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Prisión preventiva oficiosa debería eliminarse al ser “una detención arbitraria”, dice ONU-DH; entra en vigor ampliación en México
Prisión preventiva oficiosa debería eliminarse al ser “una detención arbitraria”, dice ONU-DH; entra en vigor ampliación en México
Foto: Cuartoscuro/Archivo
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Prisión preventiva oficiosa debería eliminarse al ser “una detención arbitraria”, dice ONU-DH; entra en vigor ampliación en México

La prisión preventiva oficiosa "debería eliminarse" pues contraviene derechos humanos y mecanismos internacionales consideran que es una "detención arbitraria", dijo ONU-Derechos Humanos en México luego de la publicación en el DOF de la reforma que aumenta el número de delitos que ameritan esa medida.
01 de enero, 2025
Por: Redacción Animal Político

La figura de prisión preventiva oficiosa “debería eliminarse” pues contraviene derechos humanos y mecanismos internacionales consideran que es una “detención arbitraria”, dijo este miércoles la representación en Méxco de ONU-Derechos Humanos luego de la publicación ayer en el país de la reforma constitucional aprobada en noviembre pasado que aumenta el número de delitos que ameritan esa medida cautelar.

“Ante la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la reforma sobre Prisión Preventiva Oficiosa, reafirmamos que esta figura contraviene Derechos Humanos. La Prisión Preventiva Oficiosa, lejos de expandirse y endurecerse, debería eliminarse. Según mecanismos internacionales, es una detención arbitraria”, publicó este miércoles la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-México) en su cuenta de X.

En su mensaje de este miércoles, ONU-México recordó las palabras del alto comisionado Volker Turk expresadas en diciembre pasado sobre que debe haber un alejamiento de las políticas de encarcelamiento.

Lee | Prisión preventiva oficiosa sí implica encarcelar gente sin probar que sea culpable, contrario a lo dicho por Sheinbaum

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Foto: Cuartoscuro/Archivo

 

“Nunca pensamos que sea la respuesta en este tipo de circunstancias. Esto ha sido una preocupación no sólo en México (…). Necesitamos casi lo contrario, debemos alejarnos de las políticas de encarcelamiento”, declaró Volker Turk el 9 de diciembre pasado.

ONU-México mencionó este miércoles en su publicación en redes sociales que la figura de la prisión preventiva oficiosa atenta contra la presunción de inocencia, al debido proceso, al derecho de la integridad y a la libertad personal.

Además, afecta la independencia judicial, la persecusión eficaz de los delitos, el derecho a fundar y motivar la medida privativa de la libertad. También, agregó, atenta contra el derecho a la revisión judicial y al enfoque de derechos humanos en la seguridad pública.

Lee más | Senado concreta prisión preventiva “automática” por usar facturas falsas, extorsión y delitos relacionados con fentanilo

De acuerdo con cifras oficiales, hasta junio más de 38 mil 500 personas se encontraban encarceladas sin sentencia en México, sin certeza de que sean culpables o inocentes, por la aplicación de la prisión preventiva oficiosa.

Publican en el DOF la reforma constitucional sobre prisión preventiva oficiosa en México

En México, la presidenta Claudia Sheinbaum publicó el 31 de diciembre de 2024 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que contiene la reforma al artículo 19 de la Constitución sobre la prisión preventiva oficiosa.

Dicha reforma contempla la ampliación del catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa o “automática” y entró en vigor este 1 de enero de 2025 tras su publicación.

La prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar impuesta en la primera etapa del proceso penal, que implica el encarcelamiento automático para personas señaladas ante el ministerio público de cometer algún delito contenido en el artículo 19 constitucional.

Una persona a la que se le aplique esta medida no ha sido declarada culpable, aún no hay pruebas contundentes contra ella ni se confirma que representa un riesgo. Sin embargo, tendrá que continuar todo su proceso en prisión.

Ahora, con esta reforma al artículo 19 de la Constitución, se añadió que quien sea acusado de usar facturas falsas, de extorsión o delitos relacionados con el fentanilo, se les impondrá la medida de prisión preventiva oficiosa.

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Foto: Cuartoscuro/Archivo

 

“El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”, se lee en el decreto publicado en el DOF.

Ahora el Congreso de la Unión tendrá hasta 180 días a partir de este 1 de enero para armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias con el contenido de este decreto.

Mientras que las legislaturas de los estados del país deben realizar las adecuaciones normativas necesarias para cumplir con lo previsto en el decreto, dentro de los trescientos sesenta y cinco días naturales siguientes a la publicación.

Catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa en México

Con las reforma al artículo 19 de la Constitución, el catálogo de delitos que ameritan la medida de prisión preventiva oficiosa quedó de la siguiente manera:

  • Casos de abuso o violencia sexual contra menores. 
  • Delincuencia organizada.
  • Extorsión.
  • Delitos previstos en las leyes aplicables cometidos para la ilegal introducción y desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales, drogas sintéticas, fentanilo y derivados.
  • Homicidio doloso.
  • Feminicidio.
  • Violación.
  • Secuestro.
  • Trata de personas.
  • Robo de casa habitación.
  • Uso de programas sociales con fines electorales.
  • Corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones.
  • Robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades.
  • Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos.
  • Delitos en materia de desaparición forzada de personas desaparición cometida por particulares.
  • Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.
  • Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
  • Delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, de la salud, del libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales, en los términos fijados por la ley.

Prisión preventiva oficiosa en México

La prisión preventiva oficiosa se ha utilizado desde hace tres lustros en México, por gobiernos que se han señalado como opuestos. La primera reforma para aplicar este recurso ocurrió bajo el gobierno del panista Felipe Calderón en 2008. La lista de delitos aumentó al final de esa administración en 2011 y creció aún más al inicio del sexenio de López Obrador, en 2019.

Así, la primera reforma contempló delitos graves como delincuencia organizada, violación, secuestro, delitos cometidos de forma violenta como armas y explosivos, así como delitos graves contra la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud. En 2011 fue agregado el delito de trata de personas.

En la reforma de 2019, los legisladores agregaron los delitos de abuso o violencia sexual contra menores; robo a casa habitación; uso de programas sociales con fines electorales; corrupción, feminicidio; tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones; robo al transporte de carga; delitos relacionados con hidrocarburos; desaparición forzada de personas y cometida por particulares; delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

Suman delitos al artículo sobre prisión preventiva oficiosa

Con la reforma que entró en vigor este 1 de enero de 2025, a la lista de delitos se suman la extorsión; delitos relacionados con el fentanilo y drogas sintéticas; así como aquellos que atenten en contra de la salud, del libre desarrollo de la personalidad, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.

Esta reforma pertenece a la veintena de propuestas realizadas por el expresidente Andrés Manuel López Obrador en febrero pasado, a la que el Congreso le hizo ajustes en su revisión. El dictamen llegó al Senado desde la Cámara de Diputados con tres cambios: la exclusión del narcomenudeo y la defraudación fiscal de la lista de delitos meritorios de prisión preventiva oficiosa.

Y con la inclusión de los delitos relacionados con el fentanilo y las drogas sintéticas: introducción, desvío, producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transportación, almacenamiento y distribución de precursores químicos y sustancias químicas esenciales.

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Etiquetas:
Congreso
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