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INE prohíbe a candidatos de elección judicial contratar espectaculares y bardas para promoverse
INE prohíbe a candidatos de elección judicial contratar espectaculares y bardas para promoverse
Foto: Cuartoscuro/Archivo
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INE prohíbe a candidatos de elección judicial contratar espectaculares y bardas para promoverse

En la elección judicial queda prohibo contratar tiempos de radio y televisión para la promoción de candidatos a personas juzgadoras, determinó el INE al aprobar los Lineamientos de Fiscalización.
30 de enero, 2025
Por: Redacción Animal Político

Los candidatos y candidatas a alguno de los 881 cargos a votar en la elección judicial no podrán contratar espectaculares o bardas ni pautar publicidad en redes sociales para promoverse, determinó este jueves el Instituto Nacional Electoral (INE).

El Consejo General del INE avaló los Lineamientos para la Fiscalización de los Procesos Electorales del Poder Judicial Federal y Locales en su sesión de este jueves.

Dichos Lineamientos recogen en su capítulo 3 “las actividades no permitidas” para los candidatos y candidatas.

“Se prohíbe la contratación y/o adquisición en territorio nacional o fuera de él, por sí o por interpósita persona, de tiempos de radio y televisión para la promoción de las personas candidatas a juzgadoras, así como de espacios publicitarios y de promoción personal en medios de comunicación impresos o digitales, anuncios espectaculares y bardas en la vía pública, vallas, parabuses, entre otros”, de acuerdo con el artículo 37 de estos Lineamientos.

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elección judicial candidatos espectaculares
Foto: Cuartoscuro/Archivo

 

Partidos políticos deben abstenerse de participar en elección judicial

Además, si se identifica que una candidatura da a conocer resultados de conteos o encuestas antes que un medio de comunicación a la ciudadanía, será considerado como gasto no reportado, según el artículo 35.

Los partidos políticos deberán abstenerse en todo momento de participar en este proceso de elección judicial.

“No podrán, en ninguna circunstancia, realizar actos de proselitismo, erogar financiamiento público o privado ni posicionarse a favor o en contra de alguna persona candidata a juzgadora”, explica el artículo 34.

 

Lo que sí podrán hacer los candidatos de la elección judicial

Los candidatos y candidatas a un cargo en el Poder Judicial podrán:

  • Gastar durante la campaña en propaganda impresa, producción y/o edición de imágenes, spots y/o promocionales para redes sociales.
  • Cursos de “media training” o entrenamientos de medios

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  • Producción y/o capacitación para la elaboración de contenido en redes sociales y cualquier otro destinado a la campaña judicial.
  • Pasajes terrestres, aéreos o combustible para sus traslados.
  • Hospedaje y alimentos, dentro del ámbito territorial que corresponde a su candidatura.
  • elección judicial candidatos espectaculares
    Foto: Cuartoscuro/Archivo
     
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