La Fiscalía General de la República (FGR) designó a José Agustín Ortiz Pinchetti para dirigir la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) y a María de la Luz Mijangos Borja como fiscal Anticorrupción.
Esto, de acuerdo con un oficio enviado este 8 de febrero por la FGR a la mesa directiva del Senado y leído durante la sesión de este viernes.
José Agustín Ortiz Pinchetti, abogado y analista político, participó en la convocatoria del presidente Andrés Manuel López Obrador para crear una Constitución Moral.
Es Maestro en Derecho por la Universidad Iberoamericana. Fue asesor jurídico en la Secretaría de Educación Pública, en la Sargarpa, en la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial (Secofi), así como en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Trabajó como secretario de Gobierno en la capital del país cuando fue gobernada por López Obrador, quien en 2012 lo propuso para dirigir la Secretaría del Trabajo.
Por otro lado, María de la Luz Mijangos Borja es especialista en fiscalización de transparencia; tiene estudios profesionales en el departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana y es Doctora por la Universidad Complutense de Madrid, de acuerdo con su currículum.
Se ha desempeñado como asesora del Instituto Nacional Electoral (INE) y de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), así como subdirectora jurídica de la Lotería Nacional, directora de la Unidad de Enlace Cámara de Diputados y contadora Mayor de Hacienda.
De acuerdo con el diario Reforma, Mijangos Borja es esposa de Jaime Cárdenas, exdiputado federal y exintegrante del Consejo Asesor para Asuntos Electorales en la última campaña de López Obrador.
Posee estudios de posgrado en Derecho Constitucional en el Centro de Estudios Constitucionales de Madrid. Desde 1989 ingresó al Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
El Senado aún puede objetar las designaciones con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes, en un plazo máximo de veinte días hábiles, de acuerdo con la Ley Orgánica de la FGR.
Solo podrán ser removidos “respetando el derecho de audiencia y debido proceso”, pues de no pronunciarse en este plazo, se entenderá que no hay objeción en los nombramientos.