Se publicó en el Diario Oficial de la Federación la modificación a la Norma Oficial Mexicana 051, sobre el etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas, donde comenzarán a verse sellos para advertir al público sobre exceso de grasas saturadas, trans, azúcares, sodio y calorías.
La Secretaría de Economía publicó el pasado viernes 27 de marzo las especificaciones generales para el nuevo etiquetado que empezará a partir del 1 de octubre y obliga a la industria a colocar sellos negros de advertencia así como las frases “contiene cafeína”, “evitar en niños” y “contiene edulcorantes”.
El objetivo del nuevo sistema de etiquetado frontal es mostrar de manera veraz, clara, rápida y simple, cuando un producto preenvasado tiene exceso de nutrimentos críticos u otros elementos dañinos, asociados con enfermedades crónicas no transmisibles como la diabetes, la obesidad y las enfermedades cardiovasculares.
La publicación se da semanas después de que el Vigésimo Primer Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa revocara un amparo impuesto por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) y la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin) para detener la publicación de dicha norma.
A partir del 1 de octubre, todos los empaques de alimentos y bebidas no alcohólicas que se comercializan en el país deberán mostrar un sello negro de forma hexagonal que advierte si su contenido excede los límites saludables de azúcares libres, grasas saturadas, grasas trans y sodio.
Maria del Carmen Iñarritu, nutrióloga y académica de la Facultad de Medicina de la UNAM, explica que este nuevo sistema de etiquetado se basa en el Modelo de perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
La OPS dice que “los criterios para la inclusión de los nutrientes críticos (azúcares libres, sodio, grasas saturadas, grasas totales y ácidos grasos trans) se basaron en las metas de ingesta de nutrientes de la población establecidas por la OMS para prevenir la obesidad y las enfermedades no transmisibles (ENT)”.
Se considera que un alimento tiene exceso de calorías si en 100 gramos o en 100 mililitros de producto hay 275 kilocalorías o más; exceso de azúcares si tiene 10% o más de azúcares libres; exceso de grasa saturada si tiene 10% o más de energía proveniente de grasas saturadas; exceso de grasas trans si contiene 1% o más de estos nutrimentos; y exceso de sodio si tiene 1% o más de sodio.
Además, si el producto contiene cafeína y edulcorantes artificiales también se les pondrá una etiqueta.
Con el nuevo etiquetado ya no es necesario calcular si un producto tiene un excesivo contenido de nutrimentos poco saludables, pues “ ya se hizo el cálculo y rápidamente vas a ver que independiente del nivel de calorías que necesites consumir, ese producto en específico es muy alto en grasas o en azúcares y no conviene consumirlo”, señala la académica de la UNAM.