
Tras anunciar este viernes el inicio formal de la liquidación de CIBanco, luego de que Estados Unidos señalara sospechas de lavado de dinero que derivaron en la revocación de su licencia, el Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) detalló los pasos para que los clientes recuperen sus depósitos y cumplan con sus obligaciones crediticias.
A través de dos comunicados dirigidos a clientes, ahorradores y acreditados, el IPAB indicó que desde este 10 de octubre las sucursales de CIBanco permanecerán cerradas, salvo algunas que reabrirán a partir del lunes 13 de octubre solo para atención a consultas, aclaraciones o presentación de solicitudes de pago, en un horario de lunes a jueves de 9:00 de la mañana a 6:00 de la tarde, y viernes de 9:00 de la mañana a 2:00 de la tarde.
Los acreditados y ahorradores podrán también comunicarse al centro de atención telefónica del IPAB al número 800 288 4722, disponible de lunes a viernes de 9:00 de la mañana a 6:00 de la tarde, o escribir al correo [email protected]
El IPAB señaló que asumirá el pago de las obligaciones garantizadas, es decir, los depósitos que se encuentran protegidos conforme a la Ley de Protección al Ahorro Bancario. Esto incluye cuentas de cheques, ahorro, pagarés, certificados de depósito y otros depósitos a la vista, hasta por un límite de 400 mil Unidades de Inversión (UDIS), equivalentes al 10 de octubre de 2025 a 3 millones 424 mil 262 pesos con 40 centavos.
Dichos pagos se realizarán en un plazo no mayor a 90 días naturales a partir del comienzo de la liquidación, sin que los usuarios tengan que presentar una solicitud formal, pues se tomarán los datos registrados en los sistemas del banco.

El Instituto aclaró que no están protegidas las operaciones a favor de entidades financieras, accionistas, miembros del consejo de administración ni funcionarios de los dos primeros niveles jerárquicos de CIBanco.
Tampoco se cubrirán pasivos documentados en títulos negociables, operaciones relacionadas con actos ilícitos o inversiones en casas de bolsa, aseguradoras, sociedades de inversión o bancos de desarrollo, aun si fueron contratadas en sucursales del banco liquidado.
A partir del 13 de octubre, el IPAB habilitará en su sitio web el Portal de Pagos IPAB, donde los ahorradores podrán registrarse para recibir el pago de sus depósitos garantizados. El proceso será gratuito, en línea y con autenticación mediante correo electrónico y teléfono móvil.
Cada titular deberá llenar un formulario con los datos de su último estado de cuenta y proporcionar una cuenta CLABE a su nombre para recibir la transferencia.
El Instituto advirtió que no cuenta con gestores, representantes ni oficinas externas y pidió a los usuarios desconfiar de cualquier persona que ofrezca agilizar pagos, cancelar deudas o tramitar beneficios a nombre del IPAB, ya que podría tratarse de un intento de fraude.

Los ahorradores con montos superiores al límite de cobertura deberán esperar a que concluya la liquidación de los activos de CIBanco —como su cartera crediticia e inmuebles— para que el propio banco, y no el IPAB, realice los pagos conforme al orden de prelación previsto en la Ley de Instituciones de Crédito.
Para quienes tenían nómina o cuentas mancomunadas, el IPAB indicó que los depósitos de nómina están protegidos dentro del límite establecido y que, en el caso de cuentas con varios titulares, el pago se hará proporcionalmente al porcentaje de titularidad registrado en el sistema del banco.
En cuanto a las personas con créditos, el IPAB subrayó que deben continuar pagando sus obligaciones, aun cuando CIBanco esté en proceso de liquidación, para evitar afectaciones a su historial crediticio. De momento, no se ha habilitado una cuenta para realizar los depósitos, por lo que el Instituto pidió esperar unos días para recibir instrucciones específicas sobre los nuevos mecanismos de pago.
El IPAB también informó que los intereses generados por los depósitos se pagarán hasta el 9 de octubre de 2025, fecha previa a la liquidación. En el caso de cuentas cuyos titulares hayan fallecido, las personas beneficiarias deberán presentar una solicitud de pago junto con el acta de defunción, identificación oficial y el contrato de cuenta en el que se especifiquen los beneficiarios.
Los usuarios que no cuenten con conexión a internet o enfrenten dificultades para usar el portal podrán acudir directamente a las oficinas del IPAB, ubicadas en Varsovia 19, colonia Juárez, alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, o a las sucursales del banco en liquidación, en los horarios establecidos.

La sentencia contra la médica ha sido criticada por organismos como la CIDH, que la consideran una prueba de la intención de las autoridades de silenciar las voces críticas.
30 años de cárcel. La pena máxima de cárcel que la legislación venezolana reserva para delitos como homicidio, secuestro y violación le fue impuesta a Marggie Xiomara Orozco Tapias, una médica de 65 años.
Sin embargo, la profesional de la salud no mató ni secuestró a nadie. Su delito fue que, en medio del fragor de la campaña para las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024, envió un mensaje de audio por WhatsApp a un grupo de vecinos de la localidad de San Juan de Colón, en el estado andino de Táchira (fronterizo con Colombia), en el que llamaba a votar en contra de Nicolás Maduro y lo responsabilizaba de la crisis económica que atraviesa el país.
Ocho días después de los comicios, que según el Consejo Nacional Electoral (CNE) ganó Maduro aunque hasta ahora no ha presentado pruebas que respalden dicha declaración, la policía arrestó a Orozco.
“Unos policías llegaron en la noche del 5 de agosto a la casa y le dijeron a mi mamá: ‘Acompáñenos’. Ella no quería ir, pero los policías le dijeron que no estaba detenida, sino que la querían entrevistar y por eso los acompañó. Pasamos tres días sin saber de ella”, le contó a BBC Mundo el hijo de la doctora, Paul Ruiz.
La grabación de la doctora llegó a manos de unos simpatizantes del gobierno, quienes la denunciaron ante la Fiscalía tras amenazarla con retirarle beneficios como la caja de alimentos o la bombona de gas para cocinar subsidiados.
El caso de Orozco es el último de una serie de procesos judiciales contra ciudadanos que ejercieron su derecho a la libertad de expresión a través de las redes sociales. Un derecho que las autoridades venezolanas advierten que “no es absoluto”.
“Esos llamamientos ponen en riesgo la paz de Venezuela y son la razón por la cual el gobierno de Estados Unidos nos quiere invadir”.
Esto habría dicho la jueza Luz Dary Moreno Acosta al condenar, el pasado 16 de noviembre, a Orozco por la comisión de los delitos de traición a la patria, conspiración e incitación al odio, relató el hijo de la médica.
¿Pero qué dijo la doctora para ser condenada a la pena máxima? “Ella le pidió a la comunidad que saliera a votar (contra Maduro) y (que los vecinos) dejaran la sinvergüenzura de apoyar al gobierno, mientras sus hijos están fuera trabajando y el país se está cayendo a pedazos”, narró Ruiz.
El hijo de la doctora admitió que el mensaje era “subido de tono” , pero negó que su madre cometiera un delito.
“Ella no salió a las calles a tirar piedras o quemar cauchos (neumáticos). Ni tampoco pidió una invasión extranjera”, aseguró.
En las últimas semanas, EE.UU. ha reunido en las aguas del Caribe una flota de naves de guerra -entre las que está su portaaviones más moderno y grande, el USS Gerald R. Ford-, con el propósito declarado de combatir el narcotráfico.
Sin embargo, desde Caracas sostienen que este despliegue militar en realidad persigue “un cambio de régimen” en Venezuela.
“Así como usted sufre, las personas que están en el Gobierno también sufren”, le dijo la jueza a Orozco, de acuerdo con el relato del hijo, quien dijo que obtuvo los detalles de unos abogados que estuvieron presentes cuando la titular del Tribunal 4 de Juicio de Táchira leyó su veredicto.
Aunque el fallo no ha sido publicado, desde la Fiscalía venezolana confirmaron a BBC Mundo que se produjo, pero rechazaron las peticiones para que hicieran comentarios sobre el mismo.
Ni siquiera el hecho de que Orozco sufriera un infarto durante el año que ha permanecido detenida sirvió de atenuante para la justicia.
En marzo pasado, la jueza Moreno rechazó permitirle a la doctora seguir el juicio en libertad condicional, por considerar que “existe peligro de fuga” y porque “pudiera influir en los testigos para que informen falsamente al tribunal, y ponga en peligro la verdad de los hechos y la realización de la justicia”.
El dictamen se produjo semanas después de que el ministro del Interior, Diosdado Cabello, advirtiera que “buscarían” a todo aquel que respaldara una invasión.
“Si alguien decide pedir invasiones contra nuestro país, inmediatamente está asumiendo que se autoexcluye de sus obligaciones como venezolano, y el Estado se reserva las acciones que tenga a bien ejercer”, alertó semanas atrás.
Otras personas que escucharon el audio de Orozco aseguraron a BBC Mundo que “era una grabación de 17 minutos bastante agresiva en algunas partes”. Esto, explicaría porque a la doctora le aplicaron el artículo 20 de la polémica Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, según los registros judiciales.
“Quien públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública fomente, promueva o incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas, en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político, de orientación sexual, de identidad de género, de expresión de género o cualquier otro motivo discriminatorio será sancionado con prisión de diez a veinte años, sin perjuicio de la responsabilidad civil y disciplinaria por los daños causados”, establece la norma.
La vaguedad y amplitud de la disposición le ha valido la crítica de organismos internacionales de derechos humanos, los cuales sostienen que puede ser empleado para silenciar a las voces críticas.
Entre 2021 y 2023, al menos 22 venezolanos fueron detenidos por ejercer la libertad de expresión. Varias de las aprehensiones están vinculadas a contenidos difundidos en plataformas digitales, reportó la organización Espacio Público.
Antes de que se conociera la condena contra Orozco se produjeron otros dos fallos similares. El primero fue el de Marcos Palma, de 50 años, quien fue sentenciado a 15 años de cárcel por un audio que envió a un grupo de WhatsApp en el que se quejaba porque no le entregaron la bombona de gas que pagó e invitaba a sus vecinos a una protesta.
Semanas después, Randal Telles, una estudiante de enfermería de 22 años del llanero estado Barinas, fue condenada también a 15 años de prisión por un video de TikTok en el que criticaba a Maduro y a Cabello. No obstante, su familia sostiene que la grabación no fue hecha por Telles sino que es un montaje realizado con inteligencia artificial.
Estos casos explican porque muchos en el país han optado por evitar discutir sobre determinados temas a través de plataformas digitales o constantemente borran los historiales de sus teléfonos.
En 2017, el fiscal general de Venezuela, Tarek William Saab, admitió que la polémica legislación contra el odio tenía “un carácter preventivo educativo y disuasivo”.
“La libertad de expresión no es un derecho absoluto, tiene límites. Y en Venezuela hay una legislación que lo regula”, advirtió un funcionario judicial en ejercicio bajo condición del anonimato.
La condena contra la médica ha sido criticada tanto dentro como fuera del país.
“Este caso evidencia que la falta de independencia del sistema de justicia venezolano está profundamente arraigada y que continúa funcionando como parte del aparato represivo del Estado”, denunció a BBC Mundo la relatora para Venezuela de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Gloria De Mees.
Tras afirmar que la Ley contra el Odio “restringe severamente el derecho a la libertad de expresión en Venezuela y genera un fuerte efecto inhibidor, incompatible con una sociedad democrática”, De Mees aseguró a BBC Mundo que “la aplicación de esta ley en casos como el descrito confirma el clima de miedo y autocensura” reinante en el país y “desalienta cualquier forma de disidencia, incluso más allá de las fronteras de Venezuela”.
Por su parte, juristas venezolanos han puesto en duda el fundamento jurídico de la sentencia contra la doctora Orozco.
“Para que se dé el delito de incitación al odio el mensaje ha debido provocar una expresión de odio por parte de un individuo contra otro. ¿A quién incitó ella? La doctora lo que hizo fue expresar su propio sufrimiento”, explicó a BBC Mundo el penalista Zair Mundaray.
Tampoco consideró correcto la aplicación de los delitos de traición y conspiración.
“La conspiración implica intentar modificar la forma republicana, pero ¿qué acción concreta llevó a cabo la doctora para acabar con la democracia y las instituciones? Y el delito de traición habla de unirse con naciones o enemigos extranjeros, pero aquí no se ha informado que ella se haya aliado con nadie”, agregó.
“Con este tipo de sentencias el gobierno quiere quitarnos el derecho a pataleo (protesta), afirmó el hijo de la condenada, quien reiteró que su mamá jamás ha participado en actividades políticas de ninguna naturaleza.
Haz clic aquí para leer más historias de BBC News Mundo.
Suscríbete aquí a nuestro nuevo newsletter para recibir cada viernes una selección de nuestro mejor contenido de la semana.
Y recuerda que puedes recibir notificaciones en nuestra app. Descarga la última versión y actívalas.