
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) descartó en definitiva discutir los asuntos por los que se proponía eliminar las figuras de prisión preventiva oficiosa (automática) y el arraigo del sistema jurídico mexicano, por lo que será la nueva integración del Máximo Tribunal del país quien resuelva este asunto.
“Se decidió, lo decidimos en Pleno, no resolverla en esta conformación porque había muchas diferencias de criterios. O sea, era suicida enfrentarnos ahorita, someter a la prisión preventiva oficiosa cuando no había los consensos entre los integrantes de la Corte”, informó la ministra Loretta Ortiz Alhf, en un encuentro con medios.
De esta forma, quedará en manos de la nueva Corte la revisión del cumplimiento de la sentencia del caso García Rodríguez vs México, por el que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) condenó al país al considerar que la Constitución viola derechos humanos por el uso de la prisión preventiva oficiosa y el arraigo; así como una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en contra de la prisión automática.
Ambos asuntos estaban en manos del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo y la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, respectivamente, pero con el cambio de sus integrantes los asuntos serán reasignados a las y los ministros entrantes, quienes se han posicionado abiertamente a favor del Gobierno Federal que está en contra de la eliminación de esta figura.

Desde esta tarde, la Secretaría General de Acuerdos de la Suprema Corte publicó la lista preliminar de asuntos que se analizarán en la sesión extraordinaria del próximo 19 de agosto, que fue convocada para resolver diversas impugnaciones a la elección de magistrados electorales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), de la que también fueron totalmente excluidos los temas referentes a la prisión preventiva oficiosa.
Hasta ahora, en la lista solo está incluido un tema, referente a materia electoral, en un proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, que busca resolver dos impugnaciones contra la reforma judicial de Yucatán, agotándose de esta forma la posibilidad de que la Corte actual discuta y fije postura sobre la prisión automática.
Desde hace dos años, la Suprema Corte perfilaba abordar el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), que condenó al estado mexicano al considerar que la Constitución viola derechos humanos por el uso de la prisión preventiva oficiosa.
En su resolución por el caso García Rodríguez vs México, emitida en abril de 2023, la Corte Interamericana ordenó al Estado mexicano reformar la Constitución para que la prisión preventiva sea justificada, con valoración judicial, y no aplicada de forma automática.
Desde principios de año, la Presidencia de México solicitó a la Suprema Corte abstenerse de revisar los asuntos relacionados con la prisión preventiva oficiosa, con el argumento de que la decisión debía recaer en las ministras y ministros que fueran electos el 1 de junio.
“Dada la relevancia del criterio que se fijará en dicho expediente y atendiendo a que el 1º de septiembre de 2025 las ministras y ministros electos por voto popular tomarán protesta en el cargo, se solicita respetuosamente al Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que retire el proyecto de resolución listado para su estudio, discusión y eventual resolución y que este sea realizado por la integración que derive de las elecciones al Poder Judicial de la Federación”, señala el escrito firmado 26 de mayo de 2025.
El documento fue enviado luego de que el ministro Jorge Pardo Rebolledo repartió su proyecto de sentencia sobre el expediente 3/2023 -que no es público-, relativo a la recepción de sentencias de tribunales internacionales, en el que proponía que se determine la inaplicación del arraigo y de la figura de prisión preventiva oficiosa, atendiendo así la resolución de la CoIDH.

Además, la Suprema Corte perfilaba discutir el proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 49/2021, en el que la ministra Ríos Farjat proponía que lo establecido en el artículo 19 de la Constitución, respecto a que “el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente”, debe interpretarse como una facultad de las personas juzgadoras para ordenar abrir un debate sobre el análisis de la imposición (o no) de esta medida, sin que sea necesario que el Ministerio Público lo solicite.
En otras palabras, la ministra no proponía eliminar la prisión preventiva oficiosa ni la liberación inmediata de personas en prisión, sino un nuevo criterio de interpretación sobre esta figura, en el que las personas acusadas por uno de los llamados “delitos graves” no sean encarceladas de forma automática, sino que exista una obligación por parte de las autoridades de debatir las razones para dejar a alguien en prisión.
Originalmente, la CNDH fue la que promovió esta acción de inconstitucionalidad en la que formuló en sus conceptos de invalidez distintos argumentos para evidenciar que la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa es inconstitucional e inconvencional, por no tener un carácter de “excepcional” y violentar los derechos humanos a la presunción de inocencia, libertad personal y debido proceso.
Pero hasta la propia CNDH, que impulsó estas y otras acciones jurídicas a nivel nacional e internacional contra la aplicación de la prisión preventiva oficiosa, terminó justificando esta medida, alineándose así con el oficialismo.
Cuestionada sobre ambos asuntos, la ministra Loretta Ortiz Ahlf, si bien consideró que la utilización de la figura de prisión automática es inconvencional -violatoria de tratados internacionales en materia de derechos humanos-, aseguró que sería muy “ilusorio” plantear su eliminación.
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“El problema que tienen es el siguiente: es muy ilusorio que podamos hacer lo que proponen, y lo voy a decir con toda franqueza. Todo está en la garantía constitucional del artículo 14 de no aplicación retroactiva de la ley, más cuando es en beneficio de la persona. Entonces, ¿todos los que entraron con prisión preventiva oficiosa, si admiten esta acción de inconstitucionalidad, saldrán sin poder tener control de nada?”, cuestionó.
De esta forma, la discusión de ambos asuntos llegará en un contexto político muy difícil para la Suprema Corte, debido a que las decisiones que tome la Corte en las próximas semanas podrían colocar a México en riesgo de incurrir en responsabilidad internacional, al incumplir una sentencia de un organismo internacional.