La presidenta Claudia Sheinbaum propuso al Congreso de la Unión eliminar la facultad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de velar por la autonomía del Poder Judicial de la Federación (PJF) y por la independencia de sus integrantes.
La propuesta de Sheinbaum modifica el artículo 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación para suprimir esas facultades que tiene el Pleno de la Corte al eliminar el fragmento “velará en todo momento por la autonomía de los órganos del Poder Judicial de la Federación y por la independencia de sus integrantes”. En su lugar propone en el artículo 70 que dicha facultad corresponda al Órgano de Administración Judicial.
Presidencia envió al Senado tres nuevas leyes secundarias de la reforma judicial, entre las que se encuentran modificaciones a la mencionada Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley de Carrera Judicial y cambios a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
La iniciativa de la Ley Orgánica establece también las facultades que tendrán los órganos del PJF, entre ellos los nuevos órganos de administración y disciplina judicial.
Durante la conferencia de prensa matutina de este miércoles, Ernestina Godoy, consejera jurídica de la Presidencia, señaló que de esta manera preparan el terreno para que la reforma judicial pueda operar a partir del próximo año, tras la elección de personas juzgadoras.
La titular del Ejecutivo Federal no sólo propone eliminar la facultad de la Corte para velar por la autonomía e independencia judicial, sino que además plantea borrar la facultad para que la Suprema Corte revise la constitucionalidad de la reforma judicial mediante las diversas consultas a trámite que se han abierto al interior del Máximo Tribunal del país.
Esto debido a que también quitó la fracción XVII del artículo 11 de la Ley Orgánica, que establece que es facultad del Pleno “conocer y dirimir cualquier controversia que surja entre las Salas de la Suprema Corte y las que se susciten dentro del Poder Judicial con motivo de la interpretación y la aplicación de los artículos 94, 97, 100 y 101 de la Constitución”.
Al agregar aspectos nuevos sobre la “integración y funcionamiento” del nuevo Órgano de Administración Judicial, la presidenta Claudia Sheinbaum estableció que este organismo contará con atribuciones para tener bajo su cargo “la administración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación, y velará por su buen funcionamiento, autonomía, independencia, imparcialidad y legitimidad”.
No obstante, la reforma no especifica bajo qué procedimientos podrían realizar estas funciones las cinco personas que integrarán este nuevo órgano y que serán elegidas por voto popular durante las elecciones de juzgadores programadas para junio de 2025.
Desde septiembre, que fue aprobada la reforma judicial por el Congreso y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), juzgadores y magistrados interpusieron ante la Suprema Corte diversos recursos para solicitarle revisar la reforma judicial, sobre todo al considerar, precisamente, que podía ejercer la facultad prevista en el artículo 11 de la Ley Orgánica.
De esta manera, la ministra Norma Piña, presidenta de la Suprema Corte, comenzó a abrir diversas consultas a trámite para analizar la procedencia y constitucionalidad de la reforma judicial, en particular porque extingue la llamada “carrera judicial” y destituye a todas las personas juezas, magistradas y ministras del país.
De acuerdo con la Corte, en caso de que no exista un procedimiento claramente definido para atender algún asunto que ingrese a la Corte, la persona presidenta del Máximo Tribunal designa a un ministro o ministra para que analice y proponga al Pleno el trámite o procedimiento que deba seguir.
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En total, la Corte recibió nueve consultas que fueron divididas entre el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá (1) y las ministras Yasmín Esquivel Mossa (5) y Lenia Batres Guadarrama (3).
Finalmente, el 3 de octubre de 2024, por mayoría de ocho votos a favor y tres en contra, el Pleno de la Corte determinó que sí puede analizar la reforma judicial, luego de admitir la procedencia de una de las diversas consultas a trámite elaboradas por jueces y magistrados federales y cuyo proyecto elaboró la ponencia del ministro González Alcántara Carrancá, razón por la cual aún queda un recurso en trámite sobre la reforma judicial, pendiente por resolverse al interior de la Corte.
Mientras que días después, las propuestas de las ministras Esquivel y Batres, que no admitían sus consultas, fueron rechazadas por las y los integrantes del Pleno.
Otra de las modificaciones realizadas a la Ley Orgánica del Poder Judicial tiene que ver con la atribución del Pleno de aprobar el proyecto de presupuesto anual de egresos de la Suprema Corte.
En su lugar, la presidenta Sheinbaum plantea que se someta a consideración del Pleno solo el anteproyecto de presupuesto de la Corte, a efecto de que una vez aprobado, lo proponga al presidente o presidenta del Órgano de Administración Judicial, para su inclusión final en el Proyecto de Presupuesto del Poder Judicial.
El pasado 24 de octubre, el Pleno de la Corte aprobó por mayoría de votos el proyecto de presupuesto 2025 por cinco mil 922.9 millones de pesos, lo que representó una disminución del 1.4%, en términos reales, respecto al que la Cámara de Diputados aprobó para este 2024, año en el que el Congreso hizo el recorte más grande de, por lo menos, los últimos 10 años.
La propuesta de ley delimita el proceso de transición entre la estructura actual del Poder Judicial y la contemplada tras la reforma constitucional.
La ley propone la creación de una Comisión de Transición, encargada de auxiliar al Consejo de la Judicatura Federal en la transferencia de los recursos a los distintos órganos y áreas.
Las personas que integren esta comisión serán la ministra presidenta de la Corte, Norma Piña; una persona magistrada de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación —electa por mayoría sus integrantes—; una persona electa por la presidenta Claudia Sheinbaum; una consejera decana elegida por el Senado y una más electa por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En los artículos transitorios, la ley señala que mientras se instala el Comité de Disciplina Judicial, el Consejo de la Judicatura Federal continuará ejerciendo las facultades y atribuciones de administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial, con excepción de la SCJN y el TEPJF.
También, señala que las remuneraciones de las personas integrantes del Poder Judicial que permanezcan en sus plazas durante el año 2025 se deberán ajustar al tabulador derivado del salario de la presidenta de la República. Y en dado caso que surjan nuevas vacantes en las plazas ocupadas por personas magistradas en los plenos regionales, éstas serán ocupadas por las personas que hayan obtenido el segundo lugar de la votación que corresponda, según el año de su elección.
El Tribunal de Disciplina Judicial recibirá los recursos humanos y materiales de las áreas que ejercen funciones de disciplina y control interno de la SCJN, el Consejo de la Judicatura Federal y del TEPJF.
La ley establece que serán respetados los derechos laborales del personal administrativo que sea readscrito del Consejo de la Judicatura Federal al Tribunal de Disciplina Judicial.
Las áreas que ejercen funciones de administración y de carrera judicial entregarán sus recursos al Órgano de Administración Judicial, tanto de la Corte como el Consejo de la Judicatura Federal y del TEPJF.
La reforma de ley también establece que con la extinción de la Escuela Judicial Electoral, sus recursos materiales, humanos, financieros y presupuestales serán transferidos al Órgano de Administración Judicial, que determinará la readscripción del personal en otras áreas y órganos auxiliares del propio órgano.
Ese órgano, según señala la propuesta, privilegiará que las personas con experiencia en formación, capacitación, investigación y actualización continúen desarrollando funciones homólogas en la Escuela Nacional de Formación Judicial.
Esta propuesta de ley abroga lo establecido en la versión de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación publicada el 7 de junio de 2021.