedimientos y atribuciones de los miembros policiales.
De igual forma, conocer de forma general cuales son los derechos que deben ser garantizados al momento de encontrarse en un escenario de detenciones. Es necesario subrayar que el derecho a la libertad y el derecho de presunción de inocencia son fundamentales para la protección de la integridad personal.
Se recomienda hacer uso de herramientas tecnológicas y de comunicación como el caso de la aplicación para teléfonos móviles desarrollada por Educiac para el Observatorio Nacional de Detenciones Arbitrarias, ONDA (del que forma parte ASILEGAL), la cual monitorea y da aviso en caso de ser detenido ilegal y arbitrariamente a amigos y familiares a través de alertas y geolocalización. Esta aplicación es monitoreada por las organizaciones que conforman el ONDA y brinda asesoría legal en caso de ser requerida. Puede ser descargada de forma gratuita en IOS y Android con el nombre de SINDEA.v
Las detenciones arbitrarias que se han conocido y hecho mediáticas en los últimos meses no son eventos aislados; por lo menos en 2020 y 2021 se han podido documentar al menos 5 casos graves sobre detenciones ilegales y/o arbitrarias que culminan con la privación de la vida de las víctimas, como el caso de Victoria Salazar, mujer migrante salvadoreña asesinada a manos de elementos policiales de Tulum en Quintana Roo, o el caso de Alejandro Giovanni López, un hombre de 30 años de edad que trabajaba como albañil en el estado de Jalisco hasta la noche de su detención y asesinato a causa del uso excesivo de la fuerza por parte de la policía municipal, por el simple hecho de no portar cubrebocas, y otras más que pueden pasar desapercibidas como lo son las detenciones en el marco de las protestas feministas y otras protestas sociales.
El panorama no es favorable, menos cuando los gobiernos locales y el discurso hegemónico oficial tienden a un fortalecimiento de la policía en términos estructurales y con más atribuciones desde enfoques militares. Apelamos que la seguridad sea garantizada con estricto apego al respeto de los derechos humanos de todas las personas y que estas prácticas sistemáticas de tortura, los tratos crueles inhumanos y degradantes, graves faltas a los procedimientos y violación de la presunción de inocencia cesen, que la seguridad no se nunca una justificación para limitar el Estado de Derecho. El Estado debe reconocer el grado de responsabilidad y afectaciones que ha ejercido en contra de personas civiles, particularmente de aquellos que se encuentran en alguna categoría sospechosa y que han sido criminalizados en razón de sus particularidades contextuales. Hay evidencia sólida de cómo las detenciones arbitrarias, el uso y abuso de la prisión preventiva, y la criminalización de personas en situación de vulnerabilidad es la puerta de acceso a los centros penitenciarios que privan de la libertad a las personas a través de la imputación de delitos a inocentes en situación de vulnerabilidad y de una descarada corrupción que fabrica culpables.
* Milton Martínez es coordinador de monitoreo y evaluación de ASILEGAL (@asilegalmx)
i Comisión Nacional de los Derechos Humanos (2001) Recomendación General 2 sobre la práctica de las detenciones arbitrarias pp 1.
ii Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, A.C “La magnitud de la crisis de derechos humanos en México” México 2016, pp 21.
iii Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Censo Nacional de Derechos Humanos en los Ámbitos Federal y Estatal, México 2020.
iv Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU), México 2020.