El Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI) ordenó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) dar a conocer los informes sobre uso de la fuerza y actuación de sus elementos, en los enfrentamientos y agresiones armadas que haya sostenido o repelido de 2006 en adelante.
Al resolver el recurso de revisión RRA 0266/19, el pleno del INAI acordó de forma unánime revocar la respuesta de la Defensa Nacional, en la que se negaba a proporcionar los datos argumentando que no es su responsabilidad elaborar informes policiales homologados y que, en todo caso, proporcionarlos le corresponde a la Fiscalía General de la República.
En la solicitud de transparencia se había pedido a la Sedena que proporcionara informes policiales homologados y/o informes de Uso de la Fuerza, y/o cualquier expresión documental elaborada por integrantes del Ejército Mexicano sobre estos enfrentamientos.
Luego de que la Defensa rechazó dar a conocer estos datos los solicitantes interpusieron un recurso de revisión en donde, entre otras cosas, argumentaron que el Ejército sí estaba obligado a dar a conocer estos datos, pues elaborar los informes es una obligación establecida tanto en el Manual de Uso de la Fuerza de Aplicación a las Tres Fuerzas Armadas, así como Directrices que regulan el Uso de la Fuerza.
El proyecto de la comisionada ponente del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, aprobado por el pleno, da la razón al solicitante y concluye que la Defensa Nacional está obligada a realizar estos informes, y que incluso su existencia está probada, pues se ha expuesto en distintas recomendaciones que la CNDH ha elaborado por posibles violaciones a derechos humanos del Ejército.
El proyecto además sostiene que, contrario a lo referido por la Sedena, el Ejército sí tiene facultades de coadyuvancia en la función de primer respondiente, pues se colige como una de las fuerzas que apoyan en temas de seguridad pública, según el protocolo en la materia.
“Los miembros de las fuerzas armadas, en actividades de coadyuvancia al combate de delitos, pueden intervenir primero en un hecho probablemente constitutivo de delito y, consecuentemente, les surte responsabilidad para rendir los informes policiales homologados requeridos por el recurrente”, señala la resolución.
En ese contexto el pleno del INAI resolvió, por el voto unánime de los siete consejeros, revocar la respuesta de la Defensa Nacional y ordenarle que proporcione la información solicitada por los recurrentes. Si hay datos clasificados como reservados, le pide que argumente lo anterior y se proporcione la información que sea pública.
Cabe recordar que hace unos días el INAI también ordenó a la Secretaría de la Defensa Nacional que debe dar a conocer los datos de personas fallecidas y lesionadas en enfrentamientos con el Ejército. Animal Político publicó en esta nota que la Sedena se negaba a proporcionar esta información, pese a que sí cuenta con ella y a que la Secretaría de Marina sí la ha revelado.