El Gobierno de la Ciudad de México hizo una modificación en el protocolo para el manejo de cuerpos de personas fallecidas por sospecha o confirmación de COVID-19, con el objetivo de que los trámites puedan llegar a tener mayor agilidad.
De acuerdo con los puntos publicados en el a Gaceta oficial de la Ciudad de México, para la autorización de los trámites de traslado, inhumación o cremación en decesos de más de 48 horas no será necesario presentar carta de estancia, carta de refrigeración, tesis de embalsamamiento o carta responsiva.
También se autoriza el traslado de personas fallecidas al interior de la República Mexicana o al extranjero, extremando todas las medidas de seguridad sanitaria.
Para la autorización de traslados de personas fallecidas que implican tiempos prolongados se autoriza su embalsamamiento o la aplicación de cualquier otro procedimiento de conservación, conforme al Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Control Sanitario de la disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos, utilizando el equipo de protección personal en términos de lo establecido en los Lineamientos de Manejo General y Masivo de Cadáveres por COVID-19 (SARS-CoV-2) en México.
“El traslado será efectuado por las agencias funerarias extremando todas las medidas sanitarias. Cualquier traslado fuera de las disposiciones legales establecidas será sancionado por las leyes civiles y penales aplicables”, versa uno de los cambios.
En tanto, el semáforo epidemiológico no será modificado y la Ciudad de México permanecerá en semáforo rojo (máximo riesgo) hasta el próximo 15 de febrero.
La capital del país se encuentra entre las ocho entidades que tienen una ocupación hospitalaria de más del 70%, por ahora la CDMX registra un 88%.