La sentencia 182/2015, emitida por el Tribunal de Enjuiciamiento de la Región Mixteca de Oaxaca, resolvió el caso de una mujer con discapacidad auditiva y del habla que fue violada por dos hombres de su comunidad; sin embargo, a pesar de que uno de los agresores se encontraba en libertad durante el juicio, no se emitieron medidas para proteger a la víctima.
Esa omisión pudo conocerse gracias a que la Red por la Ciudadanización de la Justicia tuvo acceso, vía Transparencia, a la sentencia y la hizo pública en su informe No es Justicia; de lo contrario, no se habría tenido este ejemplo de cómo están actuando los jueces en el país.
En México, la mayoría de las sentencias no son públicas. Solo el propio Poder Judicial y los involucrados en los juicios conocen su contenido. Esto impide que haya un monitoreo de la sociedad hacia el desempeño de los juzgadores en su labor cotidiana.
“Sentencias a menudo injustas, con graves discriminaciones y prejuicios de género y de etnia, que omiten proteger a quien corre riesgo, que no reparan el daño o no contemplan lo necesario para que se cumplan de forma adecuada quedan fuera del escrutinio de la gente”, señala el estudio (In)Justicia Abierta, Ranking de Opacidad Judicial en México, presentando este miércoles por la organización Equis Justicia para las Mujeres.
Este listado se hace público días después de que el presidente Andrés Manuel López Obrador dijera que no se permitirá “el huachicol” en los jueces. Apenas hace una semana, el mandatario planteó hacer un quién es quien en la justicia, aunque ligado al tema de exhibir a los juzgadores que liberen a presuntos delincuentes.
“En un momento en el que supuestamente hay mayor disposición para evidenciar y evitar la corrupción en el poder judicial, y en el que se pretende que haya transparencia en el desempeño de los jueces, no abona mantener estas prácticas en donde la ciudadanía no puede conocer las sentencias que emiten”, afirma Fátima Gamboa, abogada de Equis Justicia.
Desde el 2015, una reforma a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) redujo la obligación de los poderes judiciales para difundir todas sus resoluciones. A partir de esto, en los estados sólo están obligados a mostrar a la ciudadanía aquellas que consideren de “interés público”. Pero nunca se estableció una definición concreta para ese concepto. “Cada estado lo interpreta como quiere y publican lo que quieren, que es muy poco”, señala Gamboa.
De acuerdo a los resultados del Ranking de (In)Justicia Abierta, todos los poderes judiciales del país están reprobados en transparencia y en contar con mecanismos para la participación ciudadana. Pero los cuatro con el peor desempeño son Estado de México, Aguascalientes, Morelos y Puebla.
Para evaluar a los poderes judiciales de las entidades, la organización civil hizo un ejercicio comparativo. A partir de diez preguntas –como: cuántas sentencias publican, si cuentan con políticas de transparencia pro activa y mecanismos de participación ciudadana o si tienen un presupuesto destinado a transparencia– se crearon indicadores. El puntaje máximo que podrían obtener las entidades era de cien puntos.
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Los que mejor salieron evaluados no llegaron ni a 50. Yucatán tiene 47.5; Chihuahua y San Luis Potosí, 45; Chiapas, Guanajuato y Michoacán, 40; Durango, Quintana Roo y Sonora 35; Hidalgo, 30; CDMX, 27.5, de ahí hasta Colima y Tabasco con 5 puntos y Puebla, Morelos, Aguascalientes, y Estado de México con 0 puntos. “Todos los poderes judiciales locales del país están más que reprobados en transparencia”, sentencia el estudio de Equis Justicia.
En estados como Aguascalientes, Baja California, Campeche, Jalisco, Oaxaca, Zacatecas y Nayarit, el poder judicial considera que ninguna sentencia es de interés público y por lo tanto asume que no tiene la obligación de difundirlas entre la ciudadanía.
Otros estados, como Tlaxcala, Tabasco, Sinaloa, Nuevo León, Guanajuato, Estado de México, Coahuila, Ciudad de México, Baja California Sur y Tamaulipas respondieron –a la pregunta de Equis Justicia, hecha vía Transparencia, sobre cuántas sentencias se consideraron de interés público– que no tenían la información. Solo San Luís Potosí considera que todas lo son, pero tampoco publica el 100%.
Gamboa señala que es necesario conocer el contenido de los fallos que emiten los jueces para poder evaluar su labor. “Ya antes se hizo otro análisis, llamado No es Justicia, en el que se evaluaron 110 sentencias, en ocho estados, y de sólo esa muestra encontramos que en el 85% no se analizó cómo el género influyó en la existencia del conflicto y en el 86% no se emitieron medidas de reparación frente a situaciones de discriminación y violencia”.
Ese estudio también identificó que 79% de las sentencias analizadas no utilizaron estándares legales de protección de los derechos humanos y en el 71% de los casos no se incluyó alguna medida de seguimiento al cumplimiento de la resolución judicial.
Ante los resultados del listado, la organización emite una serie de recomendaciones, como:
Trabajar en el registro de las sentencias emitidas y publicarlas en las páginas web de los poderes judiciales locales, tomando en cuenta criterios de inclusión y accesibilidad (diversidad de idiomas, ajustes razonables para personas con discapacidad, limitaciones de acceso y de manejo tecnológico.
Como un gran porcentaje de la población carece de los recursos y conocimientos necesarios para acceder e interpretar el contenido de las sentencias, los Poderes Judiciales deben eliminar esa barrera con acciones de difusión adecuadas, con información clara y precisa, que permita a la ciudadanía comprender mejor su contenido y la labor que están llevando a cabo las y los jueces.
Faltan también, de acuerdo a la organización, criterios claros para definir qué información es de “interés público”. Es urgente consensuar criterios y conceptos desde la legislación, de acuerdo a los principios de máxima publicidad que contiene la misma ley.
“El acceso a la información es mucho más que el acceso a las sentencias. Es conocer procesos, derechos vulnerados, mecanismos para exigirlos, es generar empoderamiento legal. Por eso queremos transparencia pro-activa y mecanismos de participación ciudadana que generen legitimidad y confianza en el sistema. Queremos una justicia abierta que garantice la protección de los derechos y el acceso a la justicia a todas las personas”, concluye el informe de la organización.