Uno de cada tres guardias asignados a los reclusorios de la Ciudad de México —los de mayor población del país— no deberían estar haciendo ese trabajo, pues no cumplen con un requisito básico que la ley contempla para cualquier elemento de seguridad: tener una certificación aprobada y vigente que pruebe que son confiables.
Datos oficiales del Sistema Nacional de Seguridad Pública revelan que la capital contaba al arranque del año con 3 mil 784 elementos de prevención y readaptación social en activo, que son los asignados a los penales. Entre ellos estaban los ocho custodios del Reclusorio Sur ahora suspendidos por su posible participación en la fuga de tres internos del Cártel de Sinaloa.
Pero del estado total de fuerza, hay 1 mil 277 custodios (33.7%) que carecen de la certificación vigente que la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública contempla para comprobar que son confiables, y que es un requisito básico para permanecer en el cargo.
Esta certificación se obtiene tras superar una batería de diversas pruebas que incluye desde exámenes de entorno socioeconómico de los elementos, hasta pruebas toxicológicas, físicas y de polígrafo.
De los elementos cuestionados, hay 378 que de plano reprobaron el control de confianza y ya tendrían que haber sido despedidos definitivamente. Equivalen al 10% de todos los custodios penitenciarios con los que se cuenta.
Por otro lado, hay 3 mil 330 custodios que originalmente aprobaron el proceso de evaluación, sin embargo, 899 de ellos —que equivalen al 27%— ya tienen el certificado caduco y por lo tanto tendrían que haber sido reevaluados. Y es que la ley contempla que la certificación debe renovarse cada dos años para que un elemento pueda permanecer en el puesto.
Animal Político preguntó a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario del gobierno capitalino el motivo por el cual estos custodios continúan trabajando sin cumplir con la certificación que marca la ley, y también si los elementos suspendidos por la fuga de los reos contaban con control de confianza aprobado y vigente. Hasta el cierre de esta nota se continuaba revisando la información para poder proporcionar una respuesta.
Datos oficiales de la Subsecretaría señalan que al cierre del año pasado había 24 mil 702 personas privadas de la libertad en 13 centros penitenciarios, de los cuales 21 mil 977 son del fuero común y 2 mil 725 del fuero federal.
Ningún reclusorio de la ciudad es de máxima seguridad ni cuenta con condiciones óptimas para albergar a reos federales. La situación es particularmente crítica en los reclusorios Norte y Oriente que padecen de una sobrepoblación de 15 y 33% respectivamente.
El contar con personal penitenciario en activo que carece del control de confianza que la ley marca no es un problema exclusivo de la capital del país. De hecho, hay 16 estados en donde es aún más alto el porcentaje de custodios que reprobaron el procedimiento y no han sido despedidos.
Destaca el caso de Zacatecas, donde según los datos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, la mitad de los 313 custodios penitenciarios con los que cuentan no aprobó las evaluaciones de control de confianza, pero siguen en activo. El segundo peor es Tabasco donde solo el 61% de los custodios están aprobados.
Veracruz también tiene un bajo porcentaje de guardias de penales confiables con solo 66% de ellos aprobados, al igual que Tlaxcala donde solo el 64% de los custodios están certificados, y Sinaloa con apenas 65% de ellos.
En el otro extremo de la lista hay entidades federativas donde la mayoría de sus custodios penitenciarios cumplen con lo que marca la ley para ocupar ese puesto. Entre ellos destaca Querétaro donde el 100% de los 414 custodios cuentan con la certificación aprobada y vigente, al igual que Campeche donde los 139 custodios están totalmente en regla.
El Estado de México, que tiene un numero similar de custodios que CDMX cuenta con 99% de ellos con certificado aprobado, y el 89% con la misma vigente. En Chiapas, el 91% de los custodios están aprobados.
El problema de tener a custodios con certificaciones vencidas ya podría haberse agravado en la Ciudad de México y en los estados sino fuera porque el 17 de mayo pasado se publicó un acuerdo que amplió de forma extraordinaria el plazo de vigencia de la certificación de dos a tres años a partir de esa fecha. Esto para que los centros de evaluación autorizado puedan evaluar primero a integrantes de la Guardia Nacional que se ha buscado reclutar de forma acelerada.
Este 29 de enero, tanto el presidente Andrés Manuel López Obrador como la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum, aprovecharon el tema de la fuga de los reos del Reclusorio Sur para criticar el hecho de que haya jueces que conceden amparos que impiden que internos federales sean trasladados a penales de alta seguridad.
Pero como Animal Político pudo verificar en registros judiciales, esto no ocurrió en el caso de los internos que escaparon del penal capitalino.
En efecto, tanto Víctor Manuel Félix Beltrán como Luis Fernando Meza González promovieron demandas de amparo en los Juzgados Quinto y Noveno de Distrito en Materia de Amparo Penal, así como en el Décimo Tribunal Colegiado, pero los jueces decidieron en todos los casos desecharlos.
Cuando los juzgadores pidieron informes a las autoridades federales o capitalinas sobre las órdenes de traslado de los internos, estas negaron que las mismas existieran. Es decir, no había ningún procedimiento para solicitar ni ejecutar el cambio de penal de dichos reos.
Quien sí obtuvo un amparo en su momento fue Meza González, pero este fue contra la orden de extradición que pesaba en su contra. El juzgado 12 de Distrito en Materia Penal le dio la razón argumentando errores de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) en el procedimiento. Sin embargo, el Décimo Tribunal Colegiado revocó apenas hace unos días dicho amparo tras considerar que no hubo anomalías y dejó firme la autorización de la extradición.
Por otro lado, es cierto que en otros casos distintos existen reos federales que han logrado mediante juicios de amparo frenar su traslado de un centro penitenciario a otro, situación que no ha permitido eliminar la población de reos federales en cárceles locales de mediana y baja seguridad.
Animal Político publicó el pasado 15 de enero, que como parte del paquete de reformas que prepara la Fiscalía General y el Ejecutivo se contempla la posibilidad de modificar el artículo 21 de la Constitución para que la facultad de trasladar a reos depende de nuevo de la autoridad penitenciaria, sin necesidad de la autorización judicial.