Tras la muerte de la gobernadora de Puebla, Martha Erika Alonso, el Congreso de Puebla designará a un interino que ocupará el puesto por un periodo de mínimo tres meses mientras se convoca a elecciones extraordinarias.
Lo anterior está estipulado en el artículo 57 de la Constitución Política de Puebla, el cual dicta, en sus fracciones 17 y 18, lo siguiente:
(Es facultad del Congreso) “Elegir con el carácter de interino al ciudadano que deba sustituir al Gobernador de elección popular directa, en sus faltas temporales, o en su falta absoluta, si ésta acaeciere en los dos primeros años del período constitucional (además de) convocar a elecciones, comunicando oportunamente al Consejo General
del Instituto Electoral del Estado”.
La convocatoria a elecciones, establece la Constitución, deberá expedirse dentro de los diez días siguientes a la ausencia del gobernador en turno, y los comicios para elegir al próximo gobernador deberán ser en un periodo no menor de tres meses ni mayor de cinco.
“El Gobernador electo tomará posesión diez días después del escrutinio, cómputo y declaración que se haga en términos de Ley”, establece.
El Congreso de Puebla está conformado en su mayoría por diputados de Morena. En lo próximos días los integrantes de este Congreso tendrán que designar a un interino y convocar a elecciones.
Mientras el Congreso elige al interino, Jesús Rodríguez Almeida, quedaría a cargo del gobierno de Puebla, pues el pasado 14 de diciembre fue designado por Martha Erika Alonso como titular de la Secretaría General de Gobierno del Estado.
En el caso de Rafael Moreno Valle quien se desempeñaba como senador por Puebla del Partido Acción Nacional, será sustituido por Roberto Juan Moya Clemente, que está registrado como su suplente.