El gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma de supremacía constitucional, con la cual los cambios que el Congreso haga a la Constitución ya no podrán ser impugnados en ningún juzgado ni en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
El decreto de reforma fue publicado la noche del jueves tras ser aprobado en tiempo récord en el Congreso de la Unión y en más de 17 congresos locales. Entrará en vigor un día después de su publicación, es decir, este 1 de noviembre.
La reforma en materia de inimpugnabilidad, también conocida como de supremacía constitucional, incluye la siguiente adición al artículo 105 constitucional: “Son improcedentes las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto controvertir las adiciones o reformas a esta Constitución”.
De igual forma, incluye una modificación al artículo 107 constitucional, donde se establece que:
“Las sentencias que se pronuncien en los juicios de amparo sólo se ocuparán de personas quejosas que lo hubieren solicitado, limitándose a ampararlas y protegerlas, si procediere, en el caso especial sobre el que verse la demanda. Tratándose de juicios de amparo que resuelvan la inconstitucionalidad de normas generales, en ningún caso las sentencias que se dicten fijarán efectos generales. No procederá el juicio de amparo contra adiciones o reformas a esta Constitución”.
De esta manera, la reforma impide que la SCJN pueda declarar inválidas las modificaciones a la Constitución en sus resoluciones de controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad. También las blinda contra los juicios de amparo.
Esto ocurre a tan sólo cinco días de que el Pleno de la Suprema Corte discuta el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá sobre las acciones de inconstitucionalidad que impugnan la reforma al Poder Judicial.
El proyecto a discusión propone avalar aspectos clave de la reforma judicial, como la elección de ministros, la extinción de los fideicomisos y la creación del Tribunal de Disciplina Judicial, pero anula la elección de jueces y magistrados, y la figura de los llamados “jueces sin rostro”.
Los integrantes de Morena en el Congreso federal y las legislaturas estatales metieron el acelerador para aprobar la reforma de supremacía constitucional, y que de esa forma la Suprema Corte no pueda invalidar la reforma judicial que entró en vigor el pasado mes de septiembre.
La reforma fue aprobada alrededor de las 21:00 horas del miércoles 31 de octubre en la Cámara de Diputados. En menos de una hora después, ya había sido aprobada en el Congreso de Zacatecas y luego otras 22 legislaturas locales hicieron lo mismo, logrando cumplir con el requisito de ser aprobada en más de la mitad de los congresos estatales en menos de 24 horas.
La declaratoria de constitucionalidad se llevó a cabo el jueves por la tarde a pesar de la ausencia de los partidos de oposición, quienes no se dieron cita en la Cámara de Diputados al estar inconformes con la forma en la que se aprobaron estos cambios. Incluso Movimiento Ciudadano interpuso un juicio de amparo en contra de la aprobación.
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Mientras que el pleno del Senado realizó el trámite sin la presencia del PAN ni de Movimiento Ciudadano y en medio de protestas de integrantes del PRI que pedían la palabra.
Tras la declaratoria, el presidente del Senado, Gerardo Fernández Noroña, instruyó a la dirección jurídica para que, una vez promulgada la reforma en el Diario Oficial de la Federación, solicite a la Suprema Corte el sobreseimiento de toda controversia en acción de constitucionalidad y juicios de amparo que se tramiten en contra de la reforma al Poder Judicial y en contra de cualquier otra reforma a la Constitución.