Un juez federal pospuso para abril la resolución sobre la demanda de amparo que la Fiscalía General de la República (FGR) promueve en contra de una orden que le dio el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), de dar a conocer datos e identidades de funcionarios y exfuncionarios de Pemex investigados en el caso Odebrecht.
La audiencia donde se abordaría la fase final de esta demanda estaba programada originalmente para el 18 de febrero pasado, pero el juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa, con sede en Ciudad de México, determinó diferir la misma para el próximo 2 de abril.
De acuerdo con autoridades del INAI, la decisión obedece a que el juez federal consideró que la FGR debe tener el tiempo legal suficiente para revisar el informe presentado por el Instituto.
En tanto se resuelve la demanda de amparo, la Fiscalía General cuenta con una suspensión definitiva concedida por el juez, el pasado 22 de enero, para no abrir el caso. Dicha suspensión impide además a los comisionados del INAI que continúen exigiendo a la Fiscalía que se transparenten datos del caso Odebrecht.
En contra de esa suspensión definitiva el INAI promovió por su cuenta un recurso de queja, que será analizado por un Tribunal Colegiado.
El inicio de esta disputa legal se remonta a octubre pasado, cuando el pleno del Instituto resolvió, en el recurso de revisión 4436/2018, que por ser un tema de interés general ante un hecho de posible corrupción, la entonces Procuraduría General de la República (PGR) tenía que elaborar una versión pública de la carpeta de investigación del caso Odebrecht.
En dicho caso se investiga la presunta complicidad de directivos y funcionarios de Petróleos Mexicanos, en pagos de sobornos a cambio de facilitar concesiones de varios contratos a la constructora brasileña Odebrecht y a sus filiales.
Posteriormente, en diciembre, el pleno del INAI concluyó – al revisar otro recurso de revisión promovido por Animal Político – que la Fiscalía tenía que dar a conocer la identidad y nombre de personas bajo investigación por este caso.
Pero nada de lo anterior ha ocurrido porque la agente del Ministerio Público Federal adscrita a la PGR (hoy Fiscalía General), Joselyn Montserrat Fonseca Oregón, responsable de la carpeta de investigación, promovió una demanda de amparo para no dar a conocer datos sobre las investigaciones.
Inicialmente la demanda fue desechada, pero la fiscal promovió un recurso de queja y un tribunal ordenó su reactivación. En diciembre y enero, ya en el actual sexenio, la Fiscalía ha continuado litigando en contra de las instrucciones del INAI, y en enero obtuvieron del juez la suspensión definitiva.
No es todo. La Fiscalía también promovió un juicio de nulidad en contra de una sanción económica que el INAI impuso, el 14 de noviembre del año pasado, a la agente del MP Fonseca Oregón, por no cumplir con las resoluciones tomadas por el pleno y dar a conocer la información del caso.
El pasado 5 de febrero, la Novena Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa concedió a la funcionaria una suspensión definitiva, en contra de dicha sanción económica.
El exdirector de Petróleos Mexicanos, Emilio Lozoya Austin, también promueve desde octubre pasado una demanda de amparo en contra de la resolución de INAI, de dar a conocer datos sobre los funcionarios investigados del caso. Se trata del juicio de amparo 1336/2018, radicado en el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa.
Emilio Lozoya es uno de los exfuncionarios investigados por este caso. En un comunicado emitido el 14 de febrero pasado, la Fiscalía reiteró que el 17 de agosto de 2017 recabó su declaración ministerial en calidad de imputado.
De acuerdo con datos del Conejo de la Judicatura, Lozoya advierte en su demanda que a pesar de que la resolución del INAI de abrir datos del expediente podría afectarlo a él como tercer interesado, no fue convocado ni tomado en cuenta por el procedimiento, lo que considera una violación de sus derechos. Además advierte que sus datos personales podrían estar en riesgo.
En esta demanda el juez concedió a Lozoya una suspensión para efectos de que no se dé a conocer información relativa ni a él a su familia, ni datos sensibles de las carpetas de investigación FED/SEIDFICG/CDMX/0000117/2017 y FED/FEPADE/UNA/CDMX/1139/2017.
En tanto, la audiencia constitucional para definir si se le concede o no el amparo que busca se ha diferido en cuatro ocasiones ya. La última fecha estaba programada para el día de hoy, pero la misma ha vuelto a posponerse, sin que se haya fijado una nueva fecha aún para la misma.
Cabe señalar que el INAI también ha promovido en este caso recursos de queja, en contra de la suspensión que obtuvo Lozoya, y aún están por resolverse.
De acuerdo con datos del INAI, del 2017 a la fecha el pleno ha resuelto al menos seis recursos de revisión en los que ha ordenado que se den a conocer datos relacionados con la investigación del caso Odebrecht.
Cuatro de esas resoluciones han sido dirigidas a la PGR (hoy FGR): la RRA 7889/17 del 23 de enero de 2018; la RRA 4438/18 del 2 de octubre de 2018; la RRA 6994/18 del 13 de diciembre de 2018; y la RRA 6942/18 del 17 de diciembre de 2018. Se le ha ordenado desde dar a conocer la cantidad de funcionarios investigados y su identidad, hasta proporcionar copias de sus declaraciones y elaborar una versión pública del expediente.
El criterio que ha prevalecido en el pleno es que si bien las averiguaciones y carpetas de investigación son información reservada por regla general, al tratarse de un caso de corrupción que afecta a la sociedad en su conjunto, al involucrar recursos públicos, como presuntamente es este asunto, se debe privilegiar el interés general por conocer del caso encima del interés particular de los involucrados.
Pese a dichas resoluciones la Fiscalía ha mantenido la mayor parte de los datos de la investigación bajo reserva, y les impuso una clasificación de confidencialidad por al menos 5 años. Este medio publicó el pasado 7 de febrero que la Fiscalía, al igual que lo hacía la PGR, expone múltiples motivos para no dar a conocer los datos, entre ellos que podría caerse en una violación del debido proceso, que se pondría en riesgo el éxito de la indagatoria, y que se afectaría el nombre de personas cuya responsabilidad aún no está comprobada, entre otros.
El 14 de febrero la Fiscalía emitió además un comunicado en el que reiteró que por disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales no puede dar a conocer los datos de una investigación pues son reservados.
Además de las 4 resoluciones ya mencionadas, el INAI ha tomado otras dos relacionadas con el caso. El 31 de mayo de 2017 resolvió el recurso RRA 1227/17, donde determinó que Petróleos Mexicanos debería dar a conocer versiones públicas de los contratos que concedió a Odebrecht, así como de sus convenios y anexos.
Y el 23 de marzo de 2017 también había instruido al sindicato de Pemex para que diera a conocer, de forma similar, la información con la que contara.
Cabe señalar que en su momento Pemex ya dio a conocer versiones públicas de cuatro contratos en su sitio de internet. Animal Político publicó que en al menos en uno de estas cuatro contrataciones participó un funcionario que hoy es responsable del proyecto de la nueva refinería impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.