La Secretaría de Seguridad de la Ciudad de México logró la primera detención en cumplimiento a la Ley Olimpia, la cual establece sanciones contra el acoso digital, las amenazas e insultos, así como la difusión de contenido sexual sin consentimiento.
Las autoridades capitalinas detallaron que la aprehensión ocurrió durante un cateo realizado en un inmueble, en la ciudad de Mérida, por lo que se contó con la colaboración de la Fiscalía General de Yucatán.
El sujeto detenido era buscado por las autoridades de la CDMX tras la denuncia de una joven a la que engañaron para obtener fotografías suyas y luego la extorsionaron.
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De acuerdo con la FGJ-CDMX, la víctima denunció que a través de mensajes una persona “se hizo pasar por amiga suya y, con engaños, le propuso la venta de fotografías íntimas”.
Por la presión e insistencia, la joven aceptó enviar las fotos y luego se dio cuenta de que la cuenta desde la que le escribieron no era de su amiga e incluso ya estaba bloqueada.
Luego, la víctima recibió llamadas de un supuesto licenciado, “quien le ofreció retirar de la red social las imágenes íntimas y le proporcionó números telefónicos y correos electrónicos para que lo contactara y llegaran a un acuerdo económico, además de los datos de una cuenta bancaria”.
Tras realizar la investigación correspondiente, las autoridades capitalinas detectaron que la cuenta bancaria correspondía a una mujer que reside en Mérida y que los depósitos eran dirigidos a un hombre con apellidos similares a la titular de la cuenta.
Además se encontró que este mismo sujeto fue señalado como posible acosador sexual en una denuncia hecha en Mérida, en 2018.
Ante esto, la SSC-CDMX y la Fiscalía de Yucatán iniciaron un trabajo conjunto para localizar al sujeto y se obtuvo la orden de cateo y una orden de aprehensión.
Durante el cateo, además de la detención, se aseguraron cinco teléfonos celulares, tres computadoras, tarjetas SIM y documentación diversa.
El detenido fue trasladado a la Ciudad de México y puesto a disposición del agente del Ministerio Público.
La Ley Olimpia, que entró en vigor en enero de 2020, tipifica y sanciona el acoso, las amenazas e insultos, vulneración de datos e información privada, así como la difusión de contenido sexual sin consentimiento, textos, fotografías videos verdaderos o alterados a través de medios digitales, redes sociales, aplicaciones, correo electrónico o cualquier otro espacio digital.
La ley establece una pena de tres a seis años de prisión y una multa de 500 a 1000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para los infractores.