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Elección judicial deja fuera representación de poblaciones de la diversidad sexual
Elección judicial deja fuera representación de poblaciones de la diversidad sexual
Foto: Cuartoscuro/Archivo
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Elección judicial deja fuera representación de poblaciones de la diversidad sexual

Activistas lamentan la resolución del Tribunal Electoral que rechazó los recursos con que reclamaban acciones para garantizar la representatividad de grupos vulnerables en elección judicial.
26 de noviembre, 2024
Por: Andro Aguilar

La elección judicial no contempla acciones afirmativas a favor de personas y grupos en situación de discriminación, como son poblaciones de la diversidad sexual, personas indígenas, afromexicanas, con discapacidad y personas migrantes. Por ello, activistas emitieron juicios y recursos legales que fueron rechazados este fin de semana por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Las acciones afirmativas son medidas especiales para favorecer a esos grupos de personas con el objetivo de corregir situaciones de desigualdad para el ejercicio de sus derechos.

Organizaciones civiles impusieron 25 juicios y acciones legales en 14 entidades contra el Congreso de la Unión, congresos locales, el Instituto Nacional Electoral (INE) y Presidencia, por la omisión de medidas que impulsen la representatividad de estas poblaciones en la elección judicial. Sin embargo, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que las autoridades no están obligadas a establecer medidas afirmativas para poblaciones LGBT+ en el proceso de elección de personas juzgadoras.

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Foto: Cuartoscuro/Archivo

 

Los activistas advierten que la decisión del TEPJF contradice la jurisprudencia 1/2024 de la propia Sala Superior en materia de medidas afirmativas, aprobada en abril de este año, y que señala como un deber constitucional implementar todas las medidas y acciones necesarias para consolidar la igualdad de derechos políticoelectorales de grupos víctimas de discriminación o en situación de desventaja, entre quienes se encuentran las personas de poblaciones LGBT+.

La resolución ocurrió la noche del viernes 22 de noviembre, con los votos de la magistrada Mónica Soto y los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón, Felipe Fuentes Barrera y Felipe de la Mata Pizaña. 

Sólo la magistrada Janine M. Otálora Malassis votó en contra del proyecto realizado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, que resolvía que no hubo omisión de las autoridades.

La resolución  del Tribunal contrasta con lo establecido en otros procesos para elegir por la vía del voto a personas que ocuparan cargos en el Poder Ejecutivo y el Legislativo. 

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Desechan juicios que pedían acciones afirmativas en elección judicial

En los juicios, que fueron incorporados en un solo expediente, ciudadanos denunciaban al INE de omisión por no emitir lineamientos o acuerdos en materia de acciones afirmativas para poblaciones LGBT+; algo que aún sigue pendiente.

Asimismo, señalan omisiones legislativas por no implementar esas acciones afirmativas en las leyes secundarias y en la convocatoria pública para integrar los listados de las personas aspirantes a un cargo en la elección judicial

Los ciudadanos señalaron que el Senado y la Cámara de Diputados debieron implementar las medidas necesarias para crear una cuota que garantice la postulación de personas de la diversidad sexual para los cargos del Poder Judicial y garantizar sus derechos políticoelectorales.

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En las normas propuestas por la Consejería Jurídica de la Presidencia en su propuesta de reforma a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, las denuncias ciudadanas señalan agravios de violación al derecho a la igualdad y no discriminación, al derecho de acceso a la justicia desde una perspectiva generacional, contradicción con el principio de progresividad de los derechos humanos y omisiones que impactan en la diversidad generacional en la administración de justicia.

Asimismo, en el caso de la Sobre la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral, los agravios señalados por las organizaciones son violación del derecho a la tutela judicial efectiva y al acceso a la justicia; desigualdad ante la ley y violación del principio pro persona; omisión de acciones afirmativas y violación al derecho a la igualdad y no discriminación.

Ambas leyes fueron enviadas por la presidenta Claudia Sheinbaum y aprobadas por el Senado y la Cámara de Diputados. 

Entre los argumentos del proyecto realizado por el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, aprobado por cuatro magistraturas, señalan que la Constitución no contempla algún mandato expreso que establezca acciones afirmativas o medidas de potencialización de derechos de las personas de esos colectivos para la elección de juzgadores federales.

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Otros argumentos expuestos por los magistrados al momento de emitir su voto fueron que a diferencia de los procesos para cargos en el Legislativo y el Ejecutivo, la elección judicial no tiene una lógica de representación; asimismo señalaron que es competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.  

Los juicios y otras acciones judiciales contra esas medidas fueron promovidos en Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Durango, Jalisco, Michoacán, Morelos Nayarit, Oaxaca, Puebla y Sonora.

Ven desconocimiento en Tribunal Electoral sobre acciones afirmativas

Algunas de las organizaciones que impulsaron estos recursos legales son México Igualitario, derribando las barreras, A.C., Tejemos Justicia y Justicia Afirmativa, quienes rechazaron la decisión del Tribunal y acusaron desconocimiento de la propia jurisprudencia electoral por parte de los integrantes de la Sala Superior, además de adoptar una interpretación restrictiva del marco de derechos humanos, ya que no todas las obligaciones Estado se encuentran expresamente establecidas en la Constitución o las leyes.

“Si bien los cargos del Poder Judicial de la Federación no son cargos de representación ciudadana, sí corresponden al derecho de ser votado por la ciudadanía votar y ser votados”, señala en entrevista Honorio Josué Nava, uno de los activistas promotores de los juicios rechazados por el Tribunal.

El activista insiste que utilizaron argumentos que el Tribunal Electoral ya había planteado en resoluciones anteriores. 

“No les estamos planteando una idea nueva de algo que sea del desconocimiento del Tribunal Electoral, sino que utilizamos los argumentos que ellos habían utilizado: defender las acciones afirmativas solamente para solicitar que se homologaran a la elección del poder judicial”.

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El activista sostiene que de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Diversidad Sexual y de Género de 2021, 5 millones de personas mayores de 15 años en México se identificaron como parte de poblaciones LGBT, lo que obliga a tener una representación en el Poder Judicial. 

Ese mismo criterio aplica para personas indígenas y afromexicanas o con discapacidad.

Nava señala que la resolución del Tribunal les dejó sin medios de defensa de derechos humanos en materia electoral. Sin embargo, trabajan para poder impugnar a través de un amparo en la Suprema Corte de Justicia de la Nación y llevar el caso a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, debido a que han identificado violaciones al debido proceso.

Este lunes, el Comité de Evaluación de candidaturas del Poder Ejecutivo informó que 106 personas que buscan una candidatura para la elección judicial se identificaron como no binaries. Los otros dos comités no han precisado esa información.

Si bien la posibilidad de que las personas aspirantes a un cargo judicial puedan identificar su género como persona no binarie representa un avance, el activista advierte que eso no garantiza una representatividad en los cargos judiciales. 

“Nunca habido una persona no binarie en el cargo de ministro o ministra. Nunca habido una persona con discapacidad. No se tiene registro de una persona indígena ocupando el cargo cuando existe la obligación del Estado de garantizar los derechos en situación de igualdad”, señala. 

Nava lamenta que el INE no se ha pronunciado tampoco por las acciones afirmativas ni ha emitido lineamientos al respecto y la resolución del TEPJF estaba en el tiempo preciso, previo a que los Comités de Evaluación de cada Poder de la Nación comiencen a revisar las propuestas de candidaturas en el proceso de selección. 

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Foto: Cuartoscuro

 

Los activistas mantienen comunicación con la presidenta de la Comisión de género y no discriminación del INE, la consejera Claudia Zavala, para ver si a través del Instituto aún pueden emitir las acciones afirmativas. 

“Esperamos que en las próximas semanas nos pueda recibir, para ver si estamos a tiempo, qué podemos hacer o si de verdad tendríamos que esperar a la elección 2027”.

Atribuyen a las prisas decisión del Tribunal electoral sobre acciones afirmativas en elección de juzgadores

—¿A qué atribuye estas resolución?—se le pregunta.

—En términos generales no me atrevería a hacer un señalamiento, sin embargo, hemos visto que por la premura de esta organización de elecciones a lo mejor existe resistencia por parte de las autoridades de hacer cambios a estas propuestas. Sin embargo, no está tomando en cuenta el tribunal que una vez que emite una sentencia en un sentido deja sin recurso adicional a las personas que lo promueven.

“Sería bueno que el Tribunal tomara la batuta como lo había hecho ya en elecciones anteriores, de enfocarse en la defensa del derecho de la persona y no a lo mejor en otras circunstancias ajenas o políticas”, remata.

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