Un magistrado ordenó que se realice otra audiencia para revisar si Rosario Robles debe permanecer en prisión toda vez que se “vulneraron sus derechos”, luego de que el juez Felipe de Jesús Delgadillo determinó su aprehensión como medida cautelar ante “riesgo de fuga” como parte del proceso judicial que enfrenta por el delito de ejercicio indebido de la función pública.
La nueva audiencia deberá realizarse en 48 horas, según decretó el magistrado Ricardo Paredes, como resultado de la apelación interpuesta por la defensa a la decisión del juez Delgadillo en la audiencia del 13 de agosto pasado donde determinó que Robles debía permanecer en el penal de Santa Martha Acatitla.
En la resolución, el magistrado Ricardo Paredes sostiene que en la audiencia donde se determina encarcelar a Robles, “el juez de control impuso la prisión preventiva sin analizar ni establecer las razones por las cuales dicha medida era la idónea, proporcional y menos lesiva para la imputada”.
“De ahí que dicha determinación (la prisión preventiva) carezca de una suficiente motivación”, advierte el magistrado en el documento de sentencia.
En el análisis, el magistrado pregunta si la medida cautelar “¿vulnera algún derecho fundamental de la imputada? La respuesta es sí, específicamente el relativo a su libertad personal”, esto con base a los preceptos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos respeto a que “nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios”.
En la argumentación jurídica, el magistrado concluye que el juez de control, Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, “al imponer la prisión preventiva sin establecer de manera suficiente los motivos por los cuales dicha medida era proporcional, vulneró el derecho fundamental de libertad personal que le asiste a la imputada”.
Y debido a la “irregularidad”, el magistrado “se encuentra obligado a su reparación”. Por lo tanto, “para reparar las vulneraciones a derechos fundamentales, lo procedente es ordenar la reposición del procedimiento (la audiencia)”. Porque “sólo así pude conciliarse la necesidad de reparar una vulneración de dicha naturaleza y el respeto a la operatividad del proceso penal acusatorio”.
La orden de reposición de la audiencia es para que el juez “subsane la omisión de motivar su decisión, es decir, establecer la proporcionalidad e idoneidad de la medida a imponer y justificar las razones por las que la medida cautelar que considere adecuadas es la menos lesiva para la imputada”.
La prisión preventiva fue decisión del juez Delgadillo Padierna el pasado 13 de agosto al considerar como prueba principal del “riesgo de fuga”, que Robles había mentido en su domicilio y no tenía arraigo en la Ciudad de México, porque incluso estaba fuera del país cuando fue citada a la audiencia.
La Fiscalía General de la República presentó como prueba una licencia de conducir supuestamente tramitada por Robles con una dirección distinta al domicilio que había registrado como su residencia.
Sin embargo ahora se sabe que existen dos licencias a nombre de Rosario Robles registradas ante la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, pero en ambos casos existen irregularidades que pudieron haber ocurrido por actos de corrupción de funcionarios de la dependencia.
A esto se suma que la defensa ha acusado conflicto de interés del juez Delgadillo Padierna, al tratarse del sobrino de Dolores Padierna y René Bejarano, quienes tuvieron un diferendo con Rosario Robles cuando formaban parte del gobierno del Distrito Federal y que tras la publicación de los videos donde el empresario Carlos Ahumada entrega dinero a Bejarano, éste terminó en prisión.
En la audiencia de apelación del pasado 15 de octubre, el equipo legal de Robles presentó ocho puntos con igual número de inconsistencias cometidas por Delgadillo Padierna al momento de mandar a prisión a la exfuncionaria.
Entre estos destaca el hecho de que el juez resolvió dos medidas cautelares distintas en un mismo procedimiento.
También argumentaron que durante la presentación de pruebas, la fiscalía ocultó información relacionada con el arraigo de Robles en la Ciudad de México, misma que posteriormente fue tomada por el juzgador como “prueba” para desestimar su domicilio en la capital.
En esa audiencia, en un intento por conseguir la libertad Robles señaló que “jamás he actuado con violencia contra nadie, y lo que sí debo reconocer es que he sido parte de una gran ola que ha dado grandes batallas por los derechos fundamentales; la presunción de inocencia y el debido proceso”.
La prisión que enfrenta Robles desde hace más de dos meses no significa una sentencia o prueba de culpabilidad, sino sólo una medida cautelar. Si en la nueva audiencia el juez determinara que no es necesario mantenerla en prisión, no implica un señalamiento de inocencia, sino una opción de seguir el proceso judicial en libertad.