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La Corte avala la Norma Oficial que obliga a los estados a practicar abortos en casos de violación
La Corte avala la Norma Oficial que obliga a los estados a practicar abortos en casos de violación
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La Corte avala la Norma Oficial que obliga a los estados a practicar abortos en casos de violación

24 de mayo, 2022
Por: Marcela Nochebuena 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reafirmó este martes la validez de la NOM-046 en todos los estados del país. Esta Norma Oficial Mexicana permite el aborto en casos de violación y obliga a las instituciones de salud a garantizar ese derecho.

Esto ocurre a partir de la resolución de dos controversias constitucionales que presentaron los estados de Baja California (CC 53/2016) y Aguascalientes (CC 45/2016), luego de que la NOM fuera modificada en 2016 para eliminar el requisito de que existiera una denuncia por parte de la víctima, y requerir solo la palabra de la mujer bajo protesta de decir verdad. Además, entonces se estableció la obligatoriedad de contar con personal médico no objetor de conciencia.

Con ello, la SCJN descarta cualquier posibilidad de que autoridades argumenten incompatibilidad con las leyes locales para negar el servicio de aborto en casos de violación, y reafirma que todos los estados están obligados a aplicar la NOM-046 cuando las mujeres, niñas y adolescentes sean víctimas de violencia sexual.

Animal Político publicó hoy que la aplicación de la NOM-046 es negada con frecuencia, sobre todo debido al desconocimiento y a la falta de capacitación de las autoridades estatales y del personal de salud.

Lee más: NOM-046 ignorada: estados aún eluden garantizar el acceso al aborto en casos de violación

Las modificaciones de 2016 habían sido motivo de controversia al eliminar el requisito de la denuncia y solicitar que los servicios médicos realizaran el aborto por el principio de buena fe, así como a menores con el acompañamiento de tutores o autoridades. Por ello, en abril de 2016, Baja California y Aguascalientes interpusieron controversias que buscaban que la NOM-046 no fuera aplicada en sus estados.

Estas objeciones habían sido discutidas con anterioridad en 2019, pero hoy la Corte reafirmó de manera definitiva que la NOM no invade la competencia de los estados y protege el derecho a decidir de las víctimas de violencia sexual. Sin embargo, organizaciones han señalado la importancia de también distribuir información, tanto a las víctimas como a las autoridades, de manera clara y adecuada, ante la frecuente negativa para aplicarla.

Durante 2021, la organización Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) señaló particularmente el caso de Aguascalientes, donde entre abril y julio la agrupación tuvo conocimiento de varios casos de mujeres criminalizadas, algo preocupante no solo por la cantidad en un periodo muy corto, sino por el patrón de atención por parte del personal de salud y de la Fiscalía General del Estado.

En el Congreso federal, una iniciativa de la senadora Patricia Mercado espera discusión y aprobación para incluir la NOM dentro de la Ley General de Salud.

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Etiquetas:
aborto
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derechos humanos
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Imagen BBC