La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó los alegatos presentados por el Partido Encuentro Social (PES) y el Partido Nueva Alianza (Panal) en la elección presidencial, los cuales les permitirían mantener el registro.
Ambos partidos pretendían, por diversas vías, recontar o invalidar casillas que les permitieran alcanzar el 3 % de la elección, pero los magistrados rechazaron todos los argumentos.
En el caso del PES, quien presentó un recurso en contra del acuerdo del Consejo General del INE para invalidar los votos de los candidatos independientes, el tribunal mantuvo la decisión de negar la solicitud.
También desechó la mayoría de los 281 juicios de inconformidad contra de la elección presidencial, por considerarlos “extemporáneas o infundadas por expresar argumentos genéricos y desvinculados de la elección presidencial”.
#Boletín El #TEPJF rechaza la solicitud del PES de modificar el concepto de votación utilizado para determinar la conservación del registro de los partidos: https://t.co/NFI8OqHomH. pic.twitter.com/WXgiZcrZkB
— TEPJF (@TEPJF_informa) 4 de agosto de 2018
Juicios de inconformidad y recursos de reconsideración presentados por Encuentro Social en contra del resultado de las elecciones de Presidencia, senadurías y diputaciones #JusticiaAbierta pic.twitter.com/ue9KCDcv1r
— Reyes Rodríguez (@ReyesRdzM) 3 de agosto de 2018
En tanto, las impugnaciones del Panal, quien pretendía anular casillas tanto en la elección a diputados, como en la presidencial, también fueron rechazadas por el TEPJF, quien consideró que no basta con señalar presuntas anomalías para anular una casilla, sino que deben ser determinantes para el resultado de la elección, pues se debe preservar el sentido del voto ciudadano.
Con información de Reforma (suscripción necesaria)