Con 242 votos a favor, de Morena, PT, PVEM y PES, 7 en contra y 5 abstenciones la Cámara de Diputados aprobó este miércoles, en lo general la iniciativa que reforma la Ley General de Salud para trasferir 33 mil millones del Fondo de Salud, antes de Gastos Catastróficos, a la reservas de la Tesorería de la Federación para destinar los recursos “a fortalecer acciones en materia de salud”.
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En la iniciativa presentada por el legislador Iván Pérez Negrón, de Morena, se argumenta que los recursos de este fondo, destinado a cubrir los gastos a las familias sin seguridad social que sufran una enfermedad con altos costos, considerados como catastróficos, se seguirán destinando a este fin, así como a infraestructura y a medicamentos e insumos adicionales que se requieran.
Los diputados de Morena y sus aliados de PRI, Partido Verde, PES y PT argumentan que solo se tomará 33 mil millones de las reservas del fondo, que en 2020 acumulaba más de 97 mil millones de pesos, para la compra de vacunas contra COVID-19.
En la iniciativa presentada y aprobada ya en lo general en efecto se establece que se seguirán cubriendo los gastos de enfermedades catastróficas que se han cubierto hasta ahora y que solo se tomarán los 33 mil millones de la reserva de ese fondo, pero lo que no precisa es que esto se destinará a las vacunas mencionadas.
Lo anterior generó airados reclamos de la oposición quienes acusaron a Morena y sus aliados de querer llevarse ese dinero para reintegrarlo a la tesorería y usarlo en gasto corriente.
La oposición también acuso al partido en el poder de pretender dejar a los niños y niñas con cáncer, a los enfermos de VIH-Sida y a los pacientes de otras enfermedades con gastos catastróficos sin lo suficiente para poder cubrir sus tratamientos y necesidades.
Lo aprobado establece que cuando el Fondo de Salud para el Bienestar acumule recursos en un monto superior a dos veces la suma aprobada en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2020 como aportaciones al fideicomiso del Fondo de Salud para el Bienestar, el remanente podrá destinarse a fortalecer acciones en materia de salud a través del reintegro de recursos correspondiente a la Tesorería de la Federación o mediante el Fondo de Salud para el Bienestar.
Los recursos acumulados que se mantengan en el fondo seguirán garantizando la atención de enfermedades que provocan gastos catastróficos, la atención de necesidades de infraestructura, el abasto y distribución de medicamentos y otros insumos y el acceso a exámenes clínicos, conforme lo establece el artículo 77 bis 29 de esta Ley.
También se agrega un artículo segundo transitorio en el que se precisa que el Instituto de Salud para el Bienestar instruirá a la institución fiduciaria del Fondo de Salud para el Bienestar para que, a más tardar el 1 de abril de 2021, concentre en la Tesorería de la Federación la cantidad de hasta treinta y tres mil millones de pesos del patrimonio de ese Fideicomiso, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.