Un tribunal determinó que debe suspenderse el aviso que flexibiliza la política de circulación vehicular en la Ciudad de México, debido a que “se trata de una política ambiental regresiva a las normas internacionales que rigen en esta materia”.
El Décimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito concluyó que la solicitud de suspensión solicitada debe ser concedida, porque “de lo contrario se afectarían de manera grave e irreparable derechos humanos fundamentales, tales como a la salud y a un ambiente sano en perjuicio del quejoso y de la colectividad por los altos índices de Ozono que se registrarían en la CDMX durante el segundo semestre de 2019”.
Los magistrados determinaron que, de no suspenderse, se propiciarían, “entre otros problemas, el incremento del parque vehicular al permitir que autos que no circulan un día a la semana lo hagan todos los días”.
De acuerdo con el Tribunal Colegiado, suspender los beneficios de aviso no afecta el interés social ni contraviene disposiciones de orden público, “por el contrario, se apega al principio de apariencia de buen derecho, al evitar la aplicación de medidas ambientales regresivas”.
El quejoso argumentó que la política de circulación vehicular del Gobierno de la Ciudad de México “sufre un retroceso al relajar los requisitos para la obtención del holograma “cero”, sin tomar en cuenta que la propia Secretaría del Medio Ambiente capitalina ha señalado que para complementar la prueba de emisiones es necesaria la prueba del sistema SDB a fin de detectar deficiencias, diagnosticar fallas y evitar fraude en las mediciones”.
El pasado 6 de mayo un juez de distrito en materia administrativa concedió una suspensión provisional de amparo, en lo que se revisa el fondo de la demanda, a un grupo de personas que buscan dar marcha atrás al nuevo programa de verificación.