Para entender mejor
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reincorporó a siete aspirantes a la elección judicial, las cuales habían sido rechazadas por el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF).
En sesión, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá votó a favor del sentido de la propuesta y consideró que no hay una disposición legal por la que los aspirantes no puedan suplir la deficiencia de ser solo licenciados en derecho.
“El hecho de que los aspirantes sean licenciados en Derecho, no debe impactar sus derechos al debido proceso y acceso a la justicia. Por lo tanto, me aparto de la conclusión”, declaró el ministro.
Aclaró que debe atenderse la petición del inconforme, pues se debe inaplicar la regla de la convocatoria que fundamenta en el tercero transitorio de la Ley General de Procedimientos Electorales.
“Desde mi punto de vista, este requisito es excesivo, puesto que esa votación es la necesaria para postular las candidaturas al cargo por parte de este pleno, pero no necesariamente para resolver un recurso sobre elegibilidad”, destacó Alcántara Carrancá.
Consideró que sí era procedente que el Comité de Evaluación previniera a los aspirantes.
“Para el caso de las candidaturas a cargos de la elección popular de los partidos políticos independientes la ley dispone: la posibilidad de prevenirlo y al día de hoy, la elección de jueces y magistrados constituye una expresión del derecho fundamental de ser votado en condiciones de igualdad, no advierto una razón para dar un trato diferenciado”, comentó.
En su intervención, la ministra Loretta Ortiz Ahlf, dijo que en los 15 casos que se revisaron, las personas aspirantes señalaron que el Comité debió requerirles la subsanación de deficiencias detectadas en sus solicitudes.
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“Los proyectos bajo análisis concluyen que este requerimiento era innecesario, argumentando que solo aplica a los medios de defensa, se sostiene que ni el acuerdo general plenario 4/2024 ni la convocatoria del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación contemplan esta facultad para los aspirantes”, señaló.
Los aspirantes que serán reintegrados a las listas son:
Paulo Abraham Ordaz Quintero, Juan Carlos Silva Adaya, magistrado de Circuito; Juan de Jesús Alvarado Sánchez, exmagistrado presidente del Tribunal Electoral en Zacatecas; Beatriz Mejía Ruiz, secretaria de estudio de la Sala Regional de la CDMX; Denny Martínez Ramírez, Oswald Lara Borges, Walter Yared Limón Magaña.
Por otro lado, el Alto Tribunal debatió sobre si los otros ocho casos debían ser reintegrados a las listas; no obstante, en ningún caso llegaron a la mayoría requerida y quedaron fuera definitivamente.
El día de ayer, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) instó a los Comités de Evaluación del Ejecutivo y Legislativo a incluir a 18 personas aspirantes a jueces y magistrados, que fueron rechazados, para que puedan participar en la etapa de idoneidad, ya que fueron excluidos durante la revisión de los requisitos.
“Las partes promoventes se registraron como aspirantes a dicho proceso y en este momento impugnan las listas de quienes cumplen con los requisitos de elegibilidad publicados por los Comités de Evaluación del Poder Ejecutivo y Legislativo respectivamente de las que estiman fueron indebidamente excluidas”, comentó la magistrada presidenta del Tribunal Electoral, Mónica Aralí Soto Fregoso.
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La Sala Superior consideró fundada la pretensión de las personas actoras, porque la autoridad reconoció que cumplieron con los requisitos para continuar en el proceso de evaluación y selección de personas juzgadoras federales a la etapa de evaluación de idoneidad y, por ende, se acreditó su indebida exclusión del listado.
En ese sentido, ordenó a los respectivos comités publicar una adenda a la brevedad en la lista de personas aspirantes que cumplen con los requisitos de elegibilidad.