El Instituto Nacional de Migración (INM) mantuvo retenidos a una madre y a sus tres hijos de 7, 9 y 11 años de edad durante 10 días en condiciones inhumanas en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, procedentes de China, luego de negarles su derecho a solicitar asilo
Durante ese periodo, además, se negó dos veces a acatar la resolución de un juez que ordenó su liberación el 14 de noviembre con una subsecuente ratificación el pasado jueves 21. Aun cuando el Instituto para las Mujeres en la Migración (Imumi) acudió con dichos documentos en mano la noche del pasado viernes a la terminal aérea, el INM había decidido interponer un nuevo recurso para oponerse a la orden del juez y solo hasta este sábado alrededor de las 10 de la noche, inesperadamente decidió liberarles.
Todo inició cuando el 13 de noviembre el papá de los niños, solicitante de asilo que radica en Estados Unidos, se comunicó con el Imumi para pedir ayuda jurídica, tras enterarse de que su familia había aterrizado a las 3 de la madrugada de ese día y por la tarde aún no había salido de ahí. Su esposa se había comunicado con él para decirle que no les dejarían entrar a México.
Aunque resultaba sumamente complicado lograr frenar el rechazo aéreo –porque la retención de familias extranjeras por días en aeropuertos es una práctica habitual del INM–, la organización promovió un amparo y logró una resolución muy positiva del juez, que respaldó el argumento de que el Poder Judicial debía proteger prioritariamente a los niños y a la madre frente a cualquiera de las figuras aplicables por el INM.
“Los jueces no compran el argumento así normalmente, pero en esta ocasión sí; el juez dijo ‘efectivamente, la familia no debe abandonar bajo ninguna figura el territorio mexicano hasta que se determine cuál es la situación”, relata en entrevista Lorena Cano, abogada del Imumi, quien resume que la demanda de amparo fue admitida el mismo 13 y notificada al día siguiente.
Sin embargo, cuando la demanda llegó al INM, se detuvo la deportación, pero la propia dependencia federal promovió un recurso de queja en contra de la determinación judicial, lo que paralizó la situación y terminó por alargar la estancia para la familia en el aeropuerto en condiciones poco ideales.
La misma Cano describe que aunque el Instituto argumenta que no son estaciones migratorias, y las llama “segunda revisión”, son habitaciones similares a una sala de espera, de tamaño mediano, pero solamente con una puerta y custodiados totalmente por policías auxiliares con bancas de lámina y literas al fondo con colchonetas y cobijas sucias.
“Ahí todo el tiempo les ponen aire acondicionado súper potente, esto ya lo hemos sabido en otros casos, no apagan las luces prácticamente nunca; todo esto son condiciones torturantes, de acuerdo a la legislación internacional, y además en México y a nivel interamericano está prohibida la detención migratoria para niñez”, subraya la abogada.
No es la primera vez que el INM reproduce estas prácticas en aeropuertos de México. Animal Político ha documentado ampliamente diversos casos de devoluciones arbitrarias y detenciones durante días, en condiciones de incomunicación e insalubridad. Además, en esta nota se dio cuenta del incremento de estas acciones.
Luego de la primera orden del juez y la consecuente queja del INM, el juzgador volvió a publicar el jueves 21 de noviembre la ratificación de un acuerdo en el que reiteró la orden al Instituto de liberar a la familia y les giró medidas de apremio, una especie de advertencia antes de proceder a multarlos.
“En el acuerdo también les dijo que recordaran que desacatar una orden judicial puede implicar arresto e inhabilitación de los servidores públicos, entonces a mí me parece que el juez actuó de muy buena manera, y por el otro lado, la familia cumplió 10 días, y son niños chiquitos. Ellos no querían regresar, ser devueltos, pero ya estaban desesperados”, señala.
La familia, subraya, no había podido solicitar asilo porque la detención se los impidió, contrario a lo que establece la legislación mexicana. La noche del viernes el Imumi acudió directamente al aeropuerto a cuestionar por qué no había sido liberada, si el juez ya lo había requerido dos veces. Los funcionarios se negaron de nuevo bajo el argumento de que estaban en proceso de contestar nuevamente a la orden del juez.
Incluso, habían advertido que la familia permanecería en el AICM todo el fin de semana, pero luego decidieron liberarlos el sábado por la noche. Aunque la Procuraduría Federal de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes ya estaba enterada del caso, e incluso se ingresó también una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, nadie podía hacer nada hasta que Migración tomara la decisión, “arbitraria como siempre –remarca Cano–”, de liberarlos.
La queja ante la CNDH, que sigue en proceso, se derivó de que la madre de los niños pudo comentarle al papá que uno de sus hijos tenía úlceras aftosas en la boca, y al pedir apoyo al personal de Migración, se lo negaron bajo el argumento de que no había médicos ahí, ni era posible comprar medicamentos. “Eso es parte de la estrategia torturante del Instituto Nacional de Migración para que las personas desistan de sus procesos”, reclama Cano.
Desde un principio –remarca– los niños debían haber estado bajo custodia de la procuraduría federal de protección a la niñez, canalizados al DIF a un centro de asistencia, para que de manera digna esperaran su resolución, proceso administrativo o solicitud de asilo.
El viernes por la noche, ante la segunda negativa del INM, el Imumi también envió una comunicación urgente al grupo de trabajo sobre detenciones arbitrarias de la ONU, para explorar si las medidas internacionales podían destrabar el caso, pues al parecer, toda estrategia jurídica nacional era insuficiente para el Instituto. Sin embargo, de haber retenido a la familia hasta el lunes, la dependencia enfrentaba una posible multa por no cumplir en tiempo las órdenes del juez.
La abogada reitera que tanto la Ley de Migración como la Ley sobre refugiados, protección complementaria y asilo político vigentes en México establecen el derecho de todas las personas a solicitar y recibir el asilo, así como la prohibición a las autoridades de devolver o expulsar a cualquier persona que muestre intenciones de solicitar asilo en frontera.
Ante la insistencia del INM de operar de la misma manera con las segundas revisiones en aeropuertos, Cano apunta la urgencia, con la administración que empieza, de depurar a su personal corrupto, pues también han tenido conocimiento de que piden dinero para autorizar la entrada, condicionando rechazos arbitrarios.
“La otra cuestión importante es el actuar arbitrario. El Instituto Nacional de Migración tiene basta regulación, lineamientos, protocolos; todo eso debería seguirse al pie de la letra y no nada más tomar decisiones aleatorias o arbitrarias que perjudican gravemente los derechos de las personas. Si no hay corrupción y si se disminuye sustancialmente el actuar arbitrario, las cosas serían totalmente distintas”, señala Cano.
Pese a que el INM siempre argumenta –añade– que estos casos se deben a alertas migratorias o posibles casos de tráfico, en ninguno de los que ha litigado el Imumi se ha demostrado ningún antecedente penal, intención delictiva o amenaza a la seguridad nacional, sino que por el contrario, se ha tratado de rechazos arbitrarios.
La pareja gobernante se convertiría en “coordinadora” de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial.
El presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, ordenó este miércoles una amplia reforma de la Constitución de su país que le otorgaría a él y a su esposa, Rosario Murillo, el poder absoluto sobre los tres poderes del Estado.
El ejecutivo de Ortega presentó la propuesta de “Ley de protección de los nicaragüenses ante sanciones y agresiones externas” a la Asamblea Nacional para que la tramite con carácter urgente, informaron medios locales y agencias.
Con la reforma, Rosario Murillo, que es la vicepresidenta del país, pasaría a ser “copresidenta”, una nueva figura que se incorpora a la carta magna.
Según la reforma, la pareja gobernante se convertiría en “coordinadora” de los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, que hasta ahora la Constitución reconocía como independientes.
El presidente de la Asamblea Nacional, Gustavo Porras, adelantó que la ley será aprobada en los próximos días, previsiblemente este mismo viernes.
La reforma afectará a más de 100 artículos de la actual Constitución que el gobierno de Ortega ya ha enmendado en 12 ocasiones desde 2007, incluida una que le permitió ser reelegido de forma indefinida en el cargo.
Otra de las enmiendas propuestas permitirá cesar de su cargo a los funcionarios públicos que disientan de los “principios fundamentales” del régimen, una práctica que ya se venía dando de forma no oficial, según denuncian organizaciones.
La reforma también limitará aún más la libertad de expresión a cuando esta “no transgreda el derecho de otra persona, de la comunidad y los principios de seguridad, paz y bienestar establecidos en la Constitución”.
Además, la bandera del Frente Sandinista de Liberación Nacional (FSLN), el partido de Ortega que gobierna el país, se oficializa como símbolo patrio junto a la bandera nicaragüense azul y blanca, el himno y el escudo nacional.
Se espera que la reforma constitucional tenga el visto bueno de la Asamblea Nacional, donde 75 de los 91 diputados son del FSLN y el resto no suelen oponerse a las iniciativas que allí se presentan.
Ortega, de 79 años, eliminó los límites que la Constitución establecía para el mandato de un presidente, lo que le ha permitido renovar su cargo varias veces desde 2007 en procesos electorales considerados fraudulentos por varios países y organizaciones internacionales.
Su esposa, Rosario Murillo, gobierna junto a él como vicepresidenta de Nicaragua desde el año 2017.
Ambos renovaron sus cargos tras las elecciones de 2021, que se celebraron con los principales candidatos de la oposición suspendidos y encarcelados, y fueron consideradas un fraude por gran parte de occidente y organizaciones internacionales.
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