Un nuevo juez federal analizará la posible cancelación de la prisión preventiva que se le impuso desde hace casi tres años a la exsecretaria Rosario Robles, por el caso de La Estafa Maestra. Esto, tras confirmarse diversas irregularidades, entre ellas, que ya se excedió el tiempo que la ley permitía para que estuviera vigente.
Documentos judiciales a los que este medio tuvo acceso confirman que el juez Erik Zabalgoitia Novales, titular del Juzgado Decimocuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal, con sede en la Ciudad de México, atrajo la revisión de la medida cautelar impuesta a la exfuncionaria e inició el juicio de amparo 570/2022.
Se trata del mismo juzgado que, por orden del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), debe atraer y analizar los casos de mujeres privadas de su libertad en el penal de Santa Martha Acatitla, y en los que se presume que dicha medida cautelar ha resultado arbitraria o de una duración desproporcionada.
En el caso específico de Robles, la revisión preliminar hecha por el Poder Judicial de la Federación concluye que hay indicios de irregularidades que ameritan ser revisados. Tan es así que en al menos tres ocasiones la exfuncionaria ya ha ganado amparos previos por fallas en los criterios con los cuales se le encarceló originalmente. Pese a ello, dicha medida ha prevalecido.
Robles fue encarcelada el 13 de agosto de 2019 luego de que, de forma voluntaria, se presentó a una audiencia inicial para ser imputada por posibles omisiones en su ejercicio como funcionaria pública, que permitieron desvíos por más de 5 mil millones de pesos en sus dependencias.
Se trata de un delito que no es considerado “grave” y, por lo tanto, no amerita prisión preventiva oficiosa (automática). Sin embargo, la fiscalía solicitó al entonces juez responsable del proceso, Jesús Delgadillo Padierna, que la exfuncionaria fuera de todas formas encarcelada, bajo el argumento de que podría darse a la fuga y destruir evidencia. Y para sostener su petición presentó varios elementos, entre ellos, una supuesta doble licencia de conducir con direcciones distintas.
Pese a la oposición de los entonces abogados defensores de la exfuncionaria, el juez decidió conceder dicha medida cautelar por un periodo de seis meses, en lo que se completaba la investigación y se determinaba si dicha imputada iría a juicio o no. De aquello ya pasaron casi tres años.
Dicha medida cautelar de prisión preventiva es la única razón por la cual la exfuncionaria permanece presa, dado que su proceso no ha llegado a juicio y, por lo tanto, no se ha probado realmente si es culpable de algún otro delito. La FGR contaba desde 2020 con una orden de aprehensión por delincuencia organizada en su contra; sin embargo, nunca la cumplimentó. Ayer, este medio publicó que la exfuncionaria ganó una suspensión definitiva en contra de dicha orden.
La prisión preventiva impuesta a la exfuncionaria se sostuvo originalmente en argumentos incompletos, erróneos o desproporcionados, de acuerdo con lo resuelto por jueces y magistrados federales en al menos tres juicios de amparo promovidos por la defensa de la exsecretaria.
Por ejemplo, en sus argumentos iniciales la FGR sostuvo que no había certeza del domicilio real de Robles pues tenía dos licencias de conducir con distintos domicilios. Sin embargo, ante el juez de amparo se logró probar que una de las licencias nunca fue tramitada por ella, sino que, en realidad, era un documento oficial fabricado por alguien que tomó una foto de internet y falsificó la firma.
Por estos hechos, se inició una carpeta de investigación en contra de los funcionarios de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México que resulten responsables.
Otro de los argumentos originales fue el de la capacidad económica de la exfuncionaria. Los fiscales argumentaron que tenía ingresos económicos importantes que le permitirían darse a la fuga. La defensa logró demostrar ante un tribunal que los ingresos estimados por los fiscales eran incorrectos. Una magistrada que revisó el caso advirtió, además, que era un argumento “discriminatorio”.
En los amparos, se desestimó que el hecho de que la frecuencia con la que Robles salía del país representaba otro ejemplo de su poder económico. Se aportaron evidencias que demostraron que la mayor parte de esas salidas fueron por su trabajo. Otro argumento que fue invalidado fue el de la supuesta capacidad económica de sus hermanos.
Pese a todo lo anterior, el actual juez responsable del proceso, Ganther Villar Ceballos, ha insistido en mantener vigente la medida de prisión preventiva con dos argumentos: que sus abogados originales fueron deshonestos al señalar que no contaban con toda la información de la carpeta y que se contradijeron al explicar el motivo de un viaje de Robles.
Sin embargo, la defensa actual de la exfuncionaria ha subrayado que esos son, en todo caso, errores atribuibles a las personas que la representaron legalmente en un inicio, pero no a la propia Robles. Es uno de los argumentos que serán analizados por el juez Zabalgoitia.
El otro punto es el de la duración de la prisión preventiva. El Código Nacional de Procedimientos Penales establece que ninguna persona puede estar sometida a prisión preventiva por más de dos años si no se le ha probado que realmente cometió un delito que lo amerite. En el caso de Robles, ese periodo ya se excedió con creces, pues el próximo 13 de agosto serán tres años desde su encarcelamiento.
Aunque autoridades federales explican que este retraso se debe al tiempo que han tomado en atenderse los propios argumentos y recursos presentados por los abogados defensores, el tema también será atendido por el juez Zabalgoitia.
Epigmenio Mendieta, abogado defensor de la exfuncionaria federal, sostiene que Robles ha sido víctima de un uso excesivo y arbitrario de la prisión preventiva. Subraya que no es un caso aislado pues, como ya se ha documentado, hay al menos 180 casos de mujeres presas injustamente tan solo en el penal de Santa Martha Acatitla.
“La decisión del Consejo de la Judicatura y la Corte de crear órganos especializados que revisen estos casos es un reconocimiento implícito de que se ha hecho un uso abusivo y desproporcionado de la medida cautelar de prisión preventiva”, dijo el litigante.
Mendieta recuerda que los lineamientos establecidos por el pleno del CJF y la Corte Interamericana de Derechos Humanos señalan que la prisión preventiva deberá tener carácter de excepcional, proporcional y razonable. Algo que, según esa defensa, no ha ocurrido en el caso de Robles.
En ese contexto, el litigante consideró una buena noticia el que ahora sea un nuevo juez el responsable de analizar estos casos, el cual, a diferencia de los amparos previos, analizará de fondo el contexto del caso y será quien defina si debe prevalecer o no la medida cautelar impuesta en agosto de 2019.