Dos exfuncionarios federales implicados en el robo del expediente de la investigación abierta en el sexenio pasado por el caso conocido como “La Casa Blanca”, entre ellos, uno que funge actualmente como subsecretario de la Contraloría del gobierno del Estado de México, lograron que un juez frenara el proceso penal abierto en su contra y la posibilidad de ir a juicio, sin regresar los documentos y sin que se les aplicaran las penas por el delito que habrían cometido.
Para reparar el daño, en cambio, se comprometieron a hacer trabajo social y a pedir una disculpa prometiendo que algo similar no volverá a ocurrir. Pese a que la Fiscalía General de la República (FGR) y la Secretaría de la Función Pública (SFP) se opusieron a que el caso terminara de esta forma, los imputados lograron con apelaciones y amparos la suspensión de su proceso.
Se trata de José Gabriel Carreño Camacho, quien se desempeñaba como subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas de la SFP en el sexenio pasado (y actualmente trabaja como subsecretario de la Contraloría en el gobierno de Alfredo del Mazo), y de Jesús Antonio Suárez Hernández, también exfuncionario de la dependencia federal.
En una audiencia realizada el pasado jueves ante el juez de control del Reclusorio Norte, dichos servidores públicos consiguieron que el juzgador les concediera como salida alterna la suspensión condicional de su proceso, a cambio de cumplir con una serie de condiciones durante un periodo de seis meses.
Animal Político publicó en marzo de 2021 que la FGR había imputado a los exfuncionarios por su probable responsabilidad en el delito de ejercicio indebido del servicio público en la modalidad de omisión por comisión.
El caso, asentado en la carpeta de investigación FED/FECC/FECC-CDMX/0000023/2019, inició tras la denuncia que interpusiera la actual administración de la SFP en junio de 2019, luego de que detectó que en la bóveda donde deberían estar resguardados los expedientes de investigación faltaba el relacionado al procedimiento administrativo número 97/2014.
Dicho expediente corresponde al que la SFP inició en el sexenio pasado, bajo la dirección del entonces secretario Virgilio Andrade, por el posible conflicto de interés en que podía haber incurrido el presidente Enrique Peña Nieto al haber recibido una lujosa residencia en las Lomas de Chapultepec de parte de Grupo Higa, contratista del propio gobierno. El caso fue revelado en la investigación periodística conocida como “La Casa Blanca”, publicada en noviembre de 2014 por el equipo de la periodista Carmen Aristegui.
Tras solo seis meses de investigación, Andrade anunció que su entonces jefe, el presidente Peña, no había incurrido en ningún conflicto de interés ya que la casa —supuestamente— fue comprada por su entonces esposa, Angélica Rivera, con sus ahorros. Y la indagatoria administrativa, con todas las evidencias, quedó archivada.
Al realizar la investigación, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de la FGR concluyó que, en efecto, el expediente original de la indagatoria había desaparecido un mes antes de que concluyera el sexenio y que, en su lugar, solo se había dejado una copia de una versión pública del mismo.
Los fiscales concluyeron que el principal implicado era justamente Carreño Camacho, quien dirigía el área responsable de preservar todos los expedientes de los procesos de investigación y auditoría realizados por la Función Pública. Y como corresponsables, dos funcionarios más: el ya referido Jesús Antonio Suárez Hernández y Daniel Pérez Rueda, este último director adjunto de investigaciones, y quien a través de un amparo ha logrado frenar la resolución de su proceso.
El 9 de marzo de 2021, la FGR logró que un juez federal del Reclusorio Norte vinculara a proceso a los tres exfuncionarios señalados por el delito de ejercicio ilícito en el servicio público. El juez consideró que había datos iniciales que probaban la posibilidad de que los inculpados fuera responsables, y ordenó que se continuara con las indagatorias de cara a un eventual juicio.
A partir de ese momento, Carreño Camacho y Suárez Hernández iniciaron una estrategia para evitar el juicio y optar por una salida alterna: la suspensión condicional del proceso. Se trata de una alternativa que contempla el Código Nacional de Procedimientos Penales para delitos cuya pena no excede los cinco años de cárcel, y que consiste en que un inculpado de un delito acepte reparar el daño y cumplir con una serie de condiciones durante un lapso determinado. Todo, con miras a que el caso sea cerrado definitivamente.
El 30 de junio de 2021, los inculpados solicitaron en audiencia acceder a esta vía alterna, pero tanto la Función Pública como la FGR se opusieron al considerar que el requisito indispensable para que el daño fuera reparado era la devolución de los documentos robados. En ese contexto, el juez rechazó conceder el beneficio.
Sin embargo, los exfuncionarios del gobierno de Peña Nieto procedieron entonces a promover apelaciones. El 22 de septiembre, el Tercer Tribunal Unitario en materia penal del Primer Circuito, responsable de la revisión, anuló la negativa de concederle a los inculpados el beneficio de la suspensión condicional, bajo el argumento de que era un recurso válido contemplado en la ley y que no significaba la absolución de los procesados.
En un último intento por frenar la suspensión del proceso, las autoridades promovieron una demanda de amparo en contra de la determinación del referido tribunal; sin embargo, el juez que revisó dicho recurso confirmó que los exfuncionarios tenían derecho de acceder al mismo.
En ese contexto, el pasado 26 de mayo se llevó a cabo la audiencia en la que se dio luz verde a la suspensión condicional del proceso para ambos exfuncionarios, y se les impusieron las condiciones que a cambio deberán cumplir durante un periodo de un semestre con la finalidad de que el caso quede, definitivamente, cerrado.
Tanto a Carreño como a Suárez Hernández se les impuso como obligación la presentación, ante el juez y las partes, de una disculpa pública con la promesa de no repetición. Ello, sumado a la realización de trabajo social en el municipio donde residen, de no salir de la ciudad, de tener un empleo formal y de tomar un curso relacionado con el manejo de archivos. Todo durante el periodo de seis meses que se les impuso.
De acuerdo con autoridades de la FGR consultadas por este medio, las condiciones señaladas no resultan acordes a la afectación que causaron los exfuncionarios, toda vez que la negligencia en la que incurrieron (al menos por omisión) provocó la pérdida de un archivo y de pruebas relacionadas con uno de los casos más emblemáticos de posible corrupción de los últimos años.
Esa fue la razón por la que se promovieron recursos en contra de la suspensión de proceso; sin embargo, luego de las apelaciones y los amparos perdidos, ya no fue posible frenar el cierre de un caso que, en definitiva, ya no llegará a juicio.