Félix Salgado Macedonio y los otros morenistas que aspiraban a la candidatura al gobierno de Guerrero pretendieron defraudar la ley porque sí hicieron precampaña y no entregaron al Instituto Nacional Electoral (INE) informes de ingresos y gastos, confirma un proyecto de sentencia del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.
La propuesta, que será votada este viernes en sesión pública de la Sala Superior, tumba los reiterados alegatos tanto del partido como de los aspirantes en el sentido de que nunca hicieron precampaña, o bien, que sí entregaron sus reportes de gastos, pero de manera extemporánea.
Pese a que el magistrado Rodríguez Mondragón acreditó la falta que obstaculiza las facultades fiscalizadoras del INE, el proyecto de sentencia considera que el árbitro electoral se excedió en imponer como sanción a todos los aspirantes, por igual, la cancelación o pérdida del derecho al registro como candidatos.
El proyecto ordena al INE individualizar, de manera gradual, la sanción a la que se harían acreedores Félix Salgado, Adela Román, Luis Walton y Pablo Amílcar Sandoval.
La propuesta señala que el árbitro electoral debe considerar otros castigos como la amonestación pública o la multa, pero deja claro que el INE puede volver a imponer la cancelación o pérdida del derecho al registro de los aspirantes, si así lo amerita cada caso.
En los hechos, esta medida abre la posibilidad de que, si se confirma que Salgado no puede ser candidato por faltas a la normativa de fiscalización, lo puedan reemplazar en la candidatura otros morenistas que participaron en la contienda interna.
“A efecto de realizar lo anterior, el INE debe partir de las siguientes premisas establecidas y justificadas en la presente ejecutoria: Los aspirantes de Morena en Guerrero sujetos de esta controversia son material y formalmente precandidatos y, por ende, sus actividades, deben ser catalogadas como actos de precampaña.
“En el caso, no existe presentación extemporánea, pues los informes que presentaron Morena y sus precandidatos se realizaron después de que fuera viable su revisión o verificación, de manera que las faltas que cometieron tanto Morena como sus precandidatos fue la no presentación del informe y no así la presentación extemporánea de los informes”, establece el proyecto de sentencia.
La propuesta del magistrado Rodríguez Mondragón señala que, para determinar las irregularidades cometidas por los aspirantes y el partido, el INE deberá considerar la voluntad que estos tuvieron para presentar su informe de gastos dentro del plazo establecido en la norma electoral, si ello le permitió a la autoridad ejercer su facultad fiscalizadora y si advirtió una intencionalidad de encubrir la violación a la ley.
Esta valoración puede resultar especialmente perjudicial para los morenistas, debido a que, tras negar reiteradamente que nunca hicieron precampaña, entregaron sus reportes con casi un mes de retraso, y, en el caso de Salgado, llegó al extremo de negar que fuera él la persona que aparecía en fotos y videos que el INE valoró como pruebas de sus actos proselitistas.
Un proyecto de la magistrada Mónica Soto propone revocar la cancelación del registro de Raúl Morón como candidato al gobierno de Michoacán al señalar que el morenista sí presentó un informe de sus gastos e ingresos de precampaña, aunque de manera extemporánea.
La magistrada electoral señala que el INE debió valorar que no tiene la misma gravedad omitir entregar dicho informe que entregarlo con retraso.
El proyecto detalla que Morón remitió su reporte el 22 de marzo, tres días antes de que concluyera el proceso de fiscalización y de que el Consejo General emitiera su resolución definitiva.
“Bajo esa lógica, la autoridad responsable, de manera equivocada, señaló que el partido político y Raúl Morón habían omitido presentar su informe de precampaña, por el contrario, cumplieron con su obligación de manera extemporánea, pues lo presentaron fuera de la fecha indicada para tal propósito, pero antes de que terminara el proceso de fiscalización”, dice la propuesta.
“La omisión de presentar los informes de precampañas implica que en ningún momento se presentó, en cambio, la presentación extemporánea del informe, aunque también es una falta sustantiva que viola el modelo de fiscalización, porque también atenta contra los bienes jurídicos protegidos, es diferente a la omisión, porque implica que sí se presentó, aunque no se hizo oportunamente, sino fuera de los plazos previamente establecidos, y su afectación dependerá del grado de la tardanza en la presentación del informe, en tanto que se trata de una conducta que retarda el ejercicio de la facultad fiscalizadora”.
Además, el proyecto de la magistrada Soto señala que el INE fue omiso al no advertirle a Morón “de forma clara” que la consecuencia jurídica de no presentar su informe sería la negativa de su registro como candidato.