Para entender mejor
La ministra Lenia Batres Guadarrama, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pedirá mañana al Pleno del Máximo Tribunal del país la destitución inmediata de todos los integrantes del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación por suspender su participación en la elección judicial.
La petición de remover a todos los miembros del Comité será presentada por la ministra Batres en la sesión privada del Pleno de la Corte de este jueves 9 de enero, misma que fue convocada con el propósito de informar a los ministros de la decisión de suspender el proceso de selección de candidatos por parte del Comité.
A través de una tarjeta informativa, la ministra Batres señaló que su solicitud será porque, a su consideración, los integrantes del Comité “se excedieron en sus facultades al suspender el proceso de selección de candidatos para la próxima elección judicial”, decisión que fue tomada “de manera unilateral por sus integrantes”.
“Esta decisión carece de sustento jurídico pues de acuerdo con el artículo 96, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el 33 del Acuerdo General Plenario 4/2024 de la SCJN; y el artículo 6, del Acuerdo General Plenario 4/2024 el Comité de Evaluación cuenta con funciones limitadas a cuestiones técnicas, internas y administrativas”, señaló.
El posicionamiento de la ministra ocurre luego de que este martes el Comité de Evaluación del Poder Judicial suspendió su participación en la elección de jueces, magistrados y ministros, luego de que un juez concedió una suspensión definitiva contra la reforma judicial.
Ahora, al asegurar que dicho Comité no podía tomar “decisiones unilaterales”, pues quien formula las propuestas de candidatos es la SCJN y no el Comité de Evaluación, la ministra aseguró que además era inviable otorgar una suspensión cuando el artículo 61, fracción II de la Ley de Amparo, señala que el juicio de amparo es improcedente en contra de actos de la Suprema Corte.
“Por tanto, el Comité no era autoridad para efectos del amparo y no tiene representación jurídica para tomar la decisión de suspender el proceso, pues su función es meramente técnica y subordinada a la SCJN”, señaló.
Desde el pasado 1 de noviembre de 2024, el juez Sergio Santamaría Chamú, titular del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Morelia, Michoacán, concedió una suspensión provisional para prevenir el “cese masivo” de personas juzgadoras del país, a favor de la Jufed.
De acuerdo con la asociación, el amparo tenía como finalidad “salvaguardar la estabilidad laboral de las personas juzgadoras, previniendo cualquier cese masivo que pudiera afectar negativamente nuestras carreras”, en particular de los más de mil 550 jueces y magistrados federales que integran a la Jufed, así como a “la impartición de justicia en México”.
Días después, mediante resolución del 14 de noviembre de 2024, el juez Santamaría otorgó la suspensión definitiva a la Jufed, a fin de “impedir los efectos y consecuencias” de la reforma judicial y cualquier acto que tuviera por objeto “cesar o remover a las personas juzgadoras integrantes de la asociación”.
Pero el 20 de diciembre jueces y magistrados federales solicitaron que los Comités de Evaluación del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, encargados de llevar a cabo la selección de candidatos para la elección de juzgadores en 2025, sean vinculados a cumplir la suspensión definitiva concedida en contra de la reforma judicial.
Al presentar una ampliación de la demanda de amparo 1074/2024, la jueza Juana Fuentes Velázquez, directora de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (Jufed), argumentó que, al no haber sido revocada ni modificada, esta suspensión debe ser cumplida no sólo por las autoridades demandas sino también a las autoridades vinculadas a su cumplimiento.
Ese mismo día, el juez determinó que los integrantes de los Comités de Evaluación fueran vinculados a cumplir con la suspensión definitiva, que les fue notificada al Comité de Evaluación del Poder Judicial recién este fin de semana.
Te podría interesar: Elección judicial 2025: abogados afines a Morena buscan candidatura para llegar al Tribunal Electoral
Sin embargo, de acuerdo con la ministra Batres, el Juzgado Primero de Distrito, con residencia en Michoacán, debió notificar a la presidencia de la SCJN, que a su vez tendría que haber consultado al Pleno de ministros sobre la viabilidad jurídica de la suspensión, dado que la reforma constitucional faculta a dicho pleno para presentar las candidaturas que podrán postularse, a nombre del Poder Judicial.
“Es preciso recordar que solo pueden ser objeto de juicio de amparo las autoridades, que en este caso es el Pleno de la SCJN; mientras que el Comité solo tiene una función honorífica, técnica y auxiliar en la selección de los candidatos que contenderán en la elección judicial”, señaló.
Por su parte, los Comités de Evaluación del Poder Ejecutivo y Legislativo informaron que seguirán con la elección de personas juzgadoras e incluso que los aspirantes inscritos en el Comité del Poder Judicial podrían ser evaluados por los otro de los dos Comités.