Con 329 votos a favor, 98 en contra y 40 abstenciones la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley de Seguridad Nacional, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, y que contempla la regulación de agentes extranjeros.
El pasado 8 de diciembre, Marcelo Ebrard, secretario de Relaciones Exteriores, indicó que con esta reforma se busca codificar las obligaciones o limitaciones de los agentes extranjeros que ya se encuentran en diversos ordenamientos en un solo cuerpo legal.
También trata de establecer un principio de reciprocidad, mediante el cual se establece que no se le pide nada distinto a lo que se le solicita a un agente diplomático mexicano en el exterior.
La Cámara de Diputados aprobó el dictamen a la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Seguridad Nacional, para establecer el marco regulatorio para la internación y permanencia en el territorio nacional de agentes extranjeroshttps://t.co/nPdNTPBOEz
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) December 15, 2020
“Obliga a todos los agentes, no solo a los de la DEA, no solo a los de Estados Unidos, no está hecho solo para un país, está hecho para todos los agentes extranjeros de México”, expuso el canciller durante conferencia de prensa.
Y el último propósito es el ordenamiento, mayormente interno, al cual deberán estar adscritos los servidores públicos, tanto federales y estatales, como municipales, respecto a agentes extranjeros acreditados en el país. El límite será “la soberanía mexicana”.
Además, Ebrard aclaró que la reforma no está destinada a órganos específicos, como la DEA, el FBI o una nación, sino para todos los agentes extranjeros del mundo.
La iniciativa, que ya fue aprobada en ambas cámaras y pasará al Ejecutivo, cuenta con cuatro pilares principales.
El primero aclara la definición de agentes extranjeros, y afirma que se entenderá por estos a los funcionarios extranjeros que en sus países de origen ejercen funciones policiales, de inspección o de supervisión de leyes, y otras cuestiones de carácter reglamentario; o bien, aquellas de carácter técnico especializado.
En segundo lugar, los sujetos en cuestión “podrán ser autorizados para internarse temporalmente en territorio nacional para fines de intercambio de información, en el marco de los convenios y programas de cooperación bilateral suscritos por el Estado mexicano”. Esto solamente en materia de seguridad y para contribuir a preservar la Seguridad Nacional.
El tercer punto indica que la Secretaría de Relaciones Exteriores será la encargada de resolver la acreditación y circunscripción territorial del agente extranjero que se trate. Lo anterior fue previamente pactado entre la institución con las Secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional y Marina.
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El cuarto punto establece que los agentes extranjeros deberán observar, entre otras cosas, que solo podrán intercambiar información con autoridades mexicanas en términos de lo dispuesto en la acreditación expedida a su favor.
Asimismo no podrán ejercer las facultades reservadas a las autoridades nacionales, ni podrán aplicar o ejecutar las leyes extranjeras en territorio mexicano.
Tendrán prohibido realizar o inducir a terceras personas a realizar detenciones, realizar acciones que tiendan a la privación de la libertad, allanar propiedad privada o cualquier otra forma de violación a la Constitución Política de México.
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Otra de las acciones de esta reforma es que los agentes no tendrán ninguna inmunidad en caso de verse involucrados en la comisión de delitos o infracciones.
La propuesta de reforma de ley nace tras el arresto del exsecretario de la Defensa Nacional, el general Salvador Cienfuegos, en Estados Unidos. Se le culpó de tráfico de drogas y lavado de dinero, además de ser objetivo de una orden de aprehensión previa.
Según el secretario de Relaciones Exteriores, al hacer esto, el gobierno estadounidense violó un acuerdo de 1992, que solicitaba que se notificara a México sobre la investigación al militar, lo cual no se cumplió.