En el último día del periodo ordinario, el Senado avaló una reforma a la Ley de Armas de Fuego y Explosivos que permite a algunos funcionarios, trabajadores de seguridad privada, ejidatarios y comuneros portar estos instrumentos.
Con 105 votos, el pleno de la Cámara Alta aprobó reformar más de cien artículos de la ley con el fin de reforzar la regulación sobre uso de armas. El dictamen fue turnado al Ejecutivo federal para su trámite correspondiente.
La presidenta de la Comisión de Defensa Nacional, Ana Lilia Rivera Rivera, señaló que dictamen no tiene como fin criminalizar a quienes poseen armas conforme a derecho, pues lo que busca es “cerrar espacios de impunidad para quienes abusan de él y fortalecen las cadenas de violencia” en el país.
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En ese sentido, la senadora de Morena indicó que con las modificaciones, la Secretaría de la Defensa Nacional se encargará del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.
Los cambios a la reforma contemplan las reglas para la posesión, portación comercio y transporte de armas y también prohíbe el envío de estos instrumentos mediante servicios de paquetería.
Establece reglas para deportistas de tiro y cacería, ejidatarios, comuneros y jornaleros, “con la diferenciación de las autoridades de acuerdo con el tipo de armamento y actividad”.
Asimismo, “incluye la reorganización de competencias entre autoridades federales estatales y municipales, con lo que mejorará la coordinación interinstitucional para el control, vigilancia y registro de armas y explosivos”, señaló el Senado en un comunicado.
La Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos ya contempla que ejidatarios y comuneros se pueden armar para defenderse del crimen organizado. Por ello, la semana pasada, la Cámara de Diputados reforzó el marco legal para tener un mayor control de este tema y para garantizar a las personas la posibilidad de su legítima defensa.
Los ejidatarios, comuneros y jornaleros del campo podrán acceder a armas de fuego siempre y cuando acrediten su calidad de persona ante una autoridad agraria.
Utilizarán ciertos tipos de armas con su respectiva manifestación de registro, entre las que se encuentran el rifle calibre .22’’, pistolas semiautomáticas de calibre no superior al .380’’ y sus equivalentes 9×17 mm, 9 mm o 9 mm Kurz.
En el caso de los militares, señala que está prohibido que porten armas de su propiedad para prestar sus servicios con particulares sin la autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional o de la Marina.
Respecto a las empresas de seguridad privada, prohíbe el uso de armas cuya licencia particular colectiva haya sido cancelada.
Fortalecer el marco legal en este tema fue una propuesta el expresidente Andrés Manuel López Obrador, quien antes de terminar su mandato envió el Congreso una iniciativa para reformar la ley. Esta fue arropada por Morena desde el primer momento.
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