El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una fracción de la Constitución de Sinaloa y determinó que la protección de la vida desde la concepción es inconstitucional.
Por votación unánime, los ministros declararon inconstitucional una fracción del artículo 4 Bis A, fracción I, de la Constitución de Sinaloa, que reconocía “la vida humana desde la concepción”.
La determinación de la Corte crea un criterio obligatorio, esto quiere decir que en todos los estados en donde haya leyes con este tipo de “protección”, y si alguna mujer o persona gestante es criminalizada por interrumpir su embarazo, puede ampararse al ser contario a los derechos humanos.
Este tipo de cláusulas, como la que existe en Sinaloa, atentan contra los derechos reproductivos de las mujeres y buscan inhibir la práctica de toda clase de abortos, incluso aquellos resultado de violaciones o riesgos a la salud que están permitidos legalmente.
Además, el argumento de la Corte es que los congresos estatales no están facultados para limitar derechos humanos ni reconocer “la vida humana desde la concepción”.
Esta resolución de la Corte está relacionada con una acción de inconstitucionalidad hecha en 2018, luego de que se aprobara una reforma para proteger “la vida desde la concepción”.
De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), en más de 20 estados se establecen cláusulas de “protección a la vida desde la concepción”.
El proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, que fue votado a favor, refiere que las mujeres y personas con capacidad de gestar tienen derecho a la autonomía reproductiva, incluido el aborto.
Establece que el derecho a la vida debe entenderse también como el derecho a la autonomía o posibilidad de construir un proyecto de vida, y dado que el embarazo puede afectar dicho proyecto, acceder al aborto puede contribuir al bienestar de las personas.
Te puede interesar: Defensoría pública asistirá a mujeres y personas gestantes procesadas por abortar
Durante la sesión, el autor del proyecto resaltó que el Estado debe enfocarse en asegurar la continuidad de los embarazos deseados, en garantizar la atención prenatal y los partos saludables, así como abatir la mortalidad materna.
La ministra Ana Margarita Ríos Farjat dijo que la Corte no está definiendo el momento en que empieza la vida, solo resolvió que el congreso de Sinaloa excedió los conceptos marcados en la Constitución.