Los candidatos y candidatas a alguno de los 881 cargos a votar en la elección judicial no podrán contratar espectaculares o bardas ni pautar publicidad en redes sociales para promoverse, determinó este jueves el Instituto Nacional Electoral (INE).
El Consejo General del INE avaló los Lineamientos para la Fiscalización de los Procesos Electorales del Poder Judicial Federal y Locales en su sesión de este jueves.
Dichos Lineamientos recogen en su capítulo 3 “las actividades no permitidas” para los candidatos y candidatas.
“Se prohíbe la contratación y/o adquisición en territorio nacional o fuera de él, por sí o por interpósita persona, de tiempos de radio y televisión para la promoción de las personas candidatas a juzgadoras, así como de espacios publicitarios y de promoción personal en medios de comunicación impresos o digitales, anuncios espectaculares y bardas en la vía pública, vallas, parabuses, entre otros”, de acuerdo con el artículo 37 de estos Lineamientos.
Además, si se identifica que una candidatura da a conocer resultados de conteos o encuestas antes que un medio de comunicación a la ciudadanía, será considerado como gasto no reportado, según el artículo 35.
Los partidos políticos deberán abstenerse en todo momento de participar en este proceso de elección judicial.
“No podrán, en ninguna circunstancia, realizar actos de proselitismo, erogar financiamiento público o privado ni posicionarse a favor o en contra de alguna persona candidata a juzgadora”, explica el artículo 34.
Los candidatos y candidatas a un cargo en el Poder Judicial podrán:
Lee también | “¿Y a poco de ese tamaño van a ser las boletas?”: Sheinbaum se sensibiliza y ofrece 800 mdp al INE para elección judicial