La Fiscalía General de la República (FGR) informó este martes que analiza proponer al Congreso que todos los asesinatos de mujeres en el país sean clasificados automáticamente como “feminicidios”, eliminando con ello las cláusulas legales que lo delimitan a crímenes por razones de género, y que se eleve su pena hasta 70 años de prisión.
Así lo reveló la FGR en una tarjeta informativa oficial emitida esta tarde, luego de que en los últimos días diputadas federales de Morena declararan que el fiscal General, Alejandro Gertz Manero, había propuesto eliminar el delito de feminicidio del próximo Código Penal Nacional.
La Fiscalía advierte en el comunicado que el feminicidio es un delito que ha crecido 137.5% de 2012 a la fecha, de acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo de Sistema Nacional de Seguridad Pública, pero que su tipificación se complica debido a que los códigos estatales actuales y el código federal incluyen hasta 7 cláusulas distintas para que pueda ser considerado como tal.
“Si, simplemente se tipifica y se mantiene el delito de Feminicidio como un homicidio en contra de una mujer; este Feminicidio debe tener el agravante y la penalidad más alta, que debe ser de 40 a 70 años; que es superior a la que actualmente se aplica en cualquier delito de homicidio calificado o agravado”, indica la tarjeta informativa.
Autoridades de la Fiscalía confirmaron a este medio que, en efecto, la propuesta es mantener el delito de feminicidio en un eventual código nacional, pero sin las cláusulas que actualmente lo condicionan a un tema de género.
La Fiscalía subraya en su tarjeta informativa que se trata de una tesis “en favor de las mujeres que son víctimas; para que cuenten con un tipo penal sencillo, eficiente y de la más alta sanción, para lograr la defensa de su vida y la protección de su integridad”.
Lo anterior surge a partir de las dificultades que han advertido diversos especialistas y la propia Fiscalía, sobre lo que enfrentan los agentes del Ministerio Público para poder tipificar y sostener ante un juez una acusación por feminicidio, dadas las cláusulas que se tienen que cubrir.
Cuestionada sobre este tema por Animal Político, la abogada penalista especializada en derechos humanos Karla Salas advirtió que se trata de una propuesta que ya se había planteado en su momento en algunos estados como en Chihuahua, pero que desvirtúa el concepto de feminicidio, no es adecuada e incluso resulta inconstitucional.
“El feminicidio no es simplemente la privación de la vida de una mujer sino se trata de la privación de la vida de una mujer bajo ciertas circunstancias relacionadas con su género. En Chihuahua se intentó algo como lo que propone ahora la FGR, pero la Suprema Corte ya ha establecido que agravar un homicidio solo porque la victima sea mujer es inconstitucional. Insisto: lo que agrava la mayor penalidad son las circunstancias y razones de género”, señaló.
Fue la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo directo en revisión 5267/2014, la que declaró inconstitucional el primer párrafo del artículo 126 del Código Penal del Estado de Chihuahua, que establecía una pena mayor para un probable responsable con el simple hecho de que la víctima de un homicidio fuera una mujer.
Cabe señalar que la FGR señaló en su tarjeta informativa que son 28 las entidades federativas que actualmente tienen tipificado el delito de feminicidio, pero de acuerdo con los especialistas consultados dicho delito ya está contemplado en las 32 entidades federativas, aunque en algunas entidades está contemplada como agravante de homicidio.