Un juez federal ordenó a las autoridades de Salud de Aguascalientes que busquen médicos no objetores de conciencia para practicar un aborto a una menor de edad que fue violada.
A través de un comunicado, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) señaló que un juez concedió un amparo para que, en menos de 10 días, le practiquen la interrupción legal del embarazo a una joven, a quien le fue negado el servicio en Aguascalientes por no contar con personal no objetor de conciencia.
De acuerdo con el CJF, la menor fue víctima de violación, según consta en una denuncia presentada ante las autoridades competentes, por lo que acudió con una asociación civil para recibir asesoría, ante la negativa de las autoridades de Aguascalientes para interrumpir su embarazo, “argumentando no contar con personal no objetor de conciencia”.
“Dichas autoridades se negaron a proporcionar el servicio solicitado, pese a que la Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 Relativa a la Violencia Intrafamiliar, Sexual y Contra las Mujeres regula la interrupción del embarazo tratándose de violación”, indicó.
Por estos hechos la asociación civil presentó una demanda de amparo indirecto, mismo que fue resuelto a favor de la menor.
Las autoridades de Aguascalientes deberán cumplir con lo establecido en la NOM-046-SSA1-2005 en 10 días y brindarle, previo a la intervención médica, información completa sobre los posibles riesgos y consecuencias del procedimiento, y deberán informar al juzgado del cumplimiento de la suspensión.
El CJF señaló que “la demora injustificada para practicar el procedimiento a la menor vulnera su derecho a la salud, es discriminatorio y puede constituir actos de tortura y malos tratos”.
También subrayó “que la autoridad responsable se encuentra obligada a contar con médicos y enfermeras capacitados no objetores de conciencia o, en una eventualidad, tener ubicada una unidad de salud que cuente con personal e infraestructura para llevar a cabo tal procedimiento en condiciones de seguridad y calidad”.